La Ley Concursal no evitará el descenso de los clubes con deudas a jugadores
- Los clubes en concurso de acreedores bajarán si no pagan a sus jugadores
- Afectará a los que tengan pagos pendientes con sus jugadores en julio de 2012
- La igualdad en la competición "se quiebra" cuando no se cumple con los pagos
- Hay 11 equipos de Primera, Segunda y Segunda B acogidos a la Ley Concursal
El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves definitivamente la reforma de la Ley Concursal, que establece que las sociedades deportivas que entren en concurso de acreedores no evitarán las penalizaciones de la normativa deportiva y descenderán de categoría si no están al día en los pagos a los jugadores.
La nueva regulación no tendrá efectos sobre los equipos que compiten en esta temporada, ya que ésta ya ha arrancado, sino que afectará por primera vez a los clubes y entidades deportivas en suspensión de pagos que tengan cantidades pendientes con sus jugadores en julio de 2012, según ha explicado el diputado del PSOE Jesús Quijano.
La preocupación sobre las particularidades de los concursos de acreedores de sociedades deportivas ha hecho que la nueva Ley Concursal establezca que, en cualquier caso, el Gobierno deberá presentar en seis meses un proyecto de ley que regule "las especialidades del tratamiento de la insolvencia de las sociedades y asociaciones deportivas profesionales", como pedía el PP.
Uso "abusivo" de la Ley Concursal por los clubes
El pasado mes de julio, el Congreso de los Diputados decidió incluir en la reforma de la Ley Concursal una mención específica sobre los efectos de los concursos de acreedores de las entidades deportivas para impedir la práctica generalizada de acogerse a esos procesos con el fin de evitar las penalizaciones de la normativa deportiva en caso de impago de las nóminas de los jugadores.
De hecho, la norma critica el "uso indeseado o abusivo" que se ha hecho hasta ahora de los concursos de acreedores por parte de sociedades deportivas con deudas con los jugadores.
Actualmente hay 11 equipos en concurso de acreedores: Rayo, Zaragoza, Betis, Granada y Mallorca, de Primera; y Hércules, Cádiz, Poli Ejido, Recre, Xerez y Córdoba, de Segunda y Segunda B.
A diferencia de en España, en las grandes ligas del continente, los equipos que no pagan no pueden competir. Como ejemplo el Porstsmouth. Este club inglés solicitó el concurso de acreedores y perdió la categoría de manera automática.
Además, la reforma de la ley Concursal denuncia que "el incumplimiento de las 'reglas de juego' exigibles para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte de las entidades concursadas compromete a la competición en su conjunto y a los potenciales competidores".
La deuda total de los clubes profesionales españoles se estima superior a los 4.000 millones de euros y más de 200 jugadores de Primera y Segunda División han denunciado impagos. Y es que veintiun clubes españoles han recurrido a la ley Concursal desde su entrada en vigor, una figura jurídica que permite aplazar pagos a las empresas en dificultades y que, por supuesto, también afecta a los futbolistas.
Por ejemplo, Betis, Rayo Vallecano y Granada, los tres equipos que han ascendido a Primera esta temporada se han acogido al concurso de acreedores. Por esta razón, principalmente, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), el sindicato que agrupa a los jugadores, convocó la huelga que paralizó el comienzo de la liga.
Cumplir con las obligaciones económicas
El preámbulo de la nueva Ley Concursal se queja especialmente de que la igualdad en la competición "se quiebra cuando un competidor que cumple con los requisitos establecidos por el organizador compite, en desventaja, con quien no atiende a las obligaciones económicas y de otra índole establecidas y busca aprovecharse de ser declarado en concurso para no tener que respetar los mismos requisitos que los demás participantes".
Por ello, aclara que "la sujeción a la Ley Concursal no impedirá la aplicación de la normativa deportiva que regula la competición, evitando que se pueda inaplicar y dejar sin efecto dicha normativa".