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Liga

Competición se declara incompetente para resolver la reclamación del Cádiz

  • El conjunto gaditano impugno el partido ante el Elche y solicitó su reanudación desde el minuto 81
  • El Comité de Árbitros reconoció el error humano en el gol de los ilicitanos que no debió subir al marcador

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Liga ! Cádiz - Elche
El delantero del Elche CF, Lucas Boyé (c) lucha por el balón con los jugadores del Cádiz CF, Fede San Emeterio (d) y Rubén Sobrino.

El Comité de Competición cree que no es competente en la reclamación que este martes realizó el Cádiz CF y en la que pedía la impugnación del partido frente al Elche.

El conjunto gaditano solicitaba que el choque se reanudará a partir del minuto 81 momento en el que Ezequiel Ponce, jugador del Elche, anotó un gol que no debió subir al marcador.

Sin embargo, el Comité de Competición ha respondido a esa petición señalando que "carece de competencia para pronunciarse sobre la impugnación formulada por el Cádiz CF".

En la nota publicada por el comité de Competición se señala lo siguiente:

"Examinado el escrito presentado y los motivos en el mismo expresados, este Comité de Competición, a la vista de lo establecido en la normativa vigente respecto a la disciplina deportiva (Ley del Deporte y Real Decreto sobre disciplina deportiva), en los Estatutos de la Real Federación Española de Fútbol y en el Código Disciplinario de la En Las Rozas de Madrid, 18 de enero del 2023, reunido el Comité de Competición para ver y resolver sobre las incidencias acaecidas con ocasión del partido correspondiente a la categoría de Primera División, celebrado el 16 de enero del 2023, entre los clubes Cádiz CF SAD y Elche CF SAD, en las instalaciones deportivas del primero de ambos, vistos el acta arbitral y demás documentos referentes a dicho encuentro y en virtud de los que prevén los artículos del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, considera que carece de competencia para pronunciarse sobre la impugnación formulada por el Cádiz CF SAD."

"En efecto, de acuerdo con lo establecido en las citadas normas, el ámbito de la disciplina deportiva se extiende a las infracciones de las reglas de juego o competición, tipificadas como tales en el Código Disciplinario de la RFEF y demás normativa aplicable a la disciplina deportiva, y a las infracciones de las normas generales deportivas, igualmente tipificadas en tales normas, no encontrándonos en el caso expuesto por el Cádiz CF ante ninguno de los supuestos citados. Por ello, este Comité acuerda declarar su falta de competencia para conocer de la impugnación presentada", finaliza.