Pablo Soto, absuelto en el juicio de la industria discográfica contra el P2P
- Cuatro grandes discográficas y Promusicae le pedían 13 millones de euros
- El juez absuelve al creador de programas P2P
- La sentencia obliga a los demandantes a pagar las costas del juicio
Pablo Soto es un joven programador madrileño que ha ganado una histórica batalla a cuatro de las mayores discográficas del mundo. Sony-BMG, Universal, Warner, Emi y la patronal Promusicae demandaron a Soto por daños y perjuicios. Pedían en los tribunales 13 millones de euros al creador de varios programas de intercambio de archivos P2P como Manolito P2P, Piolet y Blubster.
Más de dos años después de que concluyera el juicio, la sentencia (ver PDF. ) ha resultado favorable para Soto. El juez, además de absolverle de todos los cargos, obliga a los protagonistas de la 'megademanda' a pagar las costas del juicio.
En declaraciones a RTVE.es nada más conocerse la sentencia absolutoria, Soto mostraba una alegría desbordada: "estoy llorando como una magdalena", reconocía. "La sentencia nos da la razón en todos los argumentos", explicaba pletórico.
“En retrospectiva te das cuenta de lo difícil que ha sido todo“
El joven informático, que adelantaba sin palabras la noticia en Twitter, hace balance de estos tres años de proceso judicial: "Ha sido muy duro". "En retrospectiva te das cuenta de lo difícil que ha sido todo. Movilizaron a toda su maquinaria de guerra", señala en relación a los gigantes de la industria.
La defensa de Pablo Soto destaca en un comunicado que la sentencia coincide con su postura en el argumento de que "el desarrollo de una tecnología que puede ser usada por particulares para el intercambio de música no es una infracción de propiedad intelectual".
En el escrito del juez se señala que los programas de Pablo Soto, "desarrollador de aplicaciones informáticas", cumplen una "función técnica totalmente neutra" que permiten "a terceros intercambio directamente de igual a igual, de audio, no solo de canciones que tienen en sus ordenadores" y que este software no es un "instrumento apto 'per se' para desproteger obra intelectual".
“El P2P no es un instrumento apto 'per se' para desproteger obra intelectual“
El juez añade que “las sentencias firmes hasta la fecha” coinciden en manifestar que "no existe infracción de propiedad intelectual" en el hecho de facilitar esa conducta de intercambio.
Además la sentencia descarta que estos programas sirvan de "competencia desleal" para los demandantes ya que "ni unos participan en los mercados de la producción y comercialización de fonogramas, ni los demandantes participan del negocio de la explotación de P2P".
Pablo Soto, de 32 años, se ganó el apodo de 'Manolito P2P' tras la creación en el año 2000 de esta tecnología informática que facilitaba el intercambio de archivos desde el anonimato. Millones de personas descargaron sus programas, que fueron comparados con los ya míticos Kazaa y EMule.
Promusicae, entidad que agrupa al sector de las discográficas, esperó hasta 2008 para demandar junto a las grandes compañías a Soto, argumentando que desarrolló sus aplicaciones informáticas "con evidente ánimo de lucro" y con "una conducta parasitaria" para obtener provecho de la obra de otros.
La acusación de la mayor demanda contra el P2P en España exigía el cese de actividad de los programas y 13 millones de euros a raíz del siguiente calculo. Los 20 millones de usuarios que se descargaron el programa creado por Soto se habrían descargado al menos una canción protegida con derechos de autor. Cada una estaría valorada en un dólar lo que da un total de 20 millones de dólares, al cambio 13 millones de euros.
Pablo Soto argumentaba entonces ante TVE que "si creas una tecnología eso no te hace automáticamente responsable de todo lo que haga el resto de la gente con tu tecnología".
En el mismo sentido se ha manifestado David Bravo, abogado defensor de Soto, en declaraciones a RTVE.es. Para Bravo la sentencia "marca un antes y un después en la batalla de la propiedad intelectual y su encontronazo con las nuevas tecnologías".
“Es un antes y un después en la batalla de la propiedad intelectual y su encontronazo con la tecnología“
El abogado señala que "otra sentencia habría sido muy perjudicial para los desarrolladores de software en general" y afirma que no queda más que aplaudir esta resolución que llega en un momento "muy importante".
Bravo se refiere así al debate que se mantiene en torno a la ley Sinde, que sigue pendiente de la aprobación de su reglamento para ponerse en marcha. Según el abogado la resolución judicial está muy relacionada con esta ley ya que "pretende cerrar páginas que facilitan una infracción pero que no la cometen y la sentencia dice que facilitar una infracción no es delito".
Javier de la Cueva, también abogado de la defensa, añade que es la "sentencia que esperabamos" ya que el "creador de un programa de software es un creador más" y "no es admisible intentar demandas que buscan evitar el desarrollo tecnológico".
Para De la Cueva uno de los aspectos más destacables de la sentencia es que señala que "el software de Pablo Soto respeta la propiedad intelectual".
Las discográficas apelarán la sentencia
La acusación ha anunciado que apelará la sentencia. Desde Promusicae, en declaraciones remitidas a RTVE.es, afirman que la han recibido con "gran decepción" y añaden que con ella "queda patente, una vez más lo desprotegidos que están en España los titulares de derechos de propiedad intelectual".
Antonio Guisasola, presidente de la entidad de productores de música ha añadido en un comunicado que "es un día triste para la industria cultural española pues supone que quienes se lucran, fomentando con los programas que crean, el pirateo de contenidos protegidos hoy pueden sentirse un poco mas impunes".
Guisasola concluye que espera que el nuevo gobierno de Rajoy "tome medidas decididas para poner fin a una lacra que ha convertido a nuestro país en la cloaca de Europa en lo que a tolerancia con el robo y saqueo de la creación se refiere".