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La CMT aprueba que las radios abonen "de manera transitoria" 98 euros por partido

  • Las emisoras abonarán 98 euros por partido o estadio, 89.474 euros en total
  • Aún no hay acuerdo para la próxima temporada que arranca el 18 de agosto
  • Se trata de una medida provisional que cubre los costes del servicio

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Las radios comerciales acatan la medida de la CMT y confían en que ponga fin al conflicto con la Liga

El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado tras la solicitud de RNE una medida cautelar con la que fija provisionalmente la compensación económica que las emisoras de radio deberán abonar por el acceso a los estadios para retransmitir en directo los partidos de fútbol de la próxima temporada, fijada en 98 euros por partido y estadio.

En un comunicado, la CMT especifica que se ha fijado esta cantidad para las competiciones de Primera División (Liga BBVA), Segunda División (Liga Adelante) y Copa S.M. el Rey, excepto la final.

La CMT ha adoptado esta medida cautelar para garantizar el derecho de acceso a los estadios de las radios, ya que la Liga BBVA comenzará el próximo día 18 de agosto y no ha habido un acuerdo sobre la compensación económica entre ambas partes.

La compensación económica fijada transitoriamente por la CMT equivale a 89.474 euros por radio, en el supuesto de que una radio accediera a todos los partidos de la temporada de la Primera y la Segunda División y la Copa de S.M. el Rey, excepto la final. La Liga de Fútbol había establecido una compensación económica de 708.000 euros.

En la actualidad, la CMT instruye el expediente que fijará las cuantías definitivas por el acceso durante esta temporada, una vez que cuente con todos los costes y haya analizado la información definitiva suministrada por los clubes de fútbol y la LFP.

Solicitud de las radios

El mes pasado, diversas radios presentaron un conflicto en la CMT por la imposibilidad de llegar a un acuerdo con la Liga de Fútbol Profesional (LFP) sobre la cuantía que debían abonar por acceder a los estadios de fútbol para el ejercicio de dicho derecho.

Tal como establece el Real Decreto Ley 15/2012 para el cálculo de la compensación económica de esta medida cautelar, la CMT ha estimadoúnicamente los costes directamente relacionados con el mantenimiento de las cabinas y otros servicios necesarios

para garantizar el derecho a comunicar información, excluyendo otros costes aportados por la Liga de Fútbol. Así, la Comisión ha considerado el consumo eléctrico, la limpieza, la seguridad, el mantenimiento general, la amortización, los accesos y las acreditaciones.

Según establece Ley General Audiovisual, la CMT es la encargada de resolver los conflictos que puedan surgir entre las radios y los titulares de los derechos a la hora de fijar la compensación económica por el ejercicio de su derecho de acceso a los estadios.