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El Constitucional avala el envío de los "papeles de Salamanca" a Cataluña

  • Desestima el recurso que interpuso la Junta de Castilla y León
  • Estima que la norma recurrida no vulnera la obligación del estado
  • El ayuntamiento de Salamanca insiste en que el traslado "no cumplió la ley"

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El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que interpuso la Junta de Castilla y León contra la ley por la que se enviaron a Cataluña los llamados "papeles de Salamanca" en 2006.

El TC desestima el recurso contra la Ley de "restitución a la Generalidad de Cataluña de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica".

La resolución considera que el envío a Cataluña de los papeles no vulnera la obligación que la Constitución impone al Estado central de custodiar documentos de este valor histórico, como defendía la Junta.

Los conocidos como "papeles de Salamanca" son un conjunto de documentos incautados durante la Guerra Civil por las tropas de Franco a la Generalitat republicana y a otras instituciones catalanas, que fueron depositados en Salamanca y que regresaron a Cataluña , después de 25 años de reclamaciones y posturas encontradas.

La Junta de Castilla y León recurrió contra la medida en un escrito que denunciaba el "expolio" que suponía dividir el archivo, enviando una parte central del mismo a Cataluña, y privarlo de su sentido global de memoria sobre toda la represión posterior a la Guerra Civil. Por ello, la medida vulneró la obligación constitucional del Estado de proteger estos bienes públicos, decía el recurso.

La Junta recordaba cómo en 1979 los documentos incautados "por los organismos represores" se integraron en el Archivo Histórico Nacional con sede en Salamanca, "beneficiándose de la protección que el ordenamiento jurídico dispensa a éste y a los demás archivos estatales".

Pasaron luego a integrar el Archivo General de la Guerra Civil Española, todo ello siguiendo la voluntad del ejecutivo estatal, un proceso culminado en 1999.

Años después, la ley impugnada "pone en peligro de pérdida o destrucción los valores vinculados a los fondos documentales que se conservan en un archivo de titularidad estatal perturbando gravemente el cumplimiento de su función social, lo que constituye un supuesto típico de expoliación", dice el recurso.

La ley recurrida, "en la medida que desvirtúa y mutila el Archivo General de la Guerra Civil Española", creado para conservar y custodiar "todo el acervo documental concerniente a la represión política", es contraria al texto fundamental que debería "garantizar la integridad del Archivo y su permanencia como tal en manos del Estado", añadía el recurso.

La devolucion no es "arbitaria", para el TC

El pleno del TC ha respondido, en una resolución de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pérez Tremps, que la devolución de los papeles de Salamanca a la Generalitat "no es arbitraria" ni irracional, al margen de que se pueda o no estar de acuerdo con ella.

"La adopción, por parte del legislador democráticamente elegido, de la decisión de contribuir a dar satisfacción a instituciones o ciudadanos que sufrieron, directamente o en la persona de sus familiares, las consecuencias de la Guerra Civil no puede constituir, en ningún caso, una decisión arbitraria o irracional", dice la sentencia.

"La protección del interés de los propietarios originarios o de sus sucesores de recuperar lo que en su día les fue incautado, que se promueve con la restitución legalmente prevista, constituye un interés constitucionalmente legítimo", añade.

"No puede tacharse de arbitraria una norma que persigue una finalidad razonable y que no se muestra desprovista de todo fundamento, aunque pueda legítimamente discreparse de la concreta solución adoptada", dice también la sentencia.

Y añade que "entrar en un enjuiciamiento de cuál sería la medida justa supone discutir una opción tomada por el legislador que, aun cuando pueda ser discutible", no es inconstitucional.

Reacciones de Cultura, Generalitat y Ayuntamiento de Salamanca

El Ministerio de Cultura ha dicho a EFE que "acata, como no puede ser de otra forma", la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta de Castilla y León contra la ley por la que se enviaron a Cataluña los llamados "papeles de Salamanca" en 2006.

La devolución de los "papeles de Salamanca" quedó paralizada tras la entrega de un primer bloque con 500 legajos pertenecientes al gobierno catalán, que tuvo lugar el 31 de enero de 2006.

El consejero de Cultura de la Generalitat, Ferran Mascarell, ha dicho hoy que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre los "papeles de Salamanca", "ya no caben más actitudes dilatorias" en el retorno de los documentos a Cataluña.

Mascarell considera que con esta sentencia, que declara constitucional el traslado de los legajos, "se ha reparado una de las grandes perversidades del franquismo, que siempre intentó que la memoria de los catalanes no estuviera en sus propias manos".

El conseller se ha felicitado por la sentencia -"es una buena noticia y por fin se ha hecho justicia"- y ha expresado su deseo de que al final "los papeles se entregarán a sus propietarios".

En rueda de prensa, Mascarell ha recordado que todavía quedan pendientes por retornar un total de 660 legajos y piensa que "la petición de los ayuntamientos y otras instituciones pendientes de recuperar sus documentos entrarían dentro de la misma lógica".

El Ayuntamiento de Salamanca, que preside como alcalde Alfonso Fernández Mañueco, también secretario general del PP en Castilla y León, considera que el traslado a Cataluña de los denominados "Papeles de Salamanca" desde el antiguo Archivo de la Guerra Civil "no ha cumplido la ley".

Así lo asegura el consistorio a pesar de la sentencia del Tribunal Constitucional.

El Ayuntamiento "acatará la sentencia", pese a que los documentos trasladados a Cataluña desde el Archivo General de la Guerra Civil "no cumplen los requisitos establecidos en la propia ley para su devolución", explica la institución a través de una comunicación.

Tras conocer esta sentencia, el Ayuntamiento ha recordado una frase de Montesquieu al afirmar: "Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa".