La Audiencia Nacional rechaza la pretensión de la Liga de cobrar 456.000 euros a las radios
- La Sala de lo Contencioso Administrativo fija el canon en 100 euros
- Sube en 15 euros la cuota que había fijado anteriormente la CMT
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha fijado en 100 euros la cuantía que tendrán que abonar los operadores radiofónicos cuando accedan a los estadios de fútbol para retransmitir los partidos.
La Liga Nacional de Fútbol Profesional pretendía cobrar a las radios un total de 456.000 euros por la retransmisión de los partidos de las 38 jornadas de liga de Primera División y 252.000 euros para los de Segunda División.
La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones fijó en 85 euros el precio que tenían que abonar las radios para retransmitir los partidos desde las cabinas de los estadios, cifra que la Audiencia fija ahora en 100 euros.
La sentencia distingue entre retransmisiones televisadas, donde hay una explotación de la imagen, y las radiofónicas, que históricamente han venido retransmitiendo sin que las emisoras desembolsaran contraprestación alguna por el derecho a retransmitir.
Una controversia que vino a zanjar el Real Decreto 15/2012 que señala explícitamente en su exposición de motivos el libre acceso a los estadios de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica.
La Sala incrementa a 100 euros la cuota de acceso basándose en un informe pericial que ha valorado cuestiones como el consumo eléctrico, limpieza, seguridad, accesos y acreditaciones.