El Gobierno impulsa la primera ley contra el desperdicio alimentario: habrá que donar lo que no se venda
- También incentivará la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima
- En 2020 los hogares españoles tiraron a la basura más de 1.300 millones de toneladas de alimentos
El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes el anteproyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, normativa concebida para reducir el desecho de alimentos sin consumir que acaba en la basura y fomentar así un mejor aprovechamiento de los mismos.
Con esta nueva norma, se tratará también de obligar a las tiendas a fomentar la venta de productos "feos, imperfectos o poco estéticos" que estén en condiciones óptimas de consumo, así como a incentivar la venta de alimentos de proximidad, ecológicos y a granel, ha explicado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.
Y es que en 2020 los hogares españoles tiraron unos 1.364 millones de kilos de alimentos, a una media de 31 kilos por persona. "El 40% del conjunto de los alimentos son desperdiciados en su transformación en la industria; el 5%, en la distribución; un 40%, en los hogares, y un 15%, en el canal Horeca (hostelería)", ha subrayado Planas.
Con esta ley, la primera sobre la materia en España, pero que ya existe en otros países europeos, el Ejecutivo ratifica su compromiso con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, que recogen expresamente la aspiración de reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita.
Planas ha señalado que combatir el despilfarro es un imperativo "ético", pues el desperdicio de alimentos perjudica al conjunto de la sociedad al encarecer el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos aumentando los residuos y el impacto ambiental, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad.
Medidas para evitar que los alimentos acaben en la basura
El proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario consta de 15 artículos, cuatro disposiciones finales y una adicional, y según ha insistido Planas, pretende establecer un modelo de buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos con actuaciones en toda la cadena alimentaria, desde el productor hasta el consumidor.
Para ello, ha subrayado Planas, se establece una "jerarquía de prioridades" para evitar que "los alimentos y bebidas acaben en la basura".
Así, la ley establece como primera prioridad es que los alimentos puedan ser objetos de donación a las organizaciones sin ánimo de lucro y a bancos de alimentos.
Para la donación de alimentos, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras en los que se debe recoger específicamente las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte y la selección de alimentos, entre otros aspectos.
Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y uso seguro a sus destinatarios finales.
En el segundo orden de jerarquía, los alimentos no vendidos pero que estén en condiciones óptimas de consumo deberán ser transformados (zumos, mermelada, etc.).
Y la tercera priodidad será que los alimentos sean utilizados como subproductos para la alimentación animal, para la obtención de compost o biogás cuando no sean aptos para el consumo humano.
Productos con fecha de caducidad
Según el ministro, otro de los ejes de la nueva ley hace referencia a la fecha de caducidad y fecha de consumo preferente. Sobre la fecha de caducidad, Planas ha recordado que viene regulado "por ley", pero sobre la fecha de consumo preferente, los productos con esta fecha vencida deberán presentarse al consumidor de forma separada y claramente diferenciados del resto, con precios inferiores, o destinarse a la donación.
Los establecimientos de hostelería y otros servicios alimentarios tendrán que ofrecer a sus clientes la posibilidad de que se lleven, sin coste adicional, lo que no han consumido y tendrán que informar de ello de forma visible, preferentemente en la carta o menú. Pare ello, deberán disponer de envases aptos reutilizables.
Las instituciones como centros sanitarios y educativos o residencias que ofrezcan catering o servicio de comedor, sea con medios propios o ajenos, deberán contar también con programas de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario que cumplan igualmente la jerarquía de prioridades establecida en la ley.
La norma prevé que las empresas distribuidoras de alimentos deberán incentivar, junto con las administraciones, la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima.
Así mismo deberán incentivar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles y a granel, y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los mismos.
Plan estratégico interminesterial
Para la planificación de la política de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, el Gobierno deberá elaborar un Plan Estratégico a propuesta de los ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación; Derechos Sociales y Agenda 2030; de Consumo; de Transición Ecológica y Reto Demográfico; de Industria, Comercio y Turismo; de Inclusión Social y Migraciones y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Este plan definirá la estrategia general contra el desperdicio alimentario y las orientaciones y estructura que deberán seguir las comunidades autónomas en sus actuaciones en este ámbito. El pan será revisable cada cuatro años.
Además, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa consulta con los demás ministerios mencionados, deberá elaborar un Plan Nacional de control de las pérdidas y el desperdicio alimentario que contendrá los objetivos generales y prioridades a seguir y que se integrará en el Plan Estratégico.
La ley impone además a las administraciones públicas la obligatoriedad de llevar a cabo campañas divulgativas y de promoción para fomentar el consumo responsable de alimentos y promover la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario, así como elaborar de guías de buenas prácticas encaminadas a mejorar la gestión alimentaria.
Además, se figa un régimen sancionador con cuatro tipos de infracciones graves, todas ellas relacionadas con la donación de alimentos, que pueden ser penadas con multas de entre 6.001 y 150.000 euros.