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El Constitucional anula la reprobación del rey en el Parlament de Cataluña

  • En concreto se anulan los puntos en los que se reprochaba al Jefe del Estado su discurso del 3 de octubre de 2017

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El rey Felipe VI durante un acto este martes
El rey Felipe VI durante un acto este martes.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad parte de la reprobación del rey en el Parlamento de Cataluña, que tachó la monarquía de institución "caduca".

El tribunal de garantías considera inconstitucional la resolución que la cámara catalana aprobó el pasado 11 de octubre que abogaba por la abolición de la monarquía y que se presentó como la respuesta ante la declaración del rey del 3 de octubre de 2017.

La resolución, presentada por Catalunya en Comú Podem y aprobada con el apoyo de Junts per Catalunya y ERC, condenó la toma de posición del rey en el "conflicto catalán", así como lo que consideró "justificación de la violencia" policial el 1-O, y abogó por la abolición de la institución monárquica, que el Parlament calificó de "caduca y antidemocrática".

Concretamente, se anulan las letras c) y d) del apartado 15 del epígrafe II de la Resolución aprobada por la cámara autonómica, en la que se reprochaba al Jefe del Estado su discurso tras el referéndum de independencia del 1 de octubre de 2017.

El recurso del Gobierno

El recurso del Gobierno de Pedro Sánchez se presentó contra dos epígrafes concretos de la resolución aprobada por el Parlamento catalán el 11 de octubre de 2018, que son los que ahora se consideran nulos.

Uno de ellos señala expresamente que el Parlamento de Cataluña, en defensa de las instituciones catalanas y las libertades fundamentales "rechaza y condena el posicionamiento del Rey Felipe VI, su intervención en el conflicto catalán y su justificación de la violencia por los cuerpos policiales el 1 de octubre de 2017".

El segundo punto impugnado por el Gobierno por inconstitucional reafirmaba el compromiso de la Cámara legislativa regional "con los valores republicanos y apostaba por la abolición de una institución caduca y antidemocrática como la Monarquía".

Una decisió no solo política, sino para censurar un "acto regio"

Pero ahora el TC rechaza de plano que la declaración fuese meramente política, dado que según los jueces "encierra una decisión" con efectos jurídicos en tanto que "iba dirigida" a la Generalitat y a los catalanes para informarles de "la posición adoptada" por la Cámara y les ponía además de manifiesto que ésta "se arrogaba una potestad de censura de aquel acto regio" cuando esta decisión está "fuera del ámbito de sus propias atribuciones"

Es por ello que el Constitucional anula las partes de la resolución que hablan de "rechazo" y "condena" al rey porque al tratarse de una decisión adoptada por el Pleno de un parlamento "constituye la expresión de la voluntad de una institución del Estado", por tanto "no supone el ejercicio de una libertad o derecho fundamental, sino el de una competencia, atribución o función".

Para los magistrados "no se trata, como dice la representación del Parlamento de Cataluña, de una declaración de voluntad política que no va más allá de este deseo". Sino que, precisan, "la apuesta por la abolición de la Monarquía se tiene que interpretar también en ese contexto de rechazo y condena porque se hace un juicio de reprobación dirigido contra el rey, la Corona y el sistema constitucional de Monarquía parlamentaria que aquel representa".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, recuerda que "la persona del rey es inviolable y está exenta de toda responsabilidad por sus actos".

De ahí, continúa, que "cualquier decisión institucional de un órgano del Estado que pretenda emitir aquel doble juego de contradicción u oposición, así como de reprobación hacia la persona del rey, resultará contrario al estatus constitucional del monarca".

Lo que significa que "la imputación de una responsabilidad política y la atribución de una sanción, igualmente política, en forma de rechazo y condena contraviene la Constitución".

Ahora bien, el Constitucional asegura que el apartado de la resolución que defiende el compromiso con los valores republicanos y manifiesta su rechazo y condena a la institución monárquica podría no haberse declarado inconstitucional en caso de que hubiera figurado aislado en otra resolución o en esta misma, pero no en el contexto que le relaciona con la parte que reprueba al rey.