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La juez anula las escuchas a Marta Domínguez en la Operación Galgo

  • Considera que la intervención de sus comunicaciones no estaba justificada
  • También admite los recursos de su agente y del entrenador Manuel Pascua
  • No se admiten los de Eufemiano Fuentes, César Pérez y José Luis Pascua
  • La anulación no afecta a otras investigaciones sobre Marta Domínguez
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Buenas noticias para Marta Domínguez

La juez Mercedes Pérez Barrios, que investiga la llamada Operación Galgo, ha anulado las escuchas telefónicas practicadas por la Guardia Civil a la atleta Marta Domínguez, así como a su agente, José Alonso Valero, el entrenador Manuel Pascua Piqueras y la esposa de éste, María José Martínez.

Así lo ha acordado la juez en un auto en el que admite los recursos presentados contra estas escuchas por Domínguez, Alonso Valero, Pascua y Martínez.

La juez considera que en el caso de Marta Domínguez la  intervención de sus comunicaciones no estaba justificada porque con las  escuchas ya practicadas a otros implicados, entre ellos el entrenador  César Pérez, ya estaban controladas las llamadas efectuadas o recibidas  por la atleta.

La decisión supone dejar fuera de la investigación gran parte de las  pruebas supuestamente incriminatorias contra los citados. Sin embargo,  la juez reafirma las intervenciones telefónicas del médico Eufemiano Fuentes, considerado el cerebro de la trama de dopaje; de su hermana Yolanda Fuentes; del entrenador de Marta Domínguez, César Pérez, y del director ciclista José Luis Pascua, que también habían pedido la anulación de las escuchas telefónicas.

En este caso, estas últimas escuchas mantienen su validez ya que se  trata de medidas proporcionales e idóneas para la investigación que se  estaba llevando a cabo contra la trama de dopaje en el deporte.

Según el auto, en las investigaciones respecto a Marta Domínguez "se  observa una suerte de confusión entre las conductas sancionables  en el  ámbito deportivo y las conductas penales, pues efectivamente lo  que se  pone de manifiesto son las sospechas de que Marta Domínguez  fuese  consumidora de sustancias prohibidas en el deporte, lo que daría  lugar a  una sanción en dicho ámbito pero nunca a una imputación penal".

Esta anulación no afecta a otras investigaciones

No obstante, la juez que investiga la operación Galgo entiende que la anulación de las escuchas telefónicas no afecta a las diligencias de la investigación por la supuesta comisión de un delito fiscal y el suministro de un fármaco a una persona de su entorno, sin receta médica.

En un auto hecho público este jueves la juez estima el recurso de la defensa de Marta Domínguez y señala que "las declaraciones prestadas" por la atleta "con todas las garantías tanto ante la Guardia Civil como ante la autoridad judicial mantendrán su validez".

Sin embargo considera válida "la intervención por la Guardia Civil de los frascos de los fármacos Scandinibsa y Fortecortín que indiciariamente Marta Domínguez suministró y administró, sin prescripción ni receta médica, a Eduardo Polo, 'su liebre', con el fin de aumentar su rendimiento deportivo, en fecha 23 de septiembre, y la documentación derivada de la farmacia donde se efectuó la compra de los fármacos"·

Según la juez, esto "resulta jurídicamente independiente pues deriva de las investigaciones, seguimientos y vigilancias efectuadas por la UCO (Unidad de Control Operativa de la Guardia Civil) sin vulneración alguna de los derechos fundamentales".

"Por lo que se refiere al delito contra la Hacienda Pública nada impide que si en el transcurso de una investigación por un delito determinado se descubre la existencia de otro se amplíe la investigación al mismo, pues ni la Guardia Civil ni el instructor pueden cerrar los ojos ante los hechos delictivos, siempre que tal conocimiento derive de pruebas lícitas", añade la resolución.

La juez señala que los indicios de la existencia del delito contra la Hacienda Pública por parte de Marta Domínguez "derivan de los seguimientos de José Alonso Valero" -su representante- "por lo que la validez o no de dicha prueba dependerá de lo que se resuelva en relación al recurso formulado por la representación de éste.

El pasado mes de enero, Marta Domínguez ya fue desvinculada de la trama de dopaje por la magistrada titular del juzgado número 24 de Madrid, al considerar que no tenía ninguna relación alguna con Manual Pascua, Eufemiano Fuentes y el resto de la supuesta red de los medios.

En abril, también fue archivado provisionalmente el principal cargo de dopaje que pesaba sobre la atleta y su agente José Alonso Valero, tras confirmar la Agencia Española de  Medicamentos y la Agencia Estatal Antidopaje que las botellas  facilitadas por ellos al atleta Alberto García no contenían sustancias  dopantes. Sin embargo, se mantuvo abierta la investigación judicial por la  supuesta comisión de un delito fiscal y por haber suministrado  supuestamente, sin receta médica, y administrado un fármaco a una  persona de su entorno, su compañero de entrenamientos Eduardo Polo.

La juez también ha declarado nulo el registro practicado en el domicilio del fondista Alberto García Fernández, por derivar directamente de la intervención de una conversación telefónica anulada, aunque conserva la validez de sus declaraciones prestadas ante la Guardia Civil y en sede judicial.

En el caso de Marta Domínguez y de los demás implicados a los que se han anulado las escuchas, el auto mantiene no obstante la plena validez del resto de pruebas practicadas, entre ellas las entradas y registros domiciliarios y las declaraciones de los imputados.

En el caso de Manuel Pascua la juez considera que "ni tan siquiera se observa en los operativos una actividad sospechosa" y que "existía otro medio de acreditar su posible participación en los hechos", por lo que anula las escuchas a las que fue sometido y estima el recurso presentado por su defensa en este sentido.