Condenan a un año de cárcel a la alcaldesa de Hernani por enaltecimiento del terrorismo
- Pero no irá a la cárcel por tratarse de una pena inferior a dos años
- Marian Beitialarrangotia jaleó a los autores del atentado en la T-4
- La Audiencia Nacional también la condena a siete años de inhabilitación
- Aunque la sentencia todavía no es firme y podría recurrir al Supremo
- Le absuelve de injurias graves tras llamar "torturadores" a la Guardia Civil
La Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel a la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangotia (ANV), por un delito de enaltecimiento del terrorismo. No obstante, no ingresará en prisión al ser la pena inferior a dos años.
La sección cuarta de lo penal así lo ha decidido después de que Marian Beitialarrangotia jaleara el pasado a los presuntos etarras Igor Portu y Mattin Sarasola, a los que se atribuye el atentado contra la T-4 de Barajas en el que murieron dos ciudadanos ecuatorianos.
El tribunal, que ha hecho pública este viernes su resolución, también condena a la regidora a siete años de inhabilitación absoluta, aunque la sentencia todavía no es firme ya que cabe un recurso ante el Supremo. Asimismo, absuelve del delito de injurias graves a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estadode, después de tildar de "torturadores" a los agentes de la Guardia Civil.
Beitialarrangoitia fue juzgada por afirmar durante un acto celebrado en Pamplona: "Antes de nada, este ánimo, abrazo y este chaparrón de aplausos que nos habéis ofrecido, lo más caluroso posible, a Igor Portu, Mattin Sarasola y a todos los presos políticos vascos que se encuentran dispersados en las cárceles de Francia y España. 'Os queremos!".
En el juicio, la alcaldesa declaró que pidió ese aplauso para los etarras como "una expresión puntual de cariño" ante los presuntos malos tratos que sufrieron en su detención.
Calumniar a las Fuerzas del Estado
El tribunal cree "indiscutible" que "tenía escrito el discurso que iba a pronunciar" y considera probado que con él ensalzó a los presos de ETA, lo que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Respecto a la calificación de los hechos como un delito de injurias a la Fuerzas de Seguridad del Estado, del que le acusaba la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), el tribunal razona que el hecho de que su discurso "volviera sobre las torturas a la que sistemáticamente someten los Cuerpos de Seguridad del Estado", formaba parte de su "guión", pero "desconectado de lo que sirvió de primeras palabras en el acto político que participaba".
Según el tribunal Beitialarrangoitia "no pretendía otra cosa más que calumniar a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tildándolos de torturadores, para así obtener fuertes aplausos de los asistentes al acto, unas 4.000 personas, muchas de ellas proclives a querer difundir tan falaz idea".
Entienden que la "finalidad específica" de la alcaldesa "no versaba en ensalzar" a los presos de ETA, sino injuriar a los guardias civiles que practicaron su detenciones para obtener de forma fácil "ese chaparrón de aplausos".
Las presuntas torturas a las que hizo referencia la acusada están siendo investigadas por un juez de San Sebastián, que tiene abierta una causa contra quince guardias civiles que participaron en la detención de estos dos etarras, a los que se imputa la muerte en el atentado de la T-4 de los ciudadanos ecuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio.