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Valverde pide al CONI que envíe a España las pruebas contra él

  • La defensa del corredor se centra en que el CONI no puede investigar al corredor
  • Cree que los órganos de justicia deportiva españoles son los "únicos" que tienen jurisdicción

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Los abogados del ciclista español Alejandro Valverde han pedido a la fiscalía antidopaje del Comité Olímpico Italiano (CONI) que transmita las pruebas contra él a los órganos de justicia deportiva de España, al considerar que son los "únicos" que tienen jurisdicción en este caso.

Así se lee en el documento de 21 páginas con las alegaciones que el abogado Federico Cecconi presentó hoy al CONI para rebatir las acusaciones de dopaje realizadas por este organismo contra el ciclista español y al que tuvo acceso la agencia Efe.

En el documento se alega sobre todo que, "sin querer entrar en la cuestión de las acusaciones a Valverde", la fiscalía del CONI "no cuenta con la jurisdicción para tratar el caso". Por ello, los abogados piden que se transmita todo el expediente acusatorio sobre Valverde a la Real Federación Española de Ciclismo y a los órganos de la justicia deportiva española, "los únicos que son competentes en este caso".

A éstos, añade el documento, "precisaremos punto por punto que Valverde es ajeno a todos los hechos de los que se le acusan". En la "memoria defensiva" presentada también se explica que en las acusaciones del CONI no se cita en ningún momento el "tiempo y lugar" en los que se habrían cometido los delitos que se le imputan.

La fiscalía antidopaje del CONI llamó a declarar a Valverde el pasado 19 de febrero al imputarle los delitos de intento de dopaje en el marco de la "Operación Puerto" realizada en España. El fiscal del CONI, Ettore Torri, asegura que la bolsa de sangre "número 18" incautada al doctor español Eufemiano Fuentes durante la "Operación Puerto" contiene la sangre del corredor murciano del Caisse d'Epargne y en ella se han encontrado restos de EPO.

Sobre este punto, los abogados de Valverde explican que las bolsas de sangre relativas a la "Operación Puerto" a las que se refiere el CONI se pueden fechar en el bienio 2004/2006. Los abogados de Valverde explican entonces que el CONI no puede acusar a Valverde de la violación "del artículo 2.2 del Código Mundial de la Agencia Antidopaje (WADA, en sus siglas en inglés) y el 2.11 de las Normas antidopaje italianas", ya que estas normas "no existían entonces".

Sólo en equipos españoles

Otro de los puntos principales de la tesis defensiva de los letrados es que Valverde desde el inicio de su carrera ha militado en equipos españoles (Kelme 2002/2003, Comunidad Valenciana 2004, Illes Balears 2005 y el actual Caisse d'Epargne) y por tanto no tiene alguna relación con los organismos deportivos italianos.

Así como la fiscalía del CONI tampoco puede probar que el supuesto delito fue cometido en territorio italiano. Los abogados citaron así los casos de Davide Rebellin de 2002 y del colombiano José Jaime Pico González, conocido como "Chepe", de 2001, quienes no pudieron ser juzgados en Italia por ausencia de competencia territorial.

Este documento ha sido enviado por correo electrónico a la fiscalía antidopaje del CONI, justo cuando expiraba el plazo de quince días que dio el fiscal Ettore Torri para su presentación. Ahora el CONI tendrá que contestar a las alegaciones presentadas por los abogados del corredor español, aunque no existe un límite de tiempo para obtener una respuesta.

Tras la presentación de este documento, la fiscalía antidopaje del máximo organismo deportivo italiano puede archivar el caso o continuar con su acusación y pedir la suspensión cautelar de Valverde.