Ningún grupo parlamentario se suma al pacto antiyihadista del PP y el PSOE
- Se inicia la tramitación de la proposición de ley para modificar el Código Penal
- CiU se divide en el voto, UPyD se abstiene y La Izquierda Plural vota en contra
- Madina alza la voz de los socialistas críticos con el pacto de Rajoy y Sánchez
Ningún grupo parlamentario ha manifestado su intención de sumarse al pacto antiyihadista PP-PSOE durante el primer trámite en el Congreso de los Diputados de la proposición de ley sobre medidas de lucha contra el terrorismo islamista. Solo lo respaldaron quienes ya lo habían suscrito: UPN, Coalición Canaria y Foro Asturias, lo suficiente para sacar adelante la votación con una holgada mayoría.
La votación sobre la tramitación se ha saldado con 291 votos a favor (PP, PSOE, Unió, CC, Foro Asturias y UPN), 13 abstenciones (Convergencia y UPyD) y los otros grupos (Izquierda Plural, PNV, Amaiur y el resto del Mixto) se han opuesto.
De este modo, se respalda la toma en consideración de la proposición en la que se modifica el Código Penal en materia de terrorismo, y que será tramitada en lectura única, con la votación del contenido del texto la próxima semana para ser enviada al Senado.
Los diputados de CiU, que en un principio iban a votar en bloque, han tenido posturas diferentes, ya que los de Convergencia se han abstenido y los de Unió han votado a favor de la tramitación, entre ellos el portavoz del grupo, Josep Antoni Duran i Lleida, mientras que los ocho de CDC presentes en el hemiciclo han optado por la abstención, una postura que también había anunciado que tomaría UPyD.
La proposición de ley ha sido defendida por los diputados José Miguel Castillo Calvín (PP), José Enrique Serrano (PSOE), Ana Oramas (CC), Enrique Álvarez Sostres (Foro Asturias) y Carlos Salvador (UPN), en presencia de los ministros de Justicia e Interior, Rafael Catalá y Jorge Fernández Díaz, respectivamente.
Todos los diputados de los grupos firmantes han apelado al resto de las formaciones a anteponer la unidad por encima de los intereses partidistas y sumarse así al pacto, aparcando sus diferencias respecto de la prisión permanente revisable, una figura que, según la oposición, "se ha tragado el PSOE".
En contra de un acuerdo "bipartidista"
Los grupos que lo han rechazado lo han hecho por considerar el "pacto bipartidista y electoral". Por parte de La Izquierda Plural, su portavoz, Gaspar Llamazares, sentenció que no es un acuerdo contra el terrorismo sino "un blindaje bipartidista"y "del miedo" que no hace a España más eficaz contra la violencia sino que impone un "código de venganza".
En nombre del PNV, Emilio Olabarria acusó al PSOE de estar "avalando" en la práctica la prisión permanente revisable por mucho que la rechace, y alertó además del riesgo que comporta comprometerse a derogarla cuando gobiernen dado lo "desordenado" del tablero político actual.
Desde el Grupo Mixto, tanto Uxue Barkos (Geroa Bai), como Joan Baldoví (Compromís-Equo) y Olaia Fernández (BNG) rechazaron la proposición tanto en el contenido como en la forma. También Xabier Mikel Errekondo (Amaiur), que lo considera un "Estado de excepción encubierto".
Joan Tardà, de ERC, considera el pacto un "monumento al cinismo" y cargó contra el PSOE por pactar hace un año y medio con los demás grupos de la oposición la futura derogación de la LOMCE y pedir ahora al Gobierno un pacto de Estado en educación. "No nos vuelvan a llamar nunca más, son unos trileros", dijo.
Madina alza la voz de los críticos del PSOE
Dentro del grupo socialista en el Congreso se ha vivido un particular e intenso debate sobre el pacto antiterrorista con el PP, precisamente por la cuestión de la prisión permanente revisable. Entre los críticos ha destacado el excandidato a la secretaría general del PSOE, Eduardo Madina.
Durante una reunión a puerta cerrada previa al debate parlamentario de la tarde, el diputado vasco ha intervenido por primera vez desde que Pedro Sánchez se impuso en la carrera por liderar el PSOE y ha insistido en que es inaceptable la referencia a la prisión permanente revisable incluida en el texto, aunque no iba a romper la disciplina de voto del grupo.
Otros diputados han criticado además la escenificación del acuerdo que sellaron en Moncloa Rajoy y Sánchez. Entre ellos ha estado Odón Elorza, que antes de que comenzara la reunión ya había reconocido que encontraba pegas a un acuerdo que no obstante también apoyará, aunque con poco "convencimiento". También se pronunciaron en contra los diputados José María Barreda (expresidente de la Junta de Castilla-La Mancha), Laura Seara y Patricia Hernández.
El debate lo cerró el portavoz del Grupo, Antonio Hernando, quien ha insistido en que el PSOE siempre ha defendido la unidad contra el terrorismo, incluso en los tiempos "más duros" de "ataques" del PP al expresidente Zapatero.
Delitos de terrorismo
La proposición modifica el Capítulo VII del Título XXII del Código Penal, relativo a los delitos de terrorismo. Establece que quienes promuevan, constituyan, organicen o dirijan una organización o grupo terrorista serán castigados con penas de prisión de ocho a catorce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de ocho a quince años. Además, quienes participen activamente en la organización o grupo terrorista o formen parte de ellos, tendrán pena de cárcel de seis a doce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a catorce años.
Según la reforma legal, se considerará delito de terrorismo "la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, contra la Corona, atentado, desórdenes públicos, tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones y explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aronaves, buques u otros medios de transporte colectivos o de mercancías", cuando se lleve a cabo con cualquiera de las finalidades incluidas en el texto.
Esas finalidades son: subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo; alterar gravemente la paz pública; desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional; o provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.
También se considerarán delitos de terrorismo los informáticos ya tipificados en el Código Penal cuando se cometan con alguna de esas finalidades.
Condena máxima por muerte
Esos delitos serán castigados con prisión "por el tiempo máximo previsto en este Código" si se causara la muerte de una persona, una expresión que remite a la prisión permanente revisable, incluida por el PP y rechazada por el PSOE, que se ha comprometido a recurrirla ante el Tribunal Constitucional y a derogarla cuando tenga mayoría para ello.
La pena será de veinte a veinticinco años cuando, en los casos de secuestro o detención ilegal, no se dé razón del paradero de la persona; de quince a veinte años si se causara un aborto o lesiones de las tipificadas en el Código Penal, así como el secuestro de una persona o estragos o incendio de los previstos también en la norma, y de diez a quince años si se causara cualquier otra lesión, o se detuviera ilegalmente, amenazara o coaccionara a una persona.
El depósito de armas o municiones, la tenencia o depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o de sus componentes, así como su fabricación, tráfico, transporte o suministro de cualquier forma, y la mera colocación o empleo de tales sustancias o de los medios o artificios adecuados, serán castigados con la pena de prisión de ocho a quince años cuando los hechos se cometan con cualquiera de esas finalidades. La pena será de diez a veinte años de prisión cuando se trate de armas, suistancias o apartaos nucleares, radiológicos, químicos o biológicos, "o cualesquiera otros de similar potencia destructiva".
Se castigará con pena de diez a veinte años de prision a quienes, con esas mismas finalidades, "desarrollen armas químicas o biológicas, o se apoderen, posean, transporten, faciliten a otros o manipulen materiales nucleares, elementos radiactivos o materiales o equipos productores de radiaciones ionizantes".
Penas por adoctrinamiento
Se establece asimismo pena de dos a cinco años de prisión a quien, con la finalidad de capacitarse para llevar a cabo cualquiera de los delitos tipificados en este capítulo, "reciba adoctrinamiento o adiestramiento militar o de combate, o en técnicas de desarrollo de armas químicas o biológicas, de elaboración o preparación de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o específicamente destinados a facilitar la comisión de alguna de tales infracciones". La misma pena se impondrá a quien con esa misma finalidad lleve a cabo por sí mismo cualquiera de esas actividades.
Se entenderá que comete ese mismo delito quien, con ese mismo objetivo, acceda "de manera habitual a uno o varios servicios de comunicación accesibles al público en línea o contenidos accesibles a través de Internet o de un servicio de comunicaciones electrónicas cuyos contenidos estén dirigidos o resulten idóneos para incitar a la incorporación a una organización o grupo terrorista, o a colaborar con cualquiera de ellos o en sus fines".
También quien, con ese objetivo, "adquiera o tenga en su poder documentos que estén dirigidos o por su contenido resulten idóneos para incitar a la incorporación a una oranización o grupo terrorista o a colabroar con cualquiera de ellos o en sus fines", y quien se traslade o se establezca en un territorio extranjero controlado por un grupo u organziacion terrorista.
La pena será de cinco a diez años de prisión y multa del triple al quíntuple para quien "por cualquier medio, directa o indirectamentre, recabe, adquierea, posea, utilice, convierta, transmita o realice cualquier actividad con bienes o valores de cualquier clase con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, para cometer cualquiera de los delitos" comprendidos en ese capítulo.
Si esos bienes o valores se pusieran efectivamente a disposición del responsable del delito de terrorismo, se podrá imponer la pena superior en grado, y si llegaran a ser empleados para la ejecución de actos terroristas concretos podría considerarse coautoría o complicidad.
Penas por colaboración con grupo terrorista
La reforma establece también pena de cinco a diez años y multa de dieciocho a veinticuatro meses para quien lleve a cabo, recabe o facilite cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de una organización o grupo terrorista, o para cometer cualquier delito de los tipificados.
Se consideran actos de colaboración la información o vigilancia de personas, bienes o instalaciones; la construccion, acondicionamiento, cesión o utilización de alojamientos o depósitos; la ocultación, acogimiento o traslado de personas; la organización de prácticas de entrenamiento o la asistencia a ellas; la prestación de servicios tecnológicos, y cualquier otra forma equivalente de cooperación o ayuda a las actividades de las organizaciones o grupos terroristas.
El enaltecimiento o justificación públicos de los delitos o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus famiiares, se castigará con penas de uno a tres años de prisión.
Además de las penas establecidas, la comisión de delitos de terrorismo podrá castigarse con inhabilitación absoluta, inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre seis y veinte años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en la sentencia. También con libertad vigilada de cinco a diez años.