El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este martes la razón al juez Pablo Llarena al considerar que un país comunitario no puede negar la extradición de un buscado, por lo que allana el terreno para la entrega de Carles Puigdemont.
FOTO: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, en una imagen de archivo. EFE/ David Borrat
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha retirado la sedición a Carles Puigdemont, aunque mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia. Lo ha hecho ante la entrada en vigor de la reforma del Código Penal. Desde el Gobierno recuerdan que los hechos siguen siendo condenables y el PP acusa a Sánchez de facilitar su vuelta a España "con alfombra roja".
El juez de la Sala Segunda del Tribunal SupremoPablo Llarena ha aplicado este jueves la derogación del delito de sedición en el Código Penal, cuya reforma ha entrado hoy mismo en vigor, al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont pero mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia. Esta decisión deja sin efecto la euro órden de detención por sedición contra el 'expresident', pero no por los otros dos delitos de los que está acusado.
Hoy entra en vigor la reforma de los delitos de sedición y malversación y las dudas sobre los efectos que tendrá, sobre todo en el caso de esta última, no dejan de resonar. Luis Rodríguez Ramos, catedrático de derecho penal y abogado, ha señalado en Las Mañanas de RNE que, aunque puede haber modificación de penas, “habrá que ver hasta qué punto encajan las conductas de la antigua versión de la malversación en la nueva reforma”, porque, recuerda, la ley de 2015 conformaba la malversación como “apropiación indebida o como administración desleal”.
Sobre si afectará a los condenados por corrupción, Ramos indica que de mantenerse la figura de la apropiación indebida en la fórmula, el cambio sería mínimo, aunque cree que pueden producirse confusiones, y sobre la sedición asegura que “queda borrada” y que, por tanto, “queda borrada cualquier responsabilidad presente, pasado o futura”, aunque destaca que Puigdeomnt y el resto de implicados en el procès deberán ser juzgados de manera "independiente" y teniendo en cuenta los otros delitos de los que se les acusa.
En vistas a la macro reforma que va a efectuar el Gobierno del Código Penal, hemos querido saber cómo afecta judicialmente a las causas de algunos de los acusados de los delitos de sedición y malversación. Por ejemplo, en el caso de Oriol Junqueras, al desaparecer la sedición, quedaría únicamente el delito de malversación y pasaría de enfrentarse a seis años de inhabilitación en lugar de los 13 originales, por lo que en 2024 podría volver a ejercer. Aunque, en su caso, el debate se encuentra en si la celebración del referéndum tenía o no ánimo de lucro.
Sobre el expresident Carles Puigdemont la duda se encuentra en cómo se contabilizaría su pena al llevar huido desde 2018. De cualquier forma, afronta los mismos años de inhabilitación y se le podría sumar el delito de desobediencia.
José Antonio Griñán, por otra parte, está procesado por prevaricación y malversación. En este caso, algunas fuentes jurídicas creen que con los ERE sí pudo haber ánimo de lucro, por lo que podría enfrentarse a penas de seis e incluso ocho años de prisión.
El Gobierno discutirá hoy la modificación del delito de sedición, que espera aprobarse de forma exprés esta semana, y sobre ello le hemos preguntado a Isabel Rodríguez, portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, quien ha señalado que se trata de un paso más en la “política de reencuentro” que viene realizando el Ejecutivo con Cataluña en los últimos años. La ministra portavoz ha asegurado en Las Mañanas de RNE que esta modificación no beneficiará de ninguna manera a los imputados por delitos de corrupción si no que, al contrario, “endurecerá las cuestiones que devienen de actitudes corruptas y que no están penalizadas”, según ha indicado.
Sobre la desconfianza del Gobierno acerca de la renovación del CGPJ, Rodríguez ha resaltado que se estaba evidenciando una “falta de voluntad” por parte del Constitucional, así como una “falta de sentido de Estado” por parte del Partido Popular, y aunque no confirma que vayan a cambiar las mayorías para elegir en el Parlamento al Poder Judicial, ha señalado que están trabajando en vías para acabar con el bloqueo.
La ministra portavoz apunta que “antes de fin de año” entrarán en vigor las nuevas medidas anticrisis sobre las que dice están trabajando “con absoluto rigor” para que no dificulten la labor de los trabajadores de los sectores primarios y para que faciliten “la vida a las familias que puedan estar atravesando por dificultades como consecuencia del incremento de la alimentación”.
Hablamos con Ester Capella, delegada del Govern de Cataluña en Madrid, sobre la modificación del delito de malversación anunciada por el Gobierno. Considera que el Tribunal Supremo cambió de criterio en la sentencia del Procés y "retorció el propio derecho”, tal y como ha indicado en Las Mañanas de RNE. Insiste en que lo ocurrido con los implicados en el referéndum del 1 de octubre poco tiene que ver con lo que significa el delito de malversación, ya que no se beneficiaron de dinero público ni de forma personal ni para financiar a una organización o el proceso. Y denuncia que en un país democrático no se esté canalizando “la petición que una mayoría de la población catalana plantea”. “En un sistema democrático de verdad tendremos que buscar los canales para que mi proyecto político que es democrático, pacífico y quiere poderse realizar, se pueda realizar”, ha apuntado Capella.
Laura Vilagrà, consellera de Presidencia de la Generalitat de Cataluña, ha hablado en Las Mañanas de RNE sobre la propuesta de Esquerra de modificar el delito de malversación. Explica que en ningún caso se están poniendo encima de la mesa “los casos de enriquecimiento personal ni a terceros”, sino que buscan acabar con la “arbitrariedad” a la hora de juzgar este delito. Vilagrà ha insistido en que esta proposición no tiene objetivos concretos, sino que va dirigida a todas las personas que fueron juzgadas por el procés, “para los exiliados y los aún pendientes de juicio”, para que se aplique el Código Penal según lo establecido en Europa, contemplando sus derechos fundamentales y no con la “dureza” que consideran que se juzgó a los políticos del 1-O.
La rebaja de la inhabilitación permitirá a líderes del procés condenados e indultados como Junqueras poder presentarse antes a unas elecciones. En cuanto a los huidos, como Puigdemont, se abriría una vía a su extradición a España pero su condena, con el nuevo delito, sería menor.
FOTO: El exvicepresidente y líder de ERC, Oriol Junqueras, y el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, en un encuentro en Waterloo en julio de 2021. Europa Press
Los socios del Gobierno de coalición han presentado la proposición de ley para la reforma del delito de sedición. ¿Cómo afecta esta reforma a los políticos condenados y huidos por el 1-O? El cambio del delito de sedición por el de desórdenes públicos agravados puede no conllevar una reducción tan grande como la esperada porque los condenados lo fueron por sedición y malversación, y la sentencia explica que los dos delitos van unidos. Los políticos condenados únicamente por sedición sí se verán beneficiados y se rebaja la inhabilitación hasta un máximo de ocho años desde que se dictó la sentencia en 2019. Con respecto a los huidos, en los juzgados es clave la prescripción de los delitos, tanto el nuevo de desórdenes públicos agravados como el de malversación conlleva diez años, pero depende de si se ha visto interrumpida por alguna circunstancia, algún requerimiento judicial.