La Abogacía del Estado concluye que no se puede denegar el padrón a un inmigrante sin papeles
- La inscripción de extranjeros es independiente a su residencia legal
- Ha remitido el informe a la Delegación de Gobierno de Cataluña
La Abogacía del Estado concluye que la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal procede con independencia de que los mismos tengan o no residencia legal en territorio español, por lo que, en consecuencia "no resulta procedente denegar la inscripción so pretexto de que el ciudadano extranjero no reside legalmente en España".
Ha remitido a la Delegación del Gobierno de Cataluña el informe solicitado por el Ayuntamiento de Vic relativo a la legalidad de la negación del empadronamiento a inmigrantes en situación irregular.
En su informe, sostiene que para tramitar las solicitudes de los extranjeros de inscripción en el padrón municipal "debe entenderse y considerarse como válido y suficiente un pasaporte aunque no cuente con el preceptivo visado".
La vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, afirmó que la Abogacía del Estado "intervendría" en el caso de que "se concrete formalmente" la iniciativa del Ayuntamiento de Vic para no empadronar a los inmigrantes en situación irregular.
El propio presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ha asegurado que no permitirá que por un "truco" de un Ayuntamiento, en referencia a la intención del de Vic, haya personas que queden sin asistencia sanitaria o cuyos hijos no puedan acudir a la escuela.
Zapatero, tras comparecer en el Parlamento Europeo, ha asegurado que "el Gobierno de España no va a permitir que se menoscaben los derechos de las personas.
El Ayuntamiento de Torrejón también está inmerso en la polémica en torno al empadronamiento de los inmigrantes por la norma que obliga a los inmigrantes que quieran empadronarse en el municipio a que su pasaporte no tenga visado de turista y que el espacio en el que vivan sea como mínimo de 20 metros cuadrados por persona.