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Fútbol | Celta

El TSJA confirma la condena a Santi Mina por abuso sexual

  • El delantero vigués pierde el recurso contra la primera sentencia de cuatro años de cárcel
  • Mina se había reincorporado a los entrenamientos del Celta este 12 de julio por orden del club

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Santi Mina, obligado a reincorporarse a los entrenamientos del Celta
Santi Mina, condenado en mayo de 2022 a cuatro años de prisión por un delito sexual, se reincorporó este miércoles a los entrenamientos del Celta de Vigo.

El futbolista Santi Mina ha visto confirmada su condena de cuatro años de cárcel por abuso sexual, así lo ha decretado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. No obstante, ha estimado parcialmente su recurso y le rebaja la indemnización por daños morales de 50.000 euros a 25.000.

El delantero del Celta de Vigo fue condenado en mayo de 2022 por la Audiencia de Almería, tras la denuncia de una mujer por unos hechos de junio de 2017 en Mojácar.

La sección de apelación de la Sala Civil y Penal del TSJA ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Almería que condenó por un delito de abuso sexual al delantero y confirma la absolución de su amigo y también futbolista, David Goldar, que presenció los hechos al ser con quien mantenía relaciones sexuales la víctima cuando se produjo el asalto por parte de Mina, informa Efe.

La sentencia del TSJA acepta los hechos probados de la resolución de la Audiencia de Almería, tan sólo suprime la frase “el concepto de superioridad”, al considerar que no hubo consentimiento viciado de la víctima, puesto que ni en el relato de hechos ni en la fundamentación jurídica de la sentencia de la Audiencia “hay ninguna mención expresa a que la víctima consintiese alguno de los actos abusivos descritos”.

El Tribunal rechaza los motivos de apelación del condenado, en los que indica que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva porque la sentencia de la Audiencia de Almería no fue imparcial al valorar las declaraciones de la víctima y que existieron contradicciones en las distintas declaraciones de la víctima.

En este sentido, la Sala explica que el relato de la víctima carece “de contradicciones relevantes en los aspectos esenciales”.

También descarta la sección de apelación que la víctima actuara animada por un motivo espurio, que consistiría en obtener una cuantiosa indemnización y, según la sentencia, el testimonio de la denunciante “parece fiable" y aprecia "que persistió en su incriminación y aunque, en efecto, añadiese hechos nuevos en su segunda declaración, se descarta que ese extremo tuviese relevancia”.

Pendiente de su futuro deportivo

Mina tiene aún la opción de elevar recurso al Tribunal Supremo, mientras tanto continúa entrenando a las órdenes de Rafa Benítez en el Celta, que le obligó a reincorporarse a los entrenamientos el pasado 12 de julio, a la espera de decidir su futuro, ya que le queda un año de contrato con el club vigués.

El año pasado el Celta decidió apartarle del equipo al conocerse su condena, pero Mina reclamó a la entidad su regreso alegando que la sentencia no era firme. Ambas partes acordaron luego la cesión al Al Shabab de Arabia Saudí donde ha jugado la pasada temporada.

En el mes de febrero el TSJA ya denegó la admisión de todas las pruebas propuestas por la defensa del delantero, y rechazó también celebrar una nueva vista, por lo que ha dictado sentencia directamente tras el recurso de apelación.

A mediados de junio, el presidente del Celta, Carlos Mouriño, informó de que el club estaba negociando con el jugador la rescisión de su contrato, que expira el 30 de junio de 2025 aunque existe una cláusula para que ambas partes se desvinculen un año antes.