El Supremo anula que se cursen asignaturas de 2º de Bachillerato con tres o cuatro suspensos en 1º
- La sentencia anula parte de un artículo de un Real Decreto que desarrolla la LOE
- Estima así un recurso de la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza
- El artículo recogía la posibilidad de matricularse de dos o tres asignaturas de 2º
- Según el Supremo "carece de cobertura legal y altera" el régimen regulador de la LOE
- El PP celebra la decisión ya que, dice, impide el "deterioro educativo"
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El Tribunal Supremo ha anulado la regulación del Bachillerato que permite a los alumnos con tres o cuatro suspensos de primer curso repetirlo totalmente o matricularse de las materias pendientes y de otras dos o tres asignaturas de segundo curso.
El precepto anulado "vulnera la Ley Orgánica de Educación" al crear una modalidad de estudio del Bachillerato (asignaturas sueltas de primero y de segundo) que "no está prefijada" en esta norma.
La sala de lo contencioso administrativo del Supremo estima así un recurso de la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE-CECA) contra el Real Decreto 1467/07 que fija la estructura del Bachillerato y sus enseñanzas mínimas.
La sentencia del Supremo anula en concreto el apartado segundo del artículo 14 de este Real Decreto. La FERE interpuso el recurso por considerar que este precepto era contrario al artículo 36 de Ley Orgánica de Educación, que determina que los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias "como máximo".
El Supremo considera así que "promocionar" significa "subir de categoría" y señala que la LOE no establece la matrícula condicionada de asignaturas de segundo que sí establece el Real Decreto en unión de la matrícula de las materias de primero con evaluación negativa". "Tal regulación reglamentaria carece de cobertura legal y altera por completo el régimen regulador de la LOE", enfatiza.
El portavoz del PP en la Comisión de Educación del Congreso, Juan Antonio Gómez Trinidad, ha calificado hoy de "buena noticia" la anulación por parte del Supremo de la posibilidad de cursar asignaturas de segundo de Bachillerato con suspensos de primero, ya que ello suponía un "deterioro educativo".
Artículo anulado por el Supremo
Concretamente, el apartado anulado señalaba que: "Quienes no promocionen a segundo curso y tengan evaluación negativa en tres o cuatro materias podrán optar por repetir el curso en su totalidad o por matricularse de las materias de primero con evaluación negativa y ampliar dicha matrícula con dos o tres materias de segundo en los términos que determinen las administraciones educativas (...)".
El artículo, que ahora queda anulado, también recogía que las materias de segundo "no podrán requerir conocimientos incluidos en materias de primer curso no superadas".
El Alto Tribunal señala que "es incontestable que el bachillerato comprende dos cursos y que los alumnos podrán permanecer cursándolo en régimen ordinario durante cuatro años". En este sentido, defiende cierta flexibilidad en el Bachillerato, pero limitada a la elección de las materias que componen el currículo escolar y "no a la libre configuración de los dos cursos de bachillerato, con asignaturas sueltas de segundo y de primero".
El Supremo precisa que no le incumbe decidir si la fórmula anulada o la prevista en la Ley son mejor repuesta a la problemática de la enseñanza del Bachillerato en España, aunque insiste en que "la Administración no ha respetado la Ley, en este caso la LOE, como norma de rango superior a la que se encuentra sometida (el Real Decreto)".