El Tribunal Supremo de EE.UU. obliga a Odyssey a devolver el tesoro a España
- La empresa no podrá apelar más y tiene que devolver el tesoro
- El plazo para la devolución de las 14 toneladas de oro y plata es de diez días
- Es una colección de 500.000 monedas de la fragata de las 'Mercedes'
La justicia de Estados Unidos ha fallado este martes a favor de España en el denominado 'caso Odyssey' y, en consecuencia, la empresa cazatesoros deberá devolver el tesoro de la fragata 'Nuestra Señora de las Mercedes' a nuestro país, según informaron a Europa Press fuentes del Ministerio de Cultura.
En una decisión contra la que ya no cabe recurso, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha rechazado este martes las alegaciones presentadas por la Odyssey Marine Exploration ante la decisión del Tribunal de Apelaciones de Atlanta de noviembre del año pasado de ordenar la devolución del tesoro a España.
Tras conocer esta decisión, el Ministerio de Cultura ha mostrado su "satisfacción" por esta decisión judicial, que supone el retorno a España de una colección de 500.000 monedas halladas en 2007 en la fragata 'Nuestra Señora de las Mercedes'.
La devolución del tesoro de 14 toneladas de plata y oro tendrá que hacerse efectiva en un plazo de diez días y desde el Departamento que dirige José Ignacio Wert ya se está estudiando el procedimiento más adecuado para ello. El tesoro permanece custodiado en Florida y desde el Ejecutivo español se apuesta por un método de traslado que garantice su preservación en las mejores condiciones de seguridad.
La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos, contra la que no cabe recurso, desestima las alegaciones de Odyssey al considerar que la fragata española es un buque de Estado y no un barco mercante. La empresa cazatesoros pretendía demostrar que el barco no se encontraba en misión militar en el momento de su hundimiento y que, de esta forma, se perdía la inmunidad soberana y el barco dejaba de pertenecer al país de origen.
En agosto de 2007, Odyssey presentó sus primeras alegaciones contra la decisión del juez encargado del caso, Mark Pizzo, y que había fallado a favor de España en la reclamación del tesoro valorado en unos 500 millones de dólares y encontrado en el Atlántico en mayo de 2007.
Hallazgo en aguas internacionales
El 18 de mayo de 2007, Odyssey anunció que había encontrado y transportado un cargamento de monedas a los Estados Unidos. Esta empresa norteamericana bautizó a la operación y al pecio encontrado con el nombre de 'Cisne Negro'.
Desde ese momento, el Gobierno español abrió una investigación para averiguar en qué lugar encontró la empresa el botín, a qué pecio pertenecía, con qué permisos contaba para hacerlo y si lo halló en aguas españolas.
Meses después, y para justificar sus reclamaciones, un equipo conjunto del Ministerio de Cultura, la Armada, el Museo Arqueológico Nacional, la Real Academia de la Historia y otras instituciones reconstruyó la historia completa del barco 'La Mercedes', demostrando que éste, y no otro, era el pecio expoliado por Odyssey.
La documentación demostraba que 'La Mercedes' estuvo en servicio militar activo con la misión de proteger al Estado español y a sus ciudadanos a lo largo de toda su historia, y también en el momento en que explotó y se hundió en combate. Asimismo, el material presentado prueba que Odyssey era plenamente consciente de ello, y que es esto precisamente lo que explica el secreto con que actuó y sus afirmaciones de no conocer la identidad del pecio.
Pruebas definitivas
La documentación incluía un amplio material fotográfico y otras pruebas que demostraban que el pecio solo puede ser 'La Mercedes'. Cañones, anclas, armas, efectos personales y una amplia variedad de otros materiales, incluyendo las monedas tomadas del barco, permitieron identificar definitivamente el pecio.
En su escrito, España invocaba principios legales, entre ellos el derecho de una nación a proteger sus sitios y su patrimonio histórico (incluidos barcos hundidos) de cualquier tipo de perturbación y expolio por cazatesoros.
Asimismo alegaban que 'La Mercedes' está protegida por los mismos principios de inmunidad soberana que se aplican a los barcos de Estado de todas las naciones, que prohíben la perturbación no autorizada o explotación comercial de los mismos.