El juez De Urquía, condenado a dos años de cárcel por aceptar dinero de Roca
- El juez Francisco Javier de Urquía ha sido condenado por un delito de cohecho
- También será inhabilitado durante 17 años y deberá pagar una multa de 36.000 euros
- El ex asesor urbanístico de Marbella, Roca, también ha sido condenado a un año de prisión
El juez Francisco Javier de Urquía ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de cárcel por un delito de cohecho, por pedir y aceptar para la compra de su vivienda 73.800 euros de Juan Antonio Roca, que también ha sido condenado a un año de prisión por soborno.
Además, la sentencia del Alto Tribunal andaluz inhabilita al magistrado durante 17 años y le condena al pago de un multa de 36.000 euros como autor de un delito de prevaricación judicial y le absuelve del asesoramiento accidental por el que fue juzgado junto a Roca y un empresario francés.
Éste último -Arnaud F.A.- ha sido absuelto del delito de cohecho y del delito de asesoramiento accidental de los que se le acusaba, mientras que el ex asesor urbanístico de Marbella, imputado asimismo por ambos delitos, sólo ha sido condenado por el primero de ellos.
Los hechos ocurrieron en 2006
En una resolución de más de sesenta páginas, la Sala de lo Civil y Penal considera probado que, en primeros meses del año 2006, De Urquía, que quería comprar una vivienda en la Urbanización Azalea Beach de Marbella, encargó a su amigo Arnaud F.A. que le buscara un abogado para redactar los documentos para adquirir el inmueble.
Antes del 16 de marzo de ese año, De Urquía pidió dinero a Roca, quien previamente había aceptado el encargo del empresario francés, para abonar la cantidad que se le exigía a la firma del contrato de compraventa de la vivienda, "a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales".
Para favorecerle, precisa la sentencia, el magistrado dictó un auto por el que accedía a la petición del ex asesor marbellí de suspender cautelarmente la emisión de un programa televisivo alusivo a distintas actividades de Juan Antonio Roca, "sin diligencia probatoria alguna".
Tras suspender la emisión del reportaje, el 17 de marzo de 2006 Roca conversó telefónicamente con el vendedor de la vivienda y su hermano para así poder redactar las condiciones de la compra y saber el dinero que debía entregar a De Urquía "a cambio de la resolución que ordenó el cese de la emisión del programa de televisión".
El ex asesor llegó a confeccionar en dos documentos informáticos tanto un contrato privado de compraventa, como un recibo por el importe de una de las entregas en metálico acordadas, en concreto una de 63.000 euros.
Una vez hechos estos documentos, Arnaud F.A. los recogió en las oficinas de Maras Asesores de Roca, donde el ex asesor entregó a De Urquía -el mismo día 17 de marzo- 73.800 euros, justo el dinero necesario para la firma del contrato de compraventa, lo que fue además anotado en sus hojas de contabilidad.
Aceptó el dinero un día después de admitir la querella
Según recoge la sentencia, el juez aceptó dicha cantidad justo al día siguiente de haber admitido a trámite la querella sobre el reportaje presentada por Roca en su Juzgado y haber estimado su petición de suspensión cautelar de la emisión.
Firmado ya el contrato de compraventa privado y una vez que Roca ya había sido detenido en el marco de la operación Malaya contra la corrupción urbanística en Marbella, el magistrado amplió su préstamo hipotecario, pidió cambiar la forma de pago de la vivienda y dejó sin efecto la suspensión de la emisión del programa.
El Tribunal entiende que no consta acreditado que Arnaud F.A. hiciera alguna acción sin la que De Urquía no hubiera podido pedir dinero a Roca, ni que realizara algo sin lo que el ex asesor tampoco hubiera podido entregárselo al juez, de ahí que decida absolverle.
Respecto al asesoramiento accidental, el Tribunal no considera acreditado que la conversación en la que De Urquía trasmite -en relación al reportaje- a Roca la necesidad de presentar una querella constituya por sí misma una actividad de asesoramiento ilegal, puesto que las instrucción resultaban "inocuas".
La Sala ha estimado que la declaración incriminatoria de Roca durante el juicio, quien confesó haber pagado al juez, lo que fue negado por éste, fue "creíble" y "convincente", al no apreciarse "motivaciones espurias, como venganza, resentimiento, animadversión u obediencia".