La multa para fumador y propietario es de 30 a 100.000 euros
02/01/2011 00:02:04España ha pasado de ser uno de los países europeos más permisivos con el consumo del tabaco, a aplicar una de las leyes más restrictivas del continente. La nueva ley es el resultado de 15 años de debates. Supone un endurecimiento de la legislación vigente desde 2006 e implica que ya no se puede fumar en ningún espacio público cerrado: ni en bares, ni en discotecas, ni en convites de boda...
El responsable de que se cumpla la ley es el dueño del local. Y no sólo se aplican las multas por inspecciones, sino que los propios clientes pueden denunciar a través de la policia municipal, las hojas de reclamaciones e incluso por Internet: a través de la página web nofumadores.org. La multa para fumador y propietario es según la reincidencia de 30 a 100.000 euros.
Los medios de comunicación también están sujetos a esta Ley, que les exige a partir de este momento no emitir programas o imágenes en las que los presentadores o colaboradores fumen o publiciten tabaco.
Sí es legal consumir tabaco en las zonas separadas de establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos, de mayores y de personas con discapacidad.
La Federación Española de Hostelería, ha anunciado pérdidas del 10% en su facturación y que la nueva ley provocará que 150.000 empleados se queden sin trabajo. Por otro lado, está la experiencia de otros países que han aplicado leyes similares. En Francia, Dinamarca o Irlanda la perdida del eterno tandem café y cigarro ha supuesto más mesas libres de tertulia y más negocio para los hosteleros, es decir, más dinero.
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