La Comisión Electoral de la RFEF rechaza la petición de Jorge Pérez de anular el voto por correo
- Se desestima al no acreditar "un verdadero perjuicio o vulneración de derechos"
- Pérez argumentaba que "no hay constancia" de que se haya remitido a todos los electores la documentación necesaria
- El jueves se constituye la Asamblea compuesta por 140 miembros que elegirá al presidente
La Comisión Electoral de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado la solicitud de Jorge Pérez, aspirante a la presidencia, de anular el voto por correo y repetir el mismo, ya que su petición no acredita que se haya producido "un verdadero perjuicio o vulneración de derechos" en el proceso.
Pérez, exsecretario general de la RFEF que aspira a relevar a Ángel Villar en las elecciones del próximo 22 de mayo, presentó hace dos días a la Comisión Electoral un escrito en este sentido, basado en que "no hay constancia" de que se haya remitido a todos los electores la documentación necesaria para ejercer su derecho al voto en las elecciones a la Asamblea General que elegirá al presidente.
La reclamación de Pérez se basaba también en que no es posible el envío de la documentación a determinadas asociaciones que agrupan a electores para que la distribuyan entre los mismos y en que no consta convenio suscrito con Correos, por lo que "no se garantiza la exigencia de identificación personal del elector en el momento de emisión del voto".
En opinión de la Comisión Electoral, la reclamación de Pérez "es vaga, genérica y carente de la más elemental concreción, pues no especifica con nombres y apellidos aquellos electores que, supuestamente, no habrían recibido la documentación necesaria para ejercer su derecho, ni aporta pruebas de las denuncias que efectúa".
"La solicitud debe ir acompañada de argumentos que verifiquen la existencia de un verdadero perjuicio o vulneración de derechos, lo que no se denuncia ni mucho menos se acredita", señala la Comisión Electoral, que asegura también que no ha recibido ninguna reclamación de ningún elector por no haber recibido la documentación necesaria para votar.
Esto "corrobora lo infundado e incierto de los hechos en que sustenta su improcedente solicitud de anulación y repetición del voto por correo", añade la Comisión Electoral para la que Pérez también "incurre en contradicción" al tratar de precisar el número de electores que no habría recibido la documentación.
La Comisión Electoral indica igualmente que Jorge Pérez "carece de legitimación para recurrir", como ya ha dicho en otros recursos, ya que "deben ser los propios electores afectados quienes lo hagan según una resolución del Tribunal Administrativo del Deportes (TAD) del 21 de abril" y no quien se "arroga la condición de pre-candidato o incluso candidato".
El proceso electoral de la RFEF, que culminará con la elección del presidente el 22 de mayo, cerró el pasado día 20 el periodo para el depósito del voto por correo y el jueves procederá a la elección simultánea de los miembros de la Asamblea General en las sedes de la RFEF y las respectivas de las federaciones autonómicas.
La Asamblea está compuesta por 140 miembros, 20 natos que son el presidente y los 19 responsables de las federaciones territoriales, y 120 electos en representación de todos los estamentos. Éstos resultarán elegidos el jueves y todos se reunirán por primera vez el 22 de mayo para votar al presidente, cargo que desde 1988 ocupa Ángel María Villar.