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El presidente del 'caso Contador':"Las leyes españolas no son plenamente conformes con el código antidopaje"

  • La legislación nacional difiere en los controles antidopaje fuera de competición
  • Hay un posible conflicto entre norma y derechos al libre movimiento e intimidad

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El corredor español Alberto Contador frente al Arco del Triunfo de París.
El corredor español Alberto Contador frente al Arco del Triunfo de París.

El director de Relaciones con las Federaciones internacionales de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), Fréderic Donzé y Efraim Barak, árbitro del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) admitieron la existencia de "posible conflicto" entre las normas que aplica el Código antidopaje y los derechos fundamentales de los deportistas.

El 'caso Contador'

Las leyes españolas no son plenamente conformes con el Código antidopaje

Según Barak, abogado israelí que presidirá el tribunal que decidirá en el TAS el futuro del ciclista español Alberto Contador por el presunto positivo por clembuterol en el Tour 2010, las leyes españolas "no son plenamente conformes" con el Código antidopaje de la AMA en aspectos de información sobre el paradero de los deportistas en los controles fuera de competición.

El abogado israelí declinó pronunciarse sobre el caso Contador, cuyo desenlace se conocerá entre el 21 y 24 de noviembre.

El mes pasado el Tribunal Supremo español estimó el recurso  presentado por la Asociación de Ciclistas Profesionales (ACP) y declaró  "nulas" las medidas complementarias de prevención de dopaje y de  protección de la salud de los deportistas, por las que se podían llevar a cabo controles nocturnos por cuestiones de salud.

Conflicto legislativo

El cumplimiento de la ley antidopaje, según la normativa del AMA, obliga a los deportistas a aportar más datos sobre su paradero, incluyendo instancias en lugares de paso, como por ejemplo los hoteles.

Este aspecto ha sido denunciado por los propios deportistas, que aluden a la violación de derechos fundamentales, como el del libre movimiento y el de la intimidad.

También el mes pasado, el propio TAS sentenció como no aplicable la "regla Osaka", por la cual ningún atleta que hubiera sido suspendido por dopaje con más de seis meses podría participar en los siguientes Juegos Olímpicos.

Donzé y Barak admitieron que "puede haber violación de derechos", pero mientras el primero de ellos se refirió a la conveniencia de equilibrar el uso de la normativa antidopaje con el respeto de derechos fundamentales, Barak habló del carácter "específico" de los deportistas.

"Un trabajador normal, si no está conforme con su empresa, se puede marchar con total libertad; sin embargo un futbolista es empleado de un club y si se quiere marchar tiene que hacer frente a cláusulas que se lo pueden impedir, con grandes sumas de dinero a pagar. Esto antes no ocurría", señaló Barak.

El pasaporte biológico

Donzé intervino en el seminario sobre "El futuro de la lucha contra el dopaje", organizado por el Consejo Superior de Deportes (CSD) y pronunció una conferencia sobre el papel del AMA y del Códifo Mundial Antidopaje en dicha materia, mientras que Barak habló de la intervención del TAS en los procedimientos disciplinarios en materia de dopaje.

También intervino en las conferencias celebradas en la sesión matutina el doctor italiano Mario Zorzolli, director de la Comisión médica de la Unión Ciclista Internacional (UCI), quien se refirió al pasaporte biológico como método antidopaje.

Zorzolli dijo que desde la aplicación del pasaporte biológico los deportistas que consumen EPO "lo hacen en dosis bajas y a veces la combinan con hormonas de crecimiento mediante microtransfusiones", un uso, que según el médico italiano "no es sistemático, sino que se aplica en determinadas fechas de la temporada".

También señaló Zorzolli que el futuro del pasaporte biológico incluye la detección del uso de la testosterona y la hormona de crecimiento.