El juez ve "indicios más que probados" de que Laporta pagó a Negreira aunque el delito ha prescrito
- El instructor del caso rechaza la personación del FC Barcelona como acusación particular
- En su auto califica de "contrario a toda ética" que Laporta quiera personarse en la causa habiendo hecho lo mismo
El juez instructor del caso Negreira, Joaquín Aguirre, ha rechazado la personación del FC Barcelona como acusación particular, alegando que su actual presidente, Joan Laporta, hizo los mismos pagos que sus antecesores, ahora imputados, aunque en su caso los hechos prescribieron.
En su resolución el titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona afirma que "resulta contrario a toda ética que quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular bajo el instrumento jurídico del FC Barcelona, como si este fuera una entidad abstracta con un 'yo' propio ajeno al de los directivos del club".
Aguirre le recuerda a Laporta que no es "éticamente admisible" que acuse a los expresidentes Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu por el delito de administración desleal, "cuando existen indicios más que sobrados de que cometió los mismos hechos que los presidentes posteriores" durante su primer mandato en la presidencia (2003 a 2010).
Dichos hechos consisten "en haber pagado el FC Barcelona abultadas cantidades de dinero a José María Enríquez Negreira por tratarse de uno de los vicepresidentes del Comité Técnico de Árbitros de la Real Federación Española de Futbol".
El juez rechaza el recurso presentado por el club contra la resolución del 26 de junio de 2023 en la que ya desestimaba su personación como acusación en la causa.
Administración desleal
Según el juez, además de los motivos éticos, otro de los argumentos para desestimar la petición del club azulgrana es que cree que el delito de administración desleal se habría cometido en concurso con el de corrupción deportiva o el de cohecho, ya que se extrajo dinero de las arcas del club "como medio para cometer otro delito", informa Efe.
Al tratarse de dos delitos conexos en este caso -lo que en términos jurídicos se denomina concurso medial-, el juez estima que el FC Barcelona debería acusar por el conjunto y no por una fracción, ya que no puede acusar solo por el medio -sacar dinero del club- y no por el fin -la supuesta corrupción deportiva o cohecho, por la que también está imputado la entidad barcelonista-.
Por este motivo, subraya que el FC Barcelona no puede acusar por el concurso de ambos delitos, "dado que estaría acusándose a sí mismo", ya que ha sido imputado por cohecho y corrupción deportiva.