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Condenan a una madre a pagar 14.000 euros por la "brutalidad" de su hijo

  • La Audiencia de Sevilla ha considerado que los actos del hijo son consecuencia de la "laxitud" y "tolerancia" con las que ha sido educado
  • I.R.G. deberá pagar 11.000 euros para el tratamiento odontológico del agredido y otros 3.000 por daños morales

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a una mujer a pagar 14.000 euros por una agresión de su hijo en el instituto, pues su "laxitud" y "tolerancia" a la hora de educarlo motivaron el "brutal" comportamiento del adolescente.

La Sección Quinta de la Audiencia, en la sentencia, condena a I.R.G. a pagar el tratamiento para reconstruir los dos dientes que su hijo de 14 años rompió a otro, además de causarle otras lesiones, en una agresión dentro de su aula en el instituto "Castalla" de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) el 17 de noviembre de 2003.

En el juicio la madre intentó desviar la responsabilidad hacia el centro educativo por no hacer "labores suficientes de vigilancia" de los alumnos, pero la sentencia responde que, al tratarse de "adolescentes que cursan estudios secundarios, no es precisa una labor de control y vigilancia tan rígidos".

En cambio, "la brutalidad e intensidad" de la agresión evidencian "una falta de inculcación o asimilación de educación y moderación de costumbres en el agresor para la convivencia en valores", señala la sentencia.

Así, tal "conducta violenta y excesiva significa que las tareas educativas correctora ejercidas por los padres no han fructificado, bien por la laxitud a la hora de inculcarlas o bien por la tolerancia en corregir sus manifestaciones violentas", según la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 8, ahora confirmada en todos sus extremos por la Audiencia.

La indemnización que deberá pagar la madre corresponde a 11.000 euros por el tratamiento odontológico y de reconstrucción ósea de la mandíbula y otros 3.000 euros por los daños morales durante los 21 días que la víctima estuvo impedida para acudir a clase.

La Audiencia confirma el primer fallo judicial que hablaba de una "incorrecta educación", que los jueces equiparan a aquellas situaciones en las que los progenitores "permiten o no se preocupan de controlar que sus hijos no lleven al centro escolar objetos que puedan resultar en sí mismo peligrosos" o que puedan utilizarse para causar daño a otros menores.

Dicha sentencia dejó abierta la posibilidad de reclamar por la vía civil, lo que hizo la letrada Rosario Camino en nombre del agredido porque el joven no sólo fue víctima de una "paliza bárbara e injustificada" sino que, debido a su edad, aún no ha terminado el proceso de reconstrucción ósea de la mandíbula y el tratamiento odontológico.