Cuando te vas de vacaciones o estás de baja, ¿te pagan tus pluses habituales? Turnicidad, toxicidad, festivos habituales, penosidad, peligrosidad, de domingos, de especial dedicación, de programas, polivalencia, riesgo, mando, jefatura, idiomas, guardia, retén, localización, dedicación exclusiva, movilidad funcional, trabajo en frío, en calor, en altura, en exterior, de responsabilidad... Hay muchos más. Todos los que forman parte de tu trabajo habitual y te los tienen que pagar.
En esta píldora laboral de Aquí Hay Trabajo te explicamos. Los pluses no son un regalo, no son un favor de la empresa, son tu salario y te los tienen que pagar cuando estás de vacaciones o de baja.
Si cobras un plus de forma habitual no te lo pueden descontar porque estés de baja o de vacaciones, lo dice el Tribunal Supremo en varias sentencias recientes.
La justicia lo ha dejado muy claro: cuando un complemento se paga por condiciones habituales de tu puesto y se cobra continuamente, no te lo pueden quitar por ausencias justificadas.
Te lo podrían quitar si te pagan un plus esporádicamente, tampoco suelen abonarse en vacaciones las dietas, los gastos de traslado o el plus de transporte.
Si no te los dan, tienes un año para reclamarlos, ese dinero es tuyo, la ley y la justicia están de tu parte.