Aprobado el Real Decreto que desarrolla las funciones del nuevo Tribunal del Deporte
- Se desarrolla así la composición, organización y funciones del tribunal
- Unificados en un único órgano administrativo las funciones y competencias en materia de dopaje, disciplina deportiva y de garantía de la legalidad
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se desarrolla la composición, organización y funciones del Tribunal Administrativo del Deporte, órgano colegiado adscrito al Consejo Superior de Deportes e independiente en su actuación, que asumirá las competencias que hasta ahora ejercían el Comité Español de Disciplina Deportiva y la Junta de Garantías electorales.
Con la creación de este Tribunal, recogida en la Ley Orgánica 3/2013 de Protección de la Salud del Deportista y de Lucha contra el Dopaje en el Actividad Deportiva de 20 de junio de 2013, se unifican en un único órgano administrativo todas las funciones y competencias revisoras de la actividad federativa en materia de dopaje, disciplina deportiva y de garantía de la legalidad de los procesos electorales que se desarrollan en las entidades deportivas españolas.
Miguel Cardenal, presidente del CSD, afirmó hoy que el nuevo Tribunal Administrativo del Deporte fusiona la Junta de Garantías Electorales y el Comité Español de Disciplina Deportiva, vigentes hasta la fecha, y apoyó la aparición de este Tribunal que "demostrará el gran nivel existente en España en derecho deportivo".
Cardenal recordó que el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ventilará procedimientos electorales, abordará asuntos disciplinarios y fallará también procedimientos de dopaje.
Según indica el comunicado del CSD, el TAD será el competente para decidir en vía administrativa y en última instancia las cuestiones disciplinarias deportivas de su competencia relacionadas con el dopaje, materia en la que sus resoluciones serán inmediatamente ejecutivas, agotarán la vía administrativa, y contra ellas las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo.
Asimismo, tramitará y resolverá expedientes disciplinarios en casos de infracciones muy graves a las reglas de la competición o a las normas deportivas generales, competencia que hasta ahora venía desarrollando el Comité Español de Disciplina Deportiva.
Extinguida la Junta de Garantías Electorales, el Tribunal Administrativo del Deporte velará de forma inmediata y en última instancia administrativa por la conformidad a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno de las Federaciones deportivas españolas.
Estará compuesto por siete miembros al frente de los cuales estará un presidente. Todos ellos ejercerán sus funciones con independencia y no podrán recibir orden o instrucción alguna de ninguna autoridad pública. La duración de su mandato será de seis años y no podrán ser reelegidos.