El TAS rechaza el recurso de Nairo Quintana contra su descalificación en el Tour de Francia
- El ciclista colombiano fue sancionado el pasado 17 de agosto tras hallar tramadol en su sangre
- Repasa el Tour de Francia 2022, en RTVE.es
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, en sus siglas en francés) ha rechazado el recurso del ciclista colombiano Nairo Quintana, que presentó tras ser sancionado por uso indebido de una sustancia en el Tour de Francia.
Quintana, que se clasificó sexto en la pasada 'Grande Boucle', fue sancionado tras hallar en su sangre una sustancia prohibida por la UCI, tramadol, el pasado 17 de agosto.
Según el comunicado del TAS, al que ha tenido acceso Efe, la cantidad de tramadol en la sangre de Quintana justifica la sanción.
Quintana ha asegurado haber recibido el dictamen "con tristeza" pero también ha añadido: "Con orgullo digo que a lo largo de mi carrera he tenido mas de 300 controles y nunca he tenido ningun problema de dopaje. Más adelante comentaré como sucedió y cómo presentamos nuestra defensa, valorando también por qué el TAS no la dio como válida".
"Los análisis de dos muestras de sangre seca proporcionadas por el ciclista los días 8 y 13 de julio durante el Tour de Francia 2022 revelaron la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales", anunció la UCI en agosto.
El tramadol es un analgésico prohibido por la UCI desde el 1 de marzo de 2019 para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios de esta sustancia, pero no figura en la lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
Tras la audiencia del caso celebrada el pasado 12 de octubre, el panel del TAS resolvió que la prohibición de la UCI en competición de tramadol se debe a razones médicas y no a razones de dopaje y, por lo tanto, está dentro de las competencias y jurisdicción del organismo.
El panel también concluyó que las pruebas científicas confirman que las muestras de Nairo Quintana contenían tanto tramadol como sus dos metabolitos y sobre esta base determinó que la decisión impugnada debía mantenerse, por lo que desestimó el recurso del ciclista.
Sin embargo, al tratarse de una primera infracción y no ser contra las normas antidopaje, sino contra el reglamento médico, Quintana no fue declarado inelegible para el resto de competiciones.