Enlaces accesibilidad
Fútbol

El Reus puede seguir compitiendo, pero pierde todos sus derechos

  • LaLiga suspende el derecho del Reus a la tramitación de licencias federativas al acreditarse los impagos
  • El equipo de Segunda División cuenta con las doce fichas mínimas para competir tras la salida de seis jugadores

Por
El Reus puede seguir compitiendo, pero pierde todos sus derechos
Entrenamiento del Reus Sportiu para preparar el partido de la Liga 1/2/3 ante el Málaga. @cfreusdeportiu

El Juez de Disciplina Social de LaLiga ha decidido suspender provisionalmente, hasta la resolución del expediente disciplinario 4/2018, todos los derechos que posee el Reus como afiliado a LaLiga, pero le permite competir en la liga 1/2/3.

Según informa el organismo en un comunicado, en la resolución queda "constatada la COMPETENCIA de LaLiga para tramitar y resolver un expediente disciplinario cuya sanción puede eventualmente concluir en una sanción que puede ir desde el apercibimiento a la expulsión de LaLiga durante 5 años, y la competencia de LaLiga para la ORGANIZACIÓN de la competición profesional".

El Juez de Disciplina social acuerda de esta forma "la suspensión del derecho a la tramitación de las licencias federativas por LaLiga, en tanto que se ha acreditado que el Reus ha impagado a muchos jugadores, seis de los cuales han rescindido su relación laboral con el club por este motivo".

"La suspensión del Reus y de sus dirigentes actuales del derecho a ser elegible para cualquiera de los órganos asociativos de LaLiga", señala en el segundo punto.

En tercero decide "no adoptar la medida provisional consistente en la suspensión del derecho del Reus a participar en la competición profesional, en tanto que si la AFE no ha interesado -por motivo en su caso de la defensa de los intereses profesionales de los futbolistas- ninguna medida en concreto, no puede LaLiga ni debe el Juez de Disciplina Social ir más allá y decidir en tutela de los derechos (en este caso, los derechos profesionales o laborales de los futbolistas profesionales) cuya defensa corresponde a otros".

En el cuarto también acuerda "no adoptar el resto de las medidas provisionales solicitadas por el Presidente de LaLiga, en tanto que no se refieren directa e inmediatamente a cuestiones relacionadas con la situación de anomalía laboral y competitiva que ha dado lugar al expediente disciplinario abierto al Reus".

Esta resolución se refiere a la solicitud del presidente de LaLiga, Javier Tebas, de fecha 31 de diciembre de 2018, y que hizo suya el Instructor del expediente, de medida provisional consistente en la suspensión, hasta la resolución del expediente disciplinario 4/2018, de todos los derechos que posee el Reus como afiliado a LaLiga.

También se informa de que "mediante Providencia de 31 de enero de 2018, se acordó por el Juez de Disciplina Social de LaLiga la reducción de plazos interesada por el Instructor, por lo que en lo sucesivo los plazos para cumplimentar los trámites en el expediente 4/2018 quedarán reducidos a la mitad".

El organismo rector de los clubes añade que "queda probada, una vez más, la independencia de los órganos disciplinarios de LaLiga, que adecúan sus pronunciamientos, exclusivamente, a lo que en Derecho consideran que procede".

La AFE y los jugadores piden que se suspenda el partido ante el Málaga

Ante esta situación, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) comunicó que, junto al resto de jugadores del Reus, han solicitado a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) la suspensión del partido frente al Málaga, previsto el domingo a las 20:00 horas en base al artículo 239.

"La AFE envió un escrito a la RFEF para que se "actúe en consecuencia y tome medidas para evitar que el Reus continúe en esta situación de desigualdad deportiva", según apunta el comunicado de la asociación.

Una solicitud basada en el Artículo 239 del Reglamento de la RFEF que hace referencia a causas de fuerza mayor para la suspensión de un encuentro y que dice lo siguiente:

"No podrá autorizarse la suspensión y aplazamiento de un encuentro a fecha que suponga alteración del orden del calendario salvo razones de fuerza mayor indubitadamente acreditadas o recogidas reglamentariamente".

No se entenderá como causa de fuerza mayor la perdida de la equipación o ropa deportiva para suspender un partido, estando obligado el equipo que la padeciese a celebrar el encuentro con los medios de los que disponga y el local a facilitarle el material necesario dentro de sus posibilidades".