Las selecciones catalanas podrán competir internacionalmente si no participa una selección de España
- El Constitucional avala estas selecciones y desestima el recurso del Gobierno
- Podrán participar en competiciones de ámbito supraautonómico
- No podrán estar en las competiciones donde participe la selección española
El pleno Tribunal Constitucional ha avalado la ley de selecciones catalanas al desestimar el recurso de inconstitucionalidad que el Gobierno central había presentado contra el artículo 2 de dicha norma legal, hace más de una década, en 1999 cuando era presidente José María Aznar.
El alto tribunal permite, por tanto, que las selecciones catalanas participen en competiciones que excedan el ámbito supraautonómcio aunque sólo en los casos en los que no se enfrenten en competición oficial a la selección española.
Según la sentencia del TC, la participación de estas selecciones "en ámbitos supraautonómicos" está permitida siempre y cuando "no se produzca la confluencia de sus intereses con los del deporte federado español en su conjunto".
Destaca además que el artículo es constitucional "siempre que se trate de deportes en los que no existan federaciones españolas y que, en ningún caso, se impidan o perturben las competencias del Estado de coordinación y representación internacional del deporte español".
Recurrida desde 1999
El 28 de julio de 1999, el Parlament aprobó, con el apoyo de todos los partidos menos del PPC, una ley con la que pretendía fomentar la participación de las selecciones catalanas en cualquier tipo de competición oficial.
Esa ley modificaba algunos artículos de una anterior, la ley catalana del deporte de 1988, y fue consecuencia de una iniciativa legislativa popular apoyada por casi medio millón de ciudadanos de Cataluña.
Esta normativa se ha modificado posteriormente pero el artículo que hace mención a la presencia internacional del deporte catalán es prácticamente idéntico en su redacción.
El Gobierno de Aznar recurrió el artículo 2 en el que se aseguraba que "las federaciones deportivas catalanas de cada modalidad deportiva son las representantes del respectivo deporte federado catalán en los ámbitos supraautonómicos".
El Tribunal considera que esa redacción es constitucional "siempre que se trate de deportes en los que no existen federaciones españolas y que, en ningún caso, se impidan o perturben las competencias del Estado de coordinación y representación internacional del deporte español".
La sentencia alude a los mismos argumentos que el Constitucional defendió en su reciente fallo del pasado mes de abril en el que también declaró constitucional, en los mismos términos, las selecciones deportivas vasca, lo que permitía que las selecciones vascas puedan competir internacionalmente.
En el momento de presentar el recurso a instancias del Gobierno, el abogado del Estado consideró que el precepto legal autonómico invadía las competencias estatales en materia de relaciones internacionales, y que la competencia exclusiva autonómica en materia de deporte "no legitima el ejercicio de competencias autonómicas a nivel internacional".
Entendía el abogado del Estado que "la exclusividad de la representación del deporte federado catalán en el exterior es inconstitucional porque desconoce el límite territorial implícito a las competencias autonómicas".
Por su parte, el letrado del Parlament y el abogado de la Generalitat, entonces gobernada por Jordi Pujol, rechazaba que lo legislado invadiera competencias estatales en materia de relaciones internacionales y hacía hincapié en la naturaleza jurídica privada de las federaciones deportivas.
Los letrados catalanes insistían en que el Estado no tenía el título competencial específico y que "la voluntad del legislador autonómico era facilitar la promoción del deporte federado fuera de Cataluña".
En su sentencia, el Tribunal Constitucional recuerda que la Carta Magna no contiene "reserva competencial alguna a favor del Estado" en materia de deporte ya que esas "competencias han sido asumidas por Cataluña a través de su Estatuto de autonomía".
Lamentan la restricción internacional
El vicepresidente de la Plataforma Pro Selecciones Catalanas, Sergi Blázquez, ha criticado la sentencia porque "restringe la internacionalidad de deporte catalán a que no haya una federación española" de ese mismo deporte.
Blázquez ha comentado que están "contentos" porque la sentencia avala la competición de las federaciones catalanas como "únicas competentes para el deporte supraautonómico". Sin embargo, ha señalado que la sentencia "restringe los derechos a participar en los casos en que haya federaciones españolas". En este sentido, ha comentado que es "una contradicción".
Blázquez ha asegurado que tras la sentencia plantearán "una reunión con el Parlament de Catalunya que promovió y defendió la ley del deporte catalán y las selecciones catalanas". De este modo ha explicado que van a proponerles la presentación de un recurso ante el Tribunal de los Derechos Humanos, porque consideran que no dejar participar a las federaciones catalanas cuando existan las españolas "es una vulneración del derecho de asociación".