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Comienzan las multas por malgastar agua potable en Cataluña

  • La primera multa recae en una promotora de Sant Cugat del Vallés
  • No se podrá usar agua potable para lavar coches, regar jardines o llenar piscinas
  • Las sanciones económicas oscilarán entre los 50 y los 3.000 euros

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El Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès (Barcelona) ha abierto a una empresa constructora el primer expediente sancionador por mal uso de agua potable, en cumplimiento del decreto de la Generalitat que prohíbe regar jardines y llenar piscinas por la sequía extrema que vive Cataluña.

El Consistorio ha tenido conocimiento de esta actuación ilícita después de que un vecino del municipio denunciara hace unos días que una empresa estaba llenando una piscina nueva por primera vez en una promoción urbanística en construcción. Según han informado fuentes municipales, el promotor llenó la piscina de una vivienda en construcción con agua de boca de cuatro grifos.

No ha sido, sin embargo, hasta este lunes, fecha en la que han entrado en vigor las medidas sancionadoras, cuando el ayuntamiento ha abierto este expediente por mal uso de agua de boca.

El ayuntamiento hará llegar esta misma semana el expediente a la Entidad Metropolitana de Medio Ambiente (EMMA), que deberá determinar la cuantía de la sanción para el infractor, que se puede enfrentar a una multa de hasta 3.000 euros.

"Según nos consta, ésta es la primera sanción que la EMMA llevará a cabo por infringir el decreto de sequía", ha explicado a Efe la teniente municipal de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sant Cugat, Marta Subirà.

Desde esta semana, los 33 ayuntamientos del área metropolitana de Barcelona pueden sancionar a los ciudadanos, empresas o instituciones que utilicen agua de boca para regar jardines, lavar coches o llenar piscinas, con multas que, según la gravedad, oscilan entre los 50 y los 3.000 euros.

Infracciones de distinta gravedad

La gravedad de las sanciones será proporcional al tamaño de la piscina o jardín en cuestión. Así, los multados tendrán que abonar hasta 750 euros por una sanción leve, hasta 1.500 por una grave, y hasta 3.000 euros por una muy grave.

En el caso de que el sancionado reincida dos veces en un mismo comportamiento por el que ha sido multado, se considerará una infracción muy grave, por lo que se podría llegar a ordenar el precinto de la toma de agua potable en cuestión.

Los policías locales, los mossos d'esquadra y el personal municipal de los diferentes ayuntamientos metropolitanos se encargarán de supervisar el cumplimiento de estas medidas, con las que se pretende controlar el mal uso de este escaso recurso en Cataluña.