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Fútbol | Valencia C.F.

Bankia anuncia acciones legales contra el Valencia si no cobra en dos días

  • El banco ha enviado un requerimiento de pago a la fundación del club
  • Exige 4,8 millones en concepto de intereses del préstamo concedido en 2009
  • La Fundación VCF solo ha abonado hasta ahora 1,3 millones de euros

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Decepción en los jugadores del valencia tras encajar el tercer gol ante el RCD Espanyol.
Decepción en los jugadores del valencia tras encajar el tercer gol ante el RCD Espanyol.

Bankia ha enviado un requerimiento de pago a la Fundación VCF y a la Generalitat Valenciana --como avalista-- para cobrar, "en dos días", 4,8 millones de euros en concepto de intereses del préstamo concedido en 2009 a la Fundación VCF por la entonces Bancaja --con el que acudió a la ampliación de capital del Valencia y se convirtió en máximo accionista del club--.

Según han confirmado a Europa Press fuentes de la entidad financiera, la Fundación VCF ya ha abonado 1,3 millones de euros correspondientes a ese pago de 4,8 millones que vencía este martes.

A falta de cobrar los 3,5 millones restantes, Bankia ha enviado un requerimiento "tanto al titular como al avalista" del crédito, en el que les concede "un plazo de dos días para el pago de los 4,8 millones".

Desde la entidad advierten de que, "transcurrido este plazo, si no se efectúa el pago, se procederá a realizar las reclamaciones judiciales pertinentes en defensa de los intereses de Bankia", así como a "requerir los 81 millones", importe total del crédito.

El pasado mes de febrero, la Generalitat Valenciana tuvo que abonar 4,8 millones por el anterior vencimiento de intereses ante la imposibilidad de que la fundación afrontase ese pago.

La Generalitat considera que el aval "no está en vigor"

No obstante, el pasado jueves, el conseller de Hacienda y Administración Pública, Juan Carlos Moragues, destacó que el aval concedido a Fundación VCF por la Generalitat, a través del Instituto Valenciano de Finanzas, "actualmente no está en vigor".

Moragues indicó que "el primero al que se tiene que dirigir la acción de cobro es a la fundación, que es el deudor principal", y recordó que existe "un pronunciamiento judicial que está ejecutado aunque está recurrido --por Bankia--, pero que se ha pedido como medida cautelar la ejecución y se ha ejecutado, donde dice que no ha lugar a ese aval".

El conseller aludió, en este sentido, a la ejecución provisional de la sentencia en la que la titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Valencia declaró nulo ese aval, al considerar que esa garantía iba "en detrimento" de otros socios.