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La Audiencia de Sevilla mantiene en libertad a Guerrero y a otros tres ex altos cargos de la Junta condenados por los ERE

  • La Fiscalía había pedido el ingreso en prisión de los cuatro condenados a más de 7 años al apreciar riesgo de fuga
  • Son los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández y José Antonio Viera y los ex directores generales Guerrero y Márquez

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El ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero este jueves a su llegada a la Audiencia de Sevilla
El ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero este jueves a su llegada a la Audiencia de Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha decidido este viernes mantener en libertad provisional a los exconsejeros andaluces de Empleo del PSOE Antonio Fernández y José Antonio Viera y a los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, todos condenados a más de siete años de prisión por el caso ERE, al no apreciar riesgo de fuga en contra de lo que había solicitado la Fiscalía Anticorrupción.

La Sección Primera, que juzgó la pieza política de los ERE, celebró este jueves una vista en la que la Fiscalía Anticorrupción solicitó el ingreso inmediato de los cuatro ex altos cargos socialistas la Junta de Andalucía en la cárcel ante el riesgo de que abandonaran el país para eludir la acción de la justicia, un extremo que negaron las defensas.

14 horas - Libertad para cuatro ex altos cargos de la Junta condenados por los ERE - Escuchar ahora

El pasado 19 de noviembre, Fernández y Guerrero fueron condenados a 7 años, 11 meses y 1 día de prisión y 19 años, 6 meses y 1 día de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, mientras que Viera y Márquez lo fueron por los mismos delitos a 7 años y 1 día de cárcel y 18 años y 1 día de inhabilitación absoluta.

Medidas cautelares para "conjurar el riesgo de fuga"

Según ha informado la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), aunque la Sección Primera de la Audiencia no ve motivos para decretar la prisión provisional a la espera de que la sentencia sea firme, mantiene las medidas cautelares impuestas a Guerrero y Fernández, que deben comparecer mensualmente en el juzgado.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, la Sala también impone a Viera y Márquez la designación de domicilio en el que puedan ser localizados y la obligación de comparecer ante el tribunal una vez al mes y cada vez que sean llamados por este órgano judicial.

También les prohíbe abandonar el territorio español y los obliga a entregar sus pasaportes, además de comunicar a la Dirección General de la Policía la prohibición de expedir este documento a los cuatro. Según el tribunal, estas medidas cautelares son "suficientes para conjurar el riesgo de fuga".

La Audiencia subraya que hasta ahora han comparecido siempre

La Audiencia rechaza ese argumento, defendido por la Fiscalía y la acusación particular del Partido Popular, señalando que "carece de solidez desde el momento que existen en el proceso otros acusados, condenados a idénticas o similares penas, respecto de los cuales no se solicita la prisión".

Según el tribunal, cuyo auto admite recurso de súplica, esa postura "significa que las acusaciones no aprecian este riesgo de fuga por razón de la pena impuesta".

También señala que los fiscales no aportaron en la comparecencia del jueves "razón o justificación alguna relativa a que en los cuatro acusados (...) concurran circunstancias adicionales a esos otros acusados que permitan inferir racionalmente el riesgo de fuga".

"Los acusados tienen un domicilio conocido, donde han sido citados cada vez que ha resultado necesario, y han comparecido a los llamamientos judiciales (...), la última vez para la comparecencia celebrada ayer", señala el auto, que añade que no ha aparecido "ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la Justicia".

Además, recuerda el auto, Guerrero y Fernández "no han incumplido" las medidas cautelares que se les impusieron "desde que se decretó su libertad", a lo que se suma que "la situación familiar, laboral y económica de los acusados no permite suponer que vayan a eludir el proceso".

La Sección Primera también desestima el segundo motivo alegado por las acusaciones, "la existencia de otras causas pendientes" contra los condenados.