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Cómo solicitar el bono social

  • A partir del 1 de julio el recibo de la luz se congelará para 5 millones de hogares
  • Se aplicará de forma automática a los hogares con menos de 3kW de potencia
  • Industria perseguirá el fraude cruzando los datos con los del INE
  • Podrán pedirlo algunos pensionistas, familias numerosas y hogares en paro

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El 1 de julio de 2009 se produjo la liberalización total del mercado eléctrico, y también entró en vigor el llamado bono social, que supone la congelación del recibo de la luz para cinco millones de hogares españoles, al menos, hasta 2012.

Tendrán derecho a este bono los consumidores con una potencia contratada inferior a 3 kilowatios, los pensionistas que perciban las cuantías mínimas, las familias numerosas y aquellos hogares en los que todos sus miembros estén en paro.

Para beneficiarse, deberán estar acogidos a la tarifa de último recurso, es decir, el precio de la luz que fijará el Gobierno cada seis meses. No podrán acogerse al bono los consumidores que hayan negociado con las compañías otras tarifas en el mercado libre. Además, la casa tendrá que ser su primera vivienda.

El bono social se aplicará de forma automática a los hogares con una potencia inferior a los 3kW que sean primera vivienda, unos cuatro millones según calcula el Ministerio de Industria. Los demás beneficiarios tendrán que solicitarlo a su empresa comercializadora que será la encargada de informarles y tramitarles el expediente una vez que acrediten su situación.

El bono social se renovará cada dos años, pero quienes pierdan los requisitos para beneficiarse estarán obligados a comunicarlo.

  • Hogares con una potencia inferior a 3kW

Industria calcula que en España hay cuatro millones de hogares con una potencia contratada inferior a 3kW. A estos consumidores se les aplicará el bono directamente de entrada, pero se perseguirá el fraude. Si se detecta que no es primera vivienda porque durante ocho meses, por ejemplo, no haya consumo eléctrico, se le quitará el bono.

Para ello, las empresas podrán consultar al Instituto Nacional de Estadística si el titular del recibo está o no empadronado en la ciudad donde se encuentra la vivienda.

  • Pensionistas con pensiones mínimas

La Seguridad Social enviará a todos los pensionistas que se pueden beneficiar del bono social un certificado para que lo puedan presentar en su compañía eléctrica.

Tendrán derecho al bono, los consumidores de 60 años o más que sean pensionistas por jubilación, incapacidad permanente o viudedad que perciban las cuantías mínimas vigentes.

  • Familias numerosas

Las familias numerosas tampoco tendrán grandes problemas para acreditar su situación. Les valdrá con presentar el carné de familia numerosa para poder solicitar el bono social.

  • Familias en paro

Es el único caso en el que el potencial beneficiario del bono social tendrá que molestarse algo más. Las famililas con todos sus miembros en el paro tendrán que pedir un certificado de su situación a su comunidad autónoma.

Industria explica que como las competencias de empleo están transferidas, el Gobierno central sólo puede "sugerir" a los ejecutivos regionales que envíen de forma generalizada estos certificados, pero que no les pueden obligar a hacerlo.