El TSJM acuerda procesar al juez Silva por presunta prevaricación en el caso Blesa
- El magistrado instructor fija además para él una fianza de 8.000 euros
- Silva se había reincorporado este lunes tras cuatro meses de inhabilitación
- Los juzgados de instrucción de Madrid llevan dos meses pasándose el caso
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha encontrado "indicios racionales bastantes" para seguir el proceso abierto contra el juez Elpidio José Silva por dos delitos contra la libertad individual y uno de prevaricación, entre otros, por mandar a prisión en dos ocasiones al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, y ha fijado además para él una fianza civil de 8.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias a las que podría ser condenado.
En un auto, el magistrado instructor Jesús Gavilán transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, primer paso para sentar en el banquillo de los acusados a Silva, al haber encontrado indicios para juzgarle, y pone fin de este modo a la fase de instrucción del proceso.
Gavilán da un plazo de diez días a las partes personadas -entre ellos Blesa y su abogado-, para que soliciten la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, así como la práctica de diligencias complementarias.
El auto dictado este lunes por el TSJM es consecuencia de la querella presentada por la Fiscalía en la que acusa al magistrado de los delitos de prevaricación, retardo malicioso de la administración de Justicia y dos delitos contra la libertad individual.
La resolución, que también se pone en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), señala que tras analizarse los testimonios y pruebas practicados durante la instrucción debe concluirse que la conducta del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid supuso una "reapertura improcedente" de las diligencias archivadas inicialmente contra el expresidente de Caja de Madrid por la concesión de un crédito de 26,6 millones de euros al entonces presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán.
Esta reapertura se realizó sin existir dato nuevo alguno que lo justificase, según el instructor Gavilán, "seguido sin solución de continuidad por la asunción contraria a las normas de reparto de una ampliación de la denuncia relativa a otros hechos" -la compra del City National Bank de Florida-, "sin conexión alguna con los anteriores".
Falta de legitimación de Manos Limpias
Igualmente se tiene como indicio de delito "la apertura injustificada de diligencias al letrado de la defensa" de Blesa, Carlos Aguilar, y sobre todo la medida de prisión contra el banquero "acordada en dos ocasiones en relación causal con las anteriores circunstancias" en base a la exclusiva petición de Manos Limpias, que carecía de legitimación para ello y sin que contara formalmente su personación en la causa.
La primera medida de prisión contra Blesa, dictada en mayo pasado,adolecía de justificación suficiente según el auto del magistrado Gavilán, al estar siendo investigado el banquero por unos hechos -la compra del City National Bank de Florida- que databan de más de cuatro años, "con afirmaciones genéricas respecto a conductas delictivas" y sin tener en cuenta las circunstancias personales del denunciado, quien estuvo a disposición del juzgado de Blesa desde el inicio de las actuaciones.
También se recrimina a Blesa que no tuviera en cuenta la intervención en esos hechos de entidades públicas como el Banco de España "y algo definitivo, como era la no pertenencia ya del denunciado a la entidad que de hecho se estaba investigando" es decir, Bankia como sucesora de Caja Madrid.
Correos electrónicos de Blesa
Añade que no hay solución de continuidad en el anterior auto de 5 de junio que mandó nuevamente a Blesa a prisión y donde se incorporan correos electrónicos "que sólo guardarían una relación indirecta con la causa".
Según Gavilán, la declaración que prestó Silva se centró" de forma casi exclusiva" en la necesidad de proceder al visionado de dichos correos electrónicos con carácter prospectivo "para demostrar que en lo que denomina 'motivación interna' de las resoluciones dictadas" -e investigadas como prevaricadoras- "estaría la justificación de la prisión acordada".
Según la Guardia Civil, únicamente serían relevantes para la causa algunos de estos correos que tratan de las resoluciones dictadas, "mientras que los restantes son de carácter particular e íntimo", por lo que su visionado vulneraría los derechos fundamentales de Blesa.
Sobre el retardo malicioso, pese a que los secretarios judiciales y otros funcionarios lo niegan, para Gavilán estas opiniones contrastan con los datos objetivos respecto a la demora en dictar resoluciones por parte del juez Silva.
Silva se había reincorporado
El juez Silva se había reincorporado este lunes a su despacho en el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid tras cumplir la sanción de cuatro meses y siete días de inhabilitación que le impuso el CGPJ por dos faltas muy graves y una grave que no tienen que ver con la causa del exbanquero.
Sin embargo, la resolución dictada contra el magistrado supondrá una nueva suspensión cautelar de sus funciones como juez a la espera de que sea juzgado y se dicte sentencia contra él, ahora que se enfrenta a una pena de hasta 40 años de inhabilitación.
La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece como motivos por el que un juez debe abstenerse el de "estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y este no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento".
Además, el órgano de gobierno de los jueces le multó el pasado noviembre con 1.000 euros por una falta grave a raíz de unas declaraciones a los medios de comunicación, en este caso sí relacionadas con este asunto.
La "patata caliente" del 'caso Blesa'
La Audiencia Provincial de Madrid tendrá que resolver quién se queda el caso Blesa después de que dos juzgados de instrucción de Madrid se hayan pasado la "patata caliente" durante dos meses al resistirse ambos a investigar la compra del City National Bank de Florida en 2008.
Según los autos a los que ha tenido acceso Europa Press, el tortuoso recorrido que ha tenido esta causa en los Juzgados de Plaza de Castilla ha acabado con una cuestión de competencia que ha sido elevada a la Audiencia de Madrid por la magistrada que sustituía hasta este lunes al frente del Juzgado de Instrucción número 9 a Elpidio José Silva.
Por ello, la Sección 17 de la Audiencia Provincial deberá decidir si el órgano competente es el Juzgado de Instrucción número 19, al que le tocó por reparto, o bien el Juzgado del que es titular Silva, al que el anterior órgano y el Decanato devolvieron las actuaciones por entender que era el encargado de instruirlas.