- El Alto Tribunal apunta que debe "prevalecer la protección del menor"
- La adoptante tiene derecho a la prestación y "actúa de facto como la madre del niño"
- Solicita revisar las penas para aplicar el Código Penal más favorable a los condenados tras la última reforma
- La Fiscalía cree que no procede revisar las penas para los condenados del 'procés' por ambos delitos, como Junqueras
- El exvicepresidente vuelve a denunciar "una aplicación imprevisible y desproporcionada de la reacción penal"
- También lo han solicitado la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los exconsellers Raül Romeva y Dolors Bassa
- Al igual que la Fiscalía, solicita al Supremo que incluya este nuevo delito además del de desobediencia y malversación
- El juez Llarena rechazó incluir este delito en la euro orden de detención contra el expresidente catalán
Jordi Nieva, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Barcelona y autor de 'El hombre que mató a Liberty Valance. Un alegato por la democracia y la libertad', que se presenta el miércoles 18 de enero en el Centro Cultural - Librería Blanquerna, ha estado en 24 horas de RNE.
El catedrático de Derecho Procesal ha explicado, en relación al auto de Llarena y la posterior posición de la Fiscalía, que con todos estos cambios e "idas y venidas", estamos viendo "todo lo contrario a la seguridad jurídica". Preguntado por si la situación de Puigdemont ahora es más favorable, Nieva considera que incluso si no se impone la interpretación del magistrado Llarena, "su situación ha cambiado a positivo", considera. Sobre las discrepancias de criterios, argumenta que "no es habitual que juristas de tanto nivel tengan estas profundas diferencias", ha explicado sobre el cruce de interpretaciones que hay actualmente entre la que hace el magistrado y la que pide la Fiscalía: "En este caso no hay más tela que la que arde", ha dicho Jordi Nieva.
Los fiscales del procés han recurrido el auto dictado por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena para que procese a los encausados rebeldes, el expresidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Toni Comín y Clara Comín, por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados.
Josep Lluís Cleries, senador de Junts per Catalunya, ha acusado en el 24 horas de RNE al ámbito judicial español de interpretar las leyes y añade que "esto era una modificación para perseguir a Puigdemont y a los demás exiliados". Sobre la posible extradición, el senador cree que no es posible "porque en Europa hay justicia y en España la justicia tiene color político"
- El juez había exonerado a Puigdemont de la sedición y mantiene su procesamiento por desobediencia y malversación
- Los delitos de malversación y desórdenes públicos agravados podrían conllevar una pena máxima de 17 años
- El Tribunal Supremo ha pedido al Ministerio Público que se pronuncie sobre cómo la reforma afecta a la sentencia de 2019
- El juez Pablo Llarena retiró este jueves la sedición a Puigdemont, pero mantuvo la malversación y la desobediencia
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha retirado la sedición a Carles Puigdemont, aunque mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia. Lo ha hecho ante la entrada en vigor de la reforma del Código Penal. Desde el Gobierno recuerdan que los hechos siguen siendo condenables y el PP acusa a Sánchez de facilitar su vuelta a España "con alfombra roja".
El juez de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha aplicado este jueves la derogación del delito de sedición en el Código Penal, cuya reforma ha entrado hoy mismo en vigor, al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont pero mantiene su procesamiento por malversación y desobediencia. Esta decisión deja sin efecto la euro órden de detención por sedición contra el 'expresident', pero no por los otros dos delitos de los que está acusado.
- Las principales condenas dictadas en 2019 fueron por el delito de sedición con malversación de fondos públicos
- El expresidente catalán se encuentra huído de la justicia desde 2017
El ministro de la Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, considera “lógico” que las defensas de los condenados del ‘procés’ puedan solicitar una revisión de las penas a partir de la entrada en vigor el próximo viernes del nuevo Código Penal, que rebaja la sedición y modifica la malversación. Y cree que “lo que procede” es que el Tribunal Supremo, que les condenó, revise la pena de inhabilitación, “porque la de prisión ya fue conmutada” con los indultos: “Es el funcionamiento normal tras una reforma legislativa”. No se sorprende, por tanto, de que los líderes puedan pedir incluso la absolución: "Lo raro sería lo contrario".
- El Supremo rebaja de nueve a cuatro años y medio de prisión la condena a un hombre por tocamientos a cuatro niñas
- De acuerdo a la sentencia del 'caso Arandina' que fija la "obligación" de revisar penas con la nueva norma, al ser "favorable" al reo
El Tribunal Constitucional ha convocado un pleno extraordinario para decidir si paralizan cautelarmente la tramitación de los cambios que quiere establecer el Gobierno para derogar el delito de sedición, modificar el de malversación y reformar la ley orgánica del Constitucional y el Tribunal Supremo para desbloquear su renovación. La cuestión, como ha indicado en Las Mañanas de RNE Agustín Ruíz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, es que es inconstitucional "enmendar proyectos de ley con contenidos ajenos a esa ley", algo que ocurriría en los dos últimos casos mencionados. Por ello, considera que lo razonable sería "dar un plazo al Congreso y al ministerio Fiscal para que den su opinión al respecto" antes de llevar a cabo una votación, ya que cree que a nivel "constitucional y legislativo tenemos mecanismos suficientes para cortar actuaciones claramente inconstitucionales". Asimismo, Ruíz Robledo culpa de esta situación a la "cultura política" y al continuo enfrentamiento bipartidista en España.
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- La sentencia dictada considera a la mujer autora de un delito de homicidio
- La acusada también es responsable de la indemnización a los familiares más cercanos de la víctima con 58.000 euros
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- El Supremo había suspendido la exclusión medica de los aspirantes con lentes fáquicas
Este domingo se cumplen cuatro años del bloqueo del Consejo General del Poder Judicial. Desde entonces está en funciones, sin renovar a sus magistrados. Las últimas negociaciones entre el PSOE y el PP se rompieron en octubre. Hoy, siguen irreconciliables.
FOTO: El presidente del Consejo General del Poder Judicial, Rafael Mozo, interviene durante el VIII Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, en el Senado. Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
- El Alto Tribunal había suspendido de forma cautelar ese motivo de exclusión
- Se han rechazado las alegaciones de la Abogacía del Estado, que deberá pagar las costas
- El Supremo acabará el año con 18 jueces menos de los 79 que debería tener y varias de sus salas están al límite
- De él dependen los recursos por una custodia, un divorcio o un despido y está cada vez más taponado