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-El IPC subió 4 décimas en marzo. La inflación, en lo que va de año, baja hasta el 0,8 por ciento mientras que la interanual asciende al 2,2, dos décimas por debajo de la media nacional. Granada fue el mes pasado la provincia donde más subieron los precios y Jaén en la que menos.

-Hoy entra en vigor el decreto de la Junta sobre uso social de la vivienda. Cuatro familias de Jerez han sido las primeras en acudir a la ofincia contra desahucios de la Junta para solicitar el inicio del expediente de expropiación del uso de sus vieviendas que han sido embargadas.

Ya está en el Boletín Oficial andaluz el decreto que permite la expropiación temporal de viviendas en determinados procesos de desahucios. El Consejo del Poder Judicial dice que la norma publicada es positiva. El Partido Socialista presentará una enmienda a la ley que se tramita en el Congreso para generalizar la medida. Algo que el PP considera demagógico.

Casi 200 familias andaluzas podrían beneficiarse en una primera fase de la expropiación temporal del uso de la vivienda que recoge el decreto que hoy publica el BOJA y mañana entra en vigor. El consxejo consultivo eleva a 83 las ayudas declaradas nulas tras la adjudicación por parte de la Junta sin ningún tipo de control ni procedimiento legal.

Bancos y promotores inmobiliarios aseguran estar preocupados por el decreto-ley aprobado por la Junta de Andalucía que permitirá expropiar temporalmente el uso de viviendas afectada por un proceso de ejecución hipotecaria instada por un banco. Aún así, aseguran, quieren esperar a que se publique, este jueves.

Las expropiaciones forzosas se regulan por una ley de 1954 que se ha ido adaptando. Arranca fijando las causas que permiten a una administración quedarse con una propiedad privada de cualquier persona o entidad. Solo la utilidad pública o el interés social, previsto en la Constitución, justifican la expropiación forzosa mediante la venta, el alquiler o también la ocupación temporal. Este último caso es el que contempla la Junta de Andalucía para parar los desahucios durante un máximo de tres años. La ley menciona distintos tipos de expropiaciones. Y cita la que se realiza para asegurar la función social de la propiedad, una función social que su propietario incumple. La expropiación temporal que contempla la ley hace referencia a la realización de obras o trabajos necesarios para que la propiedad cumpla con las exigencias sociales. Son artículos en los que podría basarse el decreto andaluz, aunque habrá que ver la letra pequeña. El Gobierno andaluz ya hizo algo parecido en 1984, con la reforma agraria. Aprobó la expropiación de las fincas cuya función social no se cumplía porque estaban abandonadas o sin uso. Creó un impuesto para las tierras infrautilizadas y con las sanciones obtuvo dinero destinado a reformar el campo. La medida se recurrió, pero el Tribunal Constitucional dio la razón a la Junta tres años después.

Políticos, banqueros y gestores de inmobiliarias debaten hoy sobre el decreto aprobado ayer por el Gobierno de Andalucía. El texto permite expropiar temporalmente viviendas a bancos e inmobiliarias antes o después de un desahucio en casos en los que haya riesgo de exclusión social.

Sobre la medida de la Junta de Andalucía para expropiar viviendas afectadas por ejecuciones hipotecarias de bancos, se ha debatido este miércoles en el Congreso. La oposición pide al Gobierno que tome nota y el Ejecutivo dice que la respuesta a los desahucios tiene que ser de ámbito nacional.