Claves de la 'doctrina Parot'
- El Supremo endureció el cumplimiento de las penas de etarras en 2006
- El fin era garantizar que permanecieran en prisión al menos 30 años
- El Tribunal de Estrasburgo condenó en 2012 a España por su aplicación
- Estrasburgo confirma la condena y exige excarcelar a la etarra Inés del Río
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado a conocer este lunes 21 de octubre su sentencia sobre la 'doctrina Parot' y ha confirmado su condena a España por aplicarla a la terrorista de ETA Inés del Río [Sentencia sobre la 'doctrina Parot' en inglés | Sentencia en francés (.pdf)].
Pero, ¿qué es la 'doctrina Parot'? Esta doctrina la estableció el Tribunal Supremo en 2006 para evitar que los terroristas condenados conforme al Código Penal de 1973 por atentados cometidos entre 1977 y 1995, pudieran salir de prisión antes de cumplir la pena máxima de 30 años gracias a los beneficios penitenciarios.
Estrasburgo condenó a España por su aplicación retroactiva a la etarra Inés del Río en julio de 2012 por vulnerar el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Gobierno recurrió la sentencia y defendió la 'doctrina Parot' el pasado mes de marzo ante el tribunal, que ahora se ha pronunciado de nuevo y ha emitido un fallo reafirmando su decisión anterior.
Ahora, decenas de presos podrían pedir la revisión de su condena. Según los datos del Ministerio del Interior, en los próximos meses podrían salir de prisión 61 presos de ETA como Domingo Troitiño -condenado por el atentado de Hipercor-, y 15 delincuentes "muy peligrosos" como el asesino de las niñas de Alcasser Miguel Ricart.
En una segunda fase que se prolongaría a lo largo de los próximos años, podrían salir de la cárcel otros 75 terroristas, según las mismas fuentes.
Qué es la 'doctrina Parot'
El Tribunal Supremo endureció el cumplimiento de las penas de los terroristas condenados conforme al Código Penal de 1973 el 28 de febrero de 2006 cuando evitó la puesta en libertad del terrorista Henri Parot.
Este Código Penal establecía un día de redención por cada dos de trabajo de forma que terroristas condenados a cientos de años de prisión podían salir de la cárcel sin apenas haber cumplido 20 años al descontarse los beneficios de la pena máxima de prisión, fijada entonces en de 30 años.
El alto tribunal estableció en su sentencia 197/2006 que las redenciones de la pena por beneficios penitenciarios como el trabajo no debían descontarse de estos 30 años, sino de cada una de las condenas impuestas que se van cumpliendo sucesivamente empezando por la de mayor cuantía.
El Supremo evitó así que Henri Parot -condenado por el atentado de la casa cuartel de Zaragoza, en el que murieron 11 personas- saliera de prisión tras haber cumplido solo 16 años de cárcel.
Esta interpretación en el cómputo de las redenciones de pena garantizaba que los terroristas más sanguinarios y los delincuentes más peligrosos cumplieran al menos tres décadas de prisión.
Una doctrina avalada por el Constitucional
El Tribunal Constitucional avaló la 'doctrina Parot' en marzo de 2012, cuando se pronunció sobre una treintena de recursos presentados en su mayoría por presos de ETA. Solo estimó el amparo de tres terroristas a los que pidió excarcelar: José Ignacio Gaztañaga Bidaurreta, Juan María Igaratundi Peñagaricano y José María Pérez Díaz. Inadmitió otros tres recursos y desestimó el resto.
El TC no se pronunció sobre el fondo del asunto (la constitucionalidad o no de la 'doctrina Parot') sino que analizó caso por caso.
No obstante, cinco magistrados emitieron un voto discrepante al entender que la 'doctrina Parot' carece de lógica y de base legal y además lesiona el derecho fundamental a la libertad.
Qué dijo Estrasburgo en su primera sentencia
En julio de 2012, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por aplicar retroactivamente la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río. Impuso una sanción de 30.000 euros e instó a las autoridades españolas a dejarla en libertad en el "plazo más breve" posible porque mantenerla en la cárcel es "irregular".
Inés del Río, condenada a más de 3.000 años de cárcel por atentados como el de la plaza República Dominicana en Madrid en 1986 en el que murieron 12 guardias civiles, tenía que haber salido de prisión en julio de 2008, pero con la aplicación de Parot esta fecha se retrasó a 2017.
Qué pasa una vez confirmada la sentencia
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirmó la condena a España el 21 de octubre de 2013 exigiendo la puesta en libertad de Inés del Río lo más rápido posible. Un día después, el 22 de octubre, la Audiencia Nacional ha decidido por unanimidad la puesta en libertad de esta presa de ETA al entender que el fallo de Estrasburgo "no da otra elección que su excarcelación". Esa misma tarde, salía de la prisión de Teixeiro, en A Coruña.
La Audiencia, no obstante, ha acordado bloquear la indemnización de 30.000 euros a la etarra.
El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha insistido en que la sentencia de Estrasburgo solo se pronuncia sobre el caso de Inés del Río y que a partir de ahora las revisiones de condena que pidan los presos de ETA se analizarán caso por caso.
Torres-Dulce ha subrayado que no se cuestiona la 'doctrina Parot' como tal, sino su aplicación retroactiva.
Por su parte, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha remarcado al poco de conocer la sentencia que esta "se refiere a una sola persona y afecta a un solo acto jurisdiccional" y que corresponde "exclusivamente" a la Audiencia Nacional establecer las "consecuencias prácticas" de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Qué presos podrían salir de prisión
La sentencia del Tribunal europeo afecta a la situación penal de más de 130 terroristas y 15 delincuentes peligrosos. Según Interior, podría haber dos fases de excarcelaciones. Una primera, que se desarrollaría en los primeros meses y que afectaría a presos que deberían haber salido ya de prisión si no se les hubiera aplicado la 'doctrina Parot'.
Son 61 miembros de ETA, 6 GRAPO, un GAL, un miembro del Ejército del Pueblo Gallego y 15 delincuentes peligrosos, entre ellos violadores. En una segunda fase, que se prolongaría durante años, podrían salir de la cárcel otros 75 etarras.
Entre los terroristas que se podrían ver afectados por la sentencia de Estrasburgo, está Domingo Troitiño, Antonio López Ruiz, alias Kubati, Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros, y el propio Henry Parot.
Entre los delincuentes comunes a los que se les ha aplicado la doctrina Parot están Miquel Ricart, asesino de Alcasser, y Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor.