La infanta Cristina sigue imputada, pero la 'doctrina Botín' podría evitarle el banquillo
- La doctrina requiere que la Fiscalía o una acusación particular lo pidan
- La decisión final recae en el juez instructor del 'caso Nóos', José Castro
- La Audiencia le da "libertad de criterio" para decidir si aplica la 'doctrina Botín'
Con la decisión de la Audiencia de Palma sobre los recursos presentados contra las imputaciones en el caso Nóos se da un paso más que despeja la celebración de un juicio que podría no llegar hasta 2016. Sin embargo, el mantenimiento de la imputación de la infanta Cristina por dos delitos fiscales -se le acusa de un fraude de 182.005 euros en la declaración del IRPF de 2007 y 155.138 euros en la de 2008- no significa que vaya a terminar en el banquillo de acusados.
La decisión depende de nuevo del juez instructor, José Castro, y en ella intervendrá la interpretación que haga de la llamada 'doctrina Botín', en boca este viernes de todos los implicados. Aplicarla o no, esa es la cuestión.
La doctrina Botín, fijada por el Tribunal Supremo en 2007, establece que un procedimiento abreviado como el caso Nóos no puede prosperar si la Fiscalía y la acusación particular -en el caso del delito fiscal, la Abogacía del Estado- no presentan acusación. Ambas se han opuesto siempre a la imputación de la infanta Cristina.
En el caso Nóos, la acusación particular la ejercen la Abogacía del Estado, en nombre de Hacienda, y la de la comunidad autónoma de Baleares, en representación del Govern del archipiélago. Las acusaciones populares las representan el sindicato Manos Limpias y el grupo socialista en el Ayuntamiento de Valencia.
En diez días, deberán presentar sus escritos de acusación especificando a quiénes acusan, de qué delitos y qué penas solicitan para ellos. Si las acusaciones mantienen las posiciones que han sostenido durante la instrucción, únicamente Manos Limpias formularía acusación contra la infanta.
Si tal escenario no cambia, Castro se verá abocado a decidir si mantiene la acusación contra la infanta Cristina por fraude fiscal o si dicta el sobreseimiento en caso de que solo pida su procesamiento la acusación popular.
Si mantiene la acusación, la duquesa de Palma se sentaría en el banquillo y esa decisión no podrá ser recurrida.
Si se aplica la 'doctrina Botín', el proceso se complica
Pero si Castro considera el precedente de la doctrina Botín fijada por el Tribunal Supremo, y no tiene más acusaciones que la popular, deberá sobreseer la causa en relación con la infanta Cristina, y aquí se inicia un posible itinerario de recursos y nuevas decisiones que prolongaría aún más la incertidumbre sobre el futuro procesal de la hermana del rey.
Esta decisión sí se podría recurrir, y de nuevo debería resolver la Audiencia de Palma, que tendría la última palabra sobre si la infanta va a juicio.
En el caso de que la Audiencia decidiera de nuevo que se puede llevar adelante la acusación, la infanta iría a juicio. Ante esto, la defensa de la infanta podría plantear que se ha vulnerado el principio acusatorio, pero sería únicamente como cuestión previa al inicio del juicio oral, lo que se resolvería mediante un auto previo (interrumpiendo el juicio) o ya en la sentencia.
Tras el definitivo auto de apertura de juicio oral, se dará trámite a las defensas, un nuevo paso del procedimiento que podría alargarse.
Qué opinan jueces y abogados
La propia Audiencia de Palma ha dado este viernes "libertad de criterio" al juez Castro para aplicar la doctrina Botín.
Los magistrados dedican los párrafos finales del auto en que mantienen la imputación de la hermana del rey a señalar que "existe un matiz" que diferencia el caso del fallecido presidente del banco Santander del de la infanta, y es que no solo sobre ella pesan delitos fiscales.
Doña Cristina está imputada como cooperadora de los delitos fiscales que cometió Iñaki Urdangarin, a quien la Fiscalía y la Abogacía del Estado sí tienen la intención de acusar, aunque no se lo atribuyen a la infanta.
En cambio, los abogados de la infanta apelan a la doctrina del Supremo como factor que impide juzgar a su clienta. Según Miquel Roca, que dirige la defensa, la doctrina Botín "parecería amparar" su posición de que la acusación popular no estaría legitimada para llevar adelante en solitario la causa contra la infanta
"Existen precedentes doctrinales y suficientes, acuñados por la jurisprudencia, sobre que esta acusación (popular), para entendernos, no estaría legitimada para seguir adelante" en contra de la opinión de Fiscalía y Abogacía del Estado, y también de Hacienda. "Pero no precipitemos acontecimientos", ha indicado Roca.
Obviamente, anticipan que si el juez de instrucción llega a la conclusión de que quienes acusan tienen legitimación, serán ellos, como defensa, los que tendrán que formular entonces un escrito de defensa con sus alegaciones.
En el juicio, pero como testigo
Aún cabe una posibilidad más, y es que la infanta acuda al juicio del caso Nóos, pero en calidad de testigo. Esa sería la intención de la Fiscalía Anticorrupción, que presentaría un escrito de calificación para pedir tal comparecencia y que la infanta Cristina responda con una fianza civil de más de medio millón de euros junto a su marido, según han informado este jueves fuentes jurídicas a Europa Press.
Sea como sea, se calcula que la vista oral no llegará hasta finales de 2015 o principios de 2016, dada la carga de trabajo de la Audiencia de Palma. Como quiera que sea, el tribunal que juzgaría a la infanta será designado siguiendo el turno de reparto.
Existe un listado que incluye a los ocho magistrados titulares de la Audiencia de Palma (Francisca Ramis, Gema Robles, Eleonor Moyà, Juan Pedro Yllanes, de la sección primera; y Diego Gómez-Reino, Mónica de la Serna, Ana María Camesselle y Juan Jiménez de la segunda), y podría corresponderle ser ponente a cualquiera de ellos, que designaría a quienes le acompañan para formar la sala.