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Bases de la Convocatoria General 1/2007

Convocatoria General 1/2007 para la provisión de plazas de puestos fijos en las plantillas de la Corporación Radiotelevisión Española y sus sociedades

  1. INTRODUCCIÓN Y PLAZAS CONVOCADAS
  2. CATEGORÍAS CONVOCADAS, FORMACIÓN Y TITULACIÓN EXIGIDA
  3. REQUISITOS GENERALES PARA OPTAR A LAS PLAZAS CONVOCADAS
  4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
  5. TRIBUNALES CALIFICADORES
  6. SISTEMA DE SELECCIÓN
  7. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA
  8. ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
  9. PRUEBAS MÉDICAS Y PSICOLÓGICAS
  10. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
  11. INCORPORACIÓN: PLAZOS Y EFECTOS
  12. NORMAS FINALES
  13. COMUNICACIONES E INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO
  14. ANEXOS

IIntroducción y plazas convocadas

Con el fin de cumplir con el objetivo de plantilla derivado del "Acuerdo para la constitución de la Corporación RTVE", firmado el 12 de julio de 2006 por la Dirección de RTVE, SEPI y Sindicatos, el Presidente de la Corporación RTVE ha resuelto autorizar la cobertura de plazas de las correspondientes categorías laborales que figuran en el ANEXO I de las presentes Bases. El número de plazas que se reflejan en el citado Anexo I, podrá verse ampliado, una vez hayan finalizado las acciones de reorganización interna que se están llevando a cabo en la Corporación RTVE.

Esta Convocatoria mantiene en el procedimiento de cobertura, el orden establecido en el Convenio Colectivo vigente, para RTVE.

El Personal que acredite una Discapacidad igual o superior al 33% tiene reservadas hasta un máximo de sesenta y cinco (65) plazas del total de las convocadas, conforme lo dispuesto en el apartado VIII.3.

Una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de la Dirección y de los Trabajadores tendrá encomendada la más correcta interpretación de estas Bases y la coordinación del proceso de la Convocatoria.

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IICategorías convocadas, formación y titulación exigida

Las Categorías Laborales y su ámbito funcional, a los que hace referencia la presente Convocatoria, así como las Titulaciones y conocimientos específicos exigidos para optar a cada categoría, vienen especificados en el ANEXO II de estas Bases.

Las personas que obtengan plaza realizarán las funciones correspondientes a las descripciones de las categorías del XVI Convenio Colectivo que se han integrado en la categoría que se obtenga en la presente Convocatoria y que corresponde al Nuevo Sistema de Clasificación Profesional, en tanto se determine una nueva definición para ella, así como las que se deriven de la formación requerida para la misma.

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IIIRequisitos generales para optar a las plazas convocadas

Podrán optar a las plazas convocadas todas aquellas personas que, aceptando las condiciones establecidas en la presente Convocatoria, reúnan los requisitos expuestos a continuación:

  1. Cumplir con la normativa vigente respecto a las exigencias para poder trabajar en España.
  2. Tener la mayoría de edad laboral con los requisitos y garantías establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y normativa legal vigente, cumpliéndose dicha edad antes de finalizar el plazo señalado para la entrega de solicitudes y no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
  3. Poseer y cumplir con la Titulación y conocimientos específicos que se exigen para cada categoría y plaza que se encuentran definidos en el ANEXO II de las presentes Bases. No obstante, y salvo en los casos reflejados en el ANEXO II en los que se especifique que resulta imprescindible estar en posesión de una determinada Titulación y formación, podrá presentarse a esta Convocatoria quien acredite una Titulación de idéntico o superior nivel académico, así como los conocimientos y la experiencia correspondiente a la Categoría y plaza de la que se trate.

    1. A efectos de optar, se consideran equivalentes las Titulaciones Superiores, Licenciaturas, la Arquitectura Superior y las Ingenierías Superiores.
    2. En otro nivel, Diplomaturas Universitarias, la Arquitectura Técnica y las Ingenierías Técnicas.
    3. Finalmente, en el nivel de Formación Profesional de Grado Superior o de 2º grado (FP II), los Ciclos Formativos Grado Superior, los Módulos de Nivel III, el Peritaje Mercantil, Graduado en Artes Aplicadas o la Maestría Industrial, como equivalentes al Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y al Bachiller Superior.

      También tiene esta condición de equivalencia la superación del Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, siempre que se tengan dos (2) asignaturas universitarias aprobadas o un Título anterior (todo ello con reconocimiento individualizado del MEC).

    En el ánimo de cumplir con la transición ordenada al nuevo modelo de la Corporación RTVE que preconiza la Ley de Titularidad Pública, el PERSONAL FIJO adscrito a la Corporación RTVE que acredite más de tres (3) años de antigüedad en dicha condición de fijo, a la fecha fin de presentación de solicitudes, podrá optar por los requisitos de formación específica u opcional (FE/FO) recogidos en el XVI Convenio Colectivo para las Categorías Laborales que se hayan agrupado en la nueva categoría laboral de la Corporación a la que opte. Esta posibilidad tiene carácter extraordinario y no volverá a aplicarse después de esta Convocatoria.

  4. Queda excluido y no podrá participar en esta Convocatoria el Personal Fijo de plantilla de RTVE que hubiera causado baja en sus entidades voluntariamente, como consecuencia de la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), o en virtud de despido disciplinario.
  5. Queda excluido y no podrá participar en esta Convocatoria el Personal Fijo de plantilla de RTVE que presentara su solicitud para optar a categoría laboral que ya tenga reconocida. Igualmente, queda excluido y no podrá participar en esta Convocatoria el Personal Directivo con contrato en vigor en RTVE.
  6. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
  7. Las Personas con Discapacidad que se presenten por el cupo de reserva establecido, deberán tener el reconocimiento oficial de dicha condición en un grado igual o superior al treinta y tres por ciento (33 %).
  8. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento del proceso, bien de oficio, bien a instancias de los interesados.
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IVSolicitudes

  1. Documentación y requisitos necesarios

    1. Los interesados deberán rellenar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN que se encuentra disponible en la página web www.rrhhcorporacion.rtve.es, a través de 2 modalidades:
      1. Formulario online, a través del cuál se realizará la inscripción de forma telemática.
      2. Formulario impreso, sobre un fichero en formato PDF.

      Se podrá optar a DOS (2) Categorías Laborales distintas como máximo, al margen de los perfiles que se puedan establecer para cada una de ellas.

    2. Como requisito para participar en la Convocatoria y en concepto de Derechos de Inscripción en la misma, se deberá pagar una tasa de veinte euros (20 €), por una sola vez, independientemente de que opte a una o dos categorías.

      Este pago será obligatorio para TODOS los aspirantes. No se procederá a la devolución de esta tasa (o de parte de ella), aún cuando los aspirantes no participen finalmente en las pruebas.

      El pago de la Tasa por Derechos de Inscripción en la presente Convocatoria, se deberá efectuar conforme a las instrucciones especificadas en el ANEXO III.

    3. NO SE DEBERÁ ENVIAR, en este momento, ningún tipo de documentación, hasta que lo requiera expresamente la Corporación. Asímismo, las fotocopias compulsadas de las TITULACIONES OFICIALES exigidas en cada caso (o fotocopia de la Credencial de Homologación para Títulos expedidos en el extranjero), DEBERÁN PRESENTARSE cuando la Corporación RTVE lo solicite expresamente.

      Igualmente en su momento se le requerirá la documentación acreditativa personal pertinente.

    4. El personal que opte a las plazas reservadas en el orden de prioridad para PERSONAL DISCAPACITADO, deberá presentar la documentación acreditativa oficial del grado de discapacidad requerido - igual o superior al 33 % - SÓLO CUANDO LO SOLICITE RTVE.
  2. Forma de presentación de la solicitud

    Todos los aspirantes, una vez aceptadas las Bases y Anexos de la presente Convocatoria, deberá enviar cumplimentada, únicamente, la SOLICITUD, preferentemente vía telemática, a través del Formulario online accesible desde la página web de la Convocatoria.

    Se ruega utilizar la vía telemática, pero si le fuera imposible ejercitar dicha opción, deberá enviar el Formulario impreso, también disponible en la página web, debidamente cumplimentado, por CORREO CERTIFICADO (especificando en el sobre "Convocatoria General RTVE 2007") a la dirección siguiente:

    Dirección de Recursos Humanos RTVE

    Subdirección Desarrollo y Selección (despacho 1/021)

    Edificio Prado del Rey

    Avda. de la Radio y Televisión, nº 4

    28223 Pozuelo de Alarcón. Madrid

  3. Plazo

    Las SOLICITUDES podrán enviarse hasta el próximo día 11 de JUNIO de 2007.

  4. Relación de admitidos y excluidos, reclamaciones y errores de hecho

    Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y en la fecha que se comunicará oportunamente, se publicará la Relación Provisional de Admitidos y Excluidos en la página web www.rrhhcorporacion.rtve.es. Contra la misma, los interesados podrán interponer reclamación por escrito y A TRAVÉS DEL MEDIO YA CITADO en el plazo de cuatro (4) días hábiles contados a partir de su publicación, en la forma que se especificará convenientemente.

    Resueltas las reclamaciones, se hará pública la Relación Definitiva de Admitidos y Excluidos contra la cual no procederá recurso alguno.

  5. Subsanación de errores

    Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento del proceso, bien de oficio, bien a instancias de los interesados.

  6. Información del proceso

    Toda la información relacionada con este proceso (Comunicados, Bases, Anexos, Formularios de inscripción, etc.) estará disponible y actualizada exclusivamente en la página web www.rrhhcorporacion.rtve.es.

    Las Unidades de Recursos Humanos no adelantarán información alguna del proceso.

    De la misma forma, se comunicará oportunamente, la COMPOSICIÓN de los TRIBUNALES, así como los PROGRAMAS DE MATERIAS sobre los que se desarrollarán las pruebas de carácter teórico. Estas Pruebas se llevarán a cabo con, al menos, treinta días de plazo a contar desde su comunicación.

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VTribunales calificadores

  1. Designación

    Los Tribunales Calificadores serán designados por la Dirección de Recursos Humanos, atendiendo a las categorías y perfiles convocados, el número de aspirantes, la complejidad de las pruebas y las circunstancias concurrentes en cada caso.

  2. Composición

    Todos los Tribunales estarán integrados por personal cualificado en cada caso. La Dirección propondrá a un máximo de 8 de los 12 miembros, y la Representación de los Trabajadores a los 4 restantes.

    Para el desarrollo de las pruebas prácticas se nombrarán tribunales específicos cuando en una categoría se estimen perfiles diferenciados que requieran pruebas prácticas diferentes. Esta circunstancia junto con la composición y el tipo de prueba a realizar se darán a conocer con al menos 15 días de antelación a la fecha de realización de la prueba práctica .

  3. Abstenciones y Recusaciones

    Cuando algún miembro de los Tribunales esté ligado con alguno de los candidatos por vínculos de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, deberá abstenerse de intervenir y, asimismo, los candidatos, en un plazo máximo de cuatro (4) días hábiles desde su publicación, podrán recusarlo ante la Comisión de Seguimiento prevista en el apartado XII punto 6 de esta Convocatoria. En estos casos, dichos miembros serán sustituidos en sus funciones con la designación de nuevos miembros.

  4. Competencias y actuaciones

    Corresponde a los Tribunales Calificadores, en los que todos sus miembros tendrán derecho a voz y voto (a excepción del Secretario que tendrá voz pero no voto) y con sujeción a la normativa aquí expuesta para la provisión de las plazas convocadas:

    1. Establecer, administrar y valorar las pruebas a realizar.
    2. Levantar Acta de sus sesiones.
    3. Proponer la adjudicación de las plazas convocadas.
    4. Resolver las alegaciones a las puntuaciones obtenidas en las pruebas realizadas.

    Los Tribunales, en el ejercicio de sus competencias, resolverán todas sus actuaciones por mayoría de votos. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los presentes, siendo válida para la constitución de los mismos la presencia de los dos tercios (2/3) de sus componentes, incluido el Secretario. En caso de igualdad en las votaciones, el voto del Presidente será de calidad.

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VISistema de selección

  1. El sistema que se aplicará para la selección y adjudicación de cada plaza convocada constará de una PARTE TEÓRICA y de una PARTE PRÁCTICA, más la aplicación de las Primas especificadas en el punto 2 de este mismo apartado VI.

    La Parte Teórica se valorará sobre 30 puntos y la Parte Práctica sobre 70 puntos.

    1. PRIMERA Prueba. Prueba Teórica

      En primer lugar, los candidatos finalmente admitidos, realizarán una prueba de carácter teórico por categoría que versará sobre el Temario que se publicará oportunamente. Dicha Prueba tendrá carácter eliminatorio para TODOS los aspirantes, excepto para el PERSONAL FIJO adscrito a la Corporación RTVE que acredite más de tres (3) años de antigüedad en dicha condición a la fecha fin de presentación de solicitudes.

      A estos efectos, a los aspirantes con derecho a bonificación según lo dispuesto en el punto 2 de este mismo apartado, se le aplicará sobre la puntuación obtenida en esta prueba la prima que le corresponda.

    2. Segunda Prueba. Prueba Práctica

      Consistirá en la realización de una Prueba Práctica específica, conforme a las características y requisitos establecidos para cada una de las categorías y perfiles que finalmente se establezcan convocados.

      Pasarán a realizar la Prueba Práctica las cuarenta (40) personas que hayan obtenido las mejores notas en la Prueba Teórica correspondiente a cada categoría, más el personal FIJO de RTVE que habiendo realizado la misma, acredite más de tres (3) años de antigüedad en dicha condición a la fecha fin de presentación de solicitudes en la presente Convocatoria, garantizándose siempre un mínimo de tres (3) candidatos por plaza convocada.

      Para la adjudicación de las plazas de Informador y Documentalista con dominio de idioma extranjero o lengua autonómica concreta, será necesario acreditar, a través de las Pruebas que determine el Tribunal, el dominio del idioma o lengua autonómica que corresponda.

      Esta Prueba, que el Tribunal decidirá en su momento, será eliminatoria para TODOS los aspirantes y se llevará a cabo antes de la Prueba Práctica, siendo calificada con APTO / NO APTO.

      En el plazo máximo de cuatro (4) días hábiles a partir de la fecha de publicación de los resultados, los examinados podrán solicitar información sobre la calificación de su propio examen.

  2. La PUNTUACIÓN TOTAL de cada candidato corresponderá a la suma de las calificaciones obtenidas en las dos Pruebas (Teórica y Práctica) con el máximo, por tanto, de 100 puntos, a la que se le acumulará la Prima que pudiera corresponder en aplicación de los criterios expuestos a continuación:

    1. Personal que acredite más de 180 días de CONTRATACIÓN LABORAL en RTVE CON CATEGORÍA DE CONVENIO (Categorías del XVI C.C. o las del Nuevo Marco Laboral) entre el 1 de enero de 2003 y la fecha fin de presentación de solicitudes para esta Convocatoria (11.06.07).

      En este caso, se le aplicará la PRIMA que resulte de realizar el cálculo proporcional de una "regla de 3 simple directa" tomando como tope máximo de bonificación el veintisiete por ciento (27%) para un periodo de contrataciones igual o superior a 725 días entre las fechas señaladas.

    2. Personal que acredite más de 180 días de CONTRATACIÓN LABORAL en RTVE CON CATEGORÍA EXCLUIDA DE CONVENIO (que no correspondan a los literales recogidos en las Categorías del XVI C.C. o las del Nuevo Marco Laboral) entre el 1 de enero de 2003 y la fecha fin de presentación de solicitudes para esta Convocatoria (11.06.07).

      En ese caso, se le aplicará la PRIMA que resulte de realizar el cálculo proporcional de una "regla de 3 simple directa" tomando como tope máximo de bonificación el diecisiete por ciento (17%) para un periodo de contrataciones igual o superior a 725 días entre las fechas señaladas.

    3. Aquellos TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA que acrediten prestación de sus servicios a RTVE mediante vinculación jurídica de naturaleza MERCANTIL al menos durante cuatro (4) años entre el 1 de enero de 2003 y la fecha fin de presentación de solicitudes para esta Convocatoria (11.06.07), tendrán una PRIMA del diez por ciento (10%) sobre la puntuación total obtenida en las Pruebas Teórica y Práctica.

  3. EN EL SUPUESTO DE QUE UN MISMO CANDIDATO ACREDITE MÁS DE UNA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN de las reflejadas en el apartado anterior, se sumarán LAS CORRESPONDIENTES BONIFICACIONES PARCIALES, con el máximo DEL VEINTISIETE POR CIENTO (27%).

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VIIDesarrollo de la convocatoria

  1. Todos los Comunicados en relación con esta Convocatoria se harán públicos a través del procedimiento establecido ( apartado IV punto F ), no haciéndose responsable la Empresa de la información verbal, telefónica o por cualquier otra vía que puedan recibir los interesados.

  2. Los lugares de realización de las pruebas se determinarán teniendo en cuenta las categorías y perfiles convocados, así como otras circunstancias concurrentes en cada caso.

  3. Los candidatos serán convocados mediante llamamiento único publicado en la página web de la Convocatoria y según procedimiento. Serán excluidos del proceso quienes no comparezcan a realizar los ejercicios previstos.

  4. En cualquier momento del proceso, los Tribunales podrán requerir la identificación de los candidatos. Si durante el proceso selectivo llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la Convocatoria, procederá a su exclusión, previa audiencia del interesado.

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VIIIAdjudicación de plazas

  1. Finalizado el proceso de valoración de la Prueba Práctica, se publicarán los Resultados Totales obtenidos, contabilizadas las puntuaciones correspondientes a la Prueba Teórica, Prueba Práctica y Primas correspondientes, si fuera el caso. Respecto de esta relación se podrá alegar en un plazo de cuatro (4) días hábiles, por el procedimiento que se establecerá al efecto.

  2. Publicada la relación definitiva de puntuaciones por categoría, se ofertará en un acto único a los aspirantes con puntuación suficiente para optar a plaza los destinos finalmente disponibles, después de haber realizado todos los procesos de adecuación interna que se están llevando a cabo en RTVE. Los aspirantes irán eligiendo las plazas y destinos por riguroso orden de puntuación y en función del orden de prelación de este apartado VIII ( punto 3 ), hasta agotar las necesidades.

  3. El orden de prelación para la adjudicación de las Plazas será el siguiente:

    1. PRIMERO

      Personal FIJO de la Corporación RTVE que acredite los requisitos de antigüedad recogidos en el apartado III punto 3 y que haya alcanzado la puntuación mínima de cincuenta (50) puntos (suma de las Puntuaciones de las Pruebas Teórica y Práctica).

    2. SEGUNDO

      Personal con DISCAPACIDAD reconocida igual o superior al 33%, que haya alcanzado la puntuación mínima de cincuenta (50) puntos sumando las Pruebas Teórica y Práctica, descontando primas, hasta un número total de plazas a cubrir de sesenta y cinco (65).

    3. TERCERO

      RESTO DE ASPIRANTES que hayan obtenido un mínimo de cincuenta (50) puntos en la suma de ambas Pruebas (Teórica y Práctica), descontando Primas. En esta situación también opta el colectivo de PERSONAS CON DISCAPACIDAD que no hubiera obtenido plaza en aplicación de la situación anteriormente expuesta.

  4. El Tribunal podrá declarar desierta una plaza si la puntuación de los candidatos no llegase al mínimo exigible, que se ha establecido en cincuenta (50) puntos sobre el total de cien (100) puntos, obtenidos de la suma de las Pruebas Teórica y Práctica.

    Para la obtención de este mínimo exigible, no se computarán las primas previstas en el apartado VI.2 ( puntos 2.1, 2.2 y 2.3 ) de las presentes Bases.

    Sin embargo, con carácter previo a que pueda declararse desierta una de las plazas detalladas en el ANEXO I de esta Convocatoria, el Tribunal podrá convocar a la realización de una Prueba Práctica al número de candidatos que se determine, quienes, habiendo obtenido al menos 15 puntos en la parte teórica, no hubieran podido acceder a dicha prueba por lo dispuesto en el apartado VI.1 punto b de estas Bases.

  5. Los candidatos propuestos deberán superar un periodo de prueba de tres (3) meses (sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente) en su nueva categoría y/o situación y podrán ser requeridos para realizar los Cursos de Formación que se establezcan. En ambos casos la Evaluación Final deberá ser de APTO para continuar en el Proceso. Durante este periodo el trabajador que pasara a situación de excedencia voluntaria, perdería los derechos que hubiere adquirido en esta Convocatoria.

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IXPruebas médicas y psicológicas

Quienes obtengan plazas en esta Convocatoria, se someterán a las Pruebas Médicas y Psicológicas que se determine, debiendo superarlas de forma satisfactoria para poder ocupar la plaza. El Comité de Seguridad y Salud participará del conocimiento y decisión que la Ley le determina. No obstante, una vez emitidos los informes que, en su caso, condicionasen el acceso a una plaza, se informaría de los mismos a la Comisión de Seguimiento prevista en esta Convocatoria.

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XPresentación de documentos

Los candidatos que resulten finalmente propuestos, deberán presentar la documentación original que les sea exigida, en un plazo no superior a diez (10) días contados a partir de la notificación. Se entenderá que renuncia a la misma, quedando anuladas todas las actuaciones quien, en el plazo citado (salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados), no presentase la documentación requerida a la Dirección. La falsedad en el contenido de los documentos presentados, implicará también la nulidad de lo actuado, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.

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XIIncorporación: Plazos y efectos

  1. La incorporación al puesto de trabajo será comunicada a cada interesado por la Dirección de Recursos Humanos en la fecha que, por razones organizativas, se decida.
  2. Los candidatos que obtengan plaza deberán efectuar su incorporación al puesto de trabajo en el plazo máximo de quince (15) días naturales a contar desde la fecha de recepción de la comunicación por parte de la Dirección de Recursos Humanos. Quien no lo hiciese en dicho plazo (salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificado) se entenderá que renuncia a la plaza de forma tácita.
  3. Las personas que resulten seleccionadas están obligadas a realizar los Cursos de Formación y Capacitación que RTVE considere necesarios, según lo desarrollado en el apartado VIII. punto 5
  4. La fecha de antigüedad en la categoría obtenida será la de su incorporación efectiva al puesto de trabajo y se les asignará el nivel retributivo básico correspondiente a cada categoría. En el caso del personal fijo, se respetará el nivel retributivo que ya tuviera, siempre que éste se encuentre comprendido entre los niveles retributivos asignados a la Categoría obtenida.
  5. La incorporación al puesto de trabajo estará condicionada al cumplimiento del régimen de incompatibilidades establecido en el vigente Convenio Colectivo de RTVE, sus Sociedades y demás legislación aplicable en esta materia.
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XIINormas finales

  1. Las personas que obtengan plaza se incorporarán al puesto de trabajo que determine la Corporación Radiotelevisión Española, dentro del destino geográfico elegido y de la categoría y perfil obtenido.

    Si las plazas obtenidas por el Personal fijo o Contratado al amparo del Convenio, conllevan cambio de destino geográfico, el traslado correspondiente tendrá la consideración de voluntario.

  2. Las plazas que devengan vacantes como consecuencia del desarrollo y aplicación de esta Convocatoria al haber sido adjudicadas plazas a personal FIJO, pero respecto a las cuales no sea posible aplicar la provisión de categorías previstas en la presente Convocatoria (categorías laborales no detalladas en el ANEXO I de esta Convocatoria) y no haberse, por tanto, realizado las correspondientes pruebas, podrán ser objeto de provisión, si la Dirección lo considera oportuno, mediante la aplicación sucesiva de todas las fases previstas y con el orden de prelación señalado en el apartado 3 del artículo 15 del XVI Convenio Colectivo de RTVE, salvo acuerdo en otro sentido con la Representación de los Trabajadores.

  3. Las plazas que se declarasen desiertas, en su caso, como consecuencia del desarrollo y aplicación de esta Convocatoria, serán objeto de Contratación directa, preferentemente, con personal del Banco de Datos de Selección y Contratación de RTVE.

  4. Los aspirantes que opten a las plazas de esta Convocatoria asumen plenamente todas y cada una de las normas establecidas en la misma. Los candidatos finalmente propuestos, en el momento de su incorporación se acogerán a la situación y al régimen laboral y retributivo de la normativa y/o Convenio Colectivo vigente en ese momento para RTVE.

  5. Los candidatos que no sean personal fijo de RTVE y que superen los cincuenta (50) Puntos Totales entre la Prueba Teórica y la Prueba Práctica (sin ser computadas a estos efectos las correspondientes primas previstas en la presente Convocatoria) y no hubieran obtenido plaza, pasarán al Banco de Datos de Selección y Contratación de la Corporación RTVE.

  6. La Comisión de Seguimiento establecida resolverá todas aquellas dudas que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de estas Bases y que estará formada por aquellos representantes que determine la Dirección y por cuatro (4) representantes de los trabajadores.

  7. En lo no previsto específicamente en esta convocatoria, se atenderá a lo dispuesto en el Convenio Colectivo vigente de RTVE y sus Sociedades y demás normativa aplicable.

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XIIIComunicaciones e información sobre el proceso

NO se dará más información relacionada con el proceso hasta el próximo 4 de junio de 2007.

Toda la información correspondiente a esta Convocatoria estará a disposición de los interesados en la dirección electrónica de Internet www.rrhhcorporacion.rtve.es.

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XIVAnexos

Dirección de Recursos Humanos de la Corporación RTVE © 2007 Convocatoria General 1/2007