www.rtve.es /pages/rtve-player-app/1.6.12/js
cerrar
  • Milagros Amez Franco
    Dependienta 19 junio 1987 Barcelona (España)

    Milagros Amez Franco, de 43 años, natural de Laguna Dalga (León), fue una de las víctimas mortales del atentado de Hipercor de Barcelona. Estaba casada con Rafael Güell y tenía dos hijos de 17 y 12 años. Trabajaba en una tienda de plantas medicinales propiedad de su marido.

    El 19 de junio de 1987, los terroristas Domingo Troitiño, Josefa Mercedes Ernaga Esnoz y Rafael Caride Simón pusieron un coche-bomba en el centro comercial Hipercor de Barcelona, en la avenida Meridiana. Según recoge la sentencia 49/1989 de la sección 1ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, habían recibido órdenes para realizar diversos ataques contra empresas de capital francés o mixto hispano-francés. Los etarras creyeron que Hipercor era una firma francesa y llegaron a la conclusión de que atentar allí sería fácil, porque sólo tendrían que abandonar un vehículo cargado de explosivos en un edificio civil que carecía de protección o control de seguridad. Su intención era causar los mayores daños posibles y estimaron que era mejor que la explosión se llevase a cabo durante el día, en pleno horario comercial.

    Sobre las 15:00 horas, el etarra Troitiño llamó a la Guardia Urbana de Barcelona, al Hipercor y al diario Avui, identificándose e informando de la localización y la hora en la que explotaría la bomba. Los cuerpos de seguridad no encontraron el artefacto, por lo que no se dieron órdenes de desalojar el edificio, creyendo que se trataba de una falsa alarma.

    La bomba estalló a las 16:08 horas en el segundo sótano del Hipercor. Estaba compuesta por 27 kilos de amonal y 200 litros de líquidos incendiarios, pegamento y escamas de jabón. Murieron 21 personas y resultaron heridas otras 46. La explosión fue devastadora, tal y como recoge la sentencia 49/1989 de la sección 1ª de la Audiencia Nacional: “una bola de fuego abrasó a las personas que encontró a su paso, a la vez que produjo una ingente cantidad de gases tóxicos que ocasionó la asfixia de las personas que se encontraban en su radio de acción. Varias personas resultaron atrozmente quemadas y mutiladas, sin posibilidad alguna de escapar ante la oscuridad producida por el humo negro y los materiales incendiarios adheridos a su cuerpo, puesto que la composición del explosivo hizo que los productos incendiarios se adhirieran a los cuerpos, sin posibilidad alguna de desprenderse de ellos ni apagarlos, ya que su autocombustión se ocasionó sin necesidad de utilizar el oxígeno ambiente”.

    Troitiño y Ernaga fueron condenados a 30 años de reclusión mayor por cada uno de los asesinatos. Dichas penas sumaban más de 1.600 años para cada uno de los dos etarras. También fueron condenados los etarras Santiago Arróspide y Caride a 790 años de cárcel cada uno. Asimismo se condenó a los terroristas a hacer frente tanto a las indemnizaciones reconocidas para los herederos legales de los asesinados y heridos como a las de los estragos materiales ocasionados. La cifra total superaba los 1.000 millones de pesetas.

    En julio de 1997, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS) estableció “la responsabilidad de la Administración del Estado en el resultado final por la pasividad o conducta omisiva de las Fuerzas de Seguridad y Policía en estos hechos”. Así, el TS condenó finalmente al Estado como responsable civil subsidiario por no desalojar el edificio y a pagar el 50% de las indemnizaciones.

    Véase también Sonia Cabrerizo Mármol, Susana Cabrerizo Mármol, Felipe Caparrós Ubierna, María Teresa Daza Cecilia, María Paz Diéguez Fernández, María Emilia Eyre Diéguez, Mercedes Manzanares Servitjá, María del Carmen Mármol Cubillo, Matilde Martínez Domínguez, Rafael Morales Ocaña, Mercedes Moreno Moreno, Consuelo Ortega Pérez, Luisa Ramírez Calanda, Luis Enrique Saltó Viñuales, Bárbara Serret Cervantes, José Valero Sánchez, María Rosa Valldellou Mestre, Xavier Valls Bauzá, Jordi Vicente Manzanares y Silvia Vicente Manzanares.