Vía libre a la custodia compartida. El tribunal Constitucional ha publicado una sentencia que pone patas arriba la ley del divorcio de 2005.
Los magistrados sólo anulan un adjetivo de un artículo del Código Civil, pero la decisión tiene una gran trascendencia porque declara inconstitucional lo que ha venido ocurriendo hasta ahora: que cuando no había acuerdo entre los padres, el juez no podía conceder la custodia compartida sin el informe "favorable" del Ministerio Fiscal.
La imposibilidad de desmarcarse de lo que dijera el fiscal ataba de pies y manos al juez y así se explica que en estos años se hayan dictado centenares de sentencias y autos que constatan ese veto, algo que no ocurre en ninguna otra jurisdicción. Por eso, la sentencia dictada por el tribunal Constitucional considera que el redactado ahora anulado vulneraba el llamado "principio de exclusividad" de jueces y magistrados. Es decir, la competencia que les otorga la Constitución para decidir, según se criterio, y después de valorar todas las pruebas de cada caso, sin ningún otro condicionante.
Hablamos de este asunto con Ana Clara Belío, abogada.
En Aragón se ha puesto en marcha una iniciativa para gozar conociendo el patrimonio de la Comunidad autónoma. Llega de la mano de la empresa Gozarte y una buena muestra de su labor se refleja un reportaje elaborado por los compañeros de la emisora de Zaragoza.