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El Tribunal de la UE avala con matices que el País Vasco pueda fijar impuestos más favorables

  • La sentencia dice que priori el País Vasco puede tener una fiscalidad más favorable
  • La razón, según el Tribunal de la UE, es que parece disponer de suficiente autonomía
  • No obstante, pide comprobar que el Estado no esté compensando los menores ingresos
  • Lo tendrá que comprobar el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
  • Algunas autonomías denuncian que el "cupo" vasco es una ayuda ilegal del Estado

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¿Puede el País Vasco fijar una fiscalidad propia más favorable para el contribuyente que la del resto del Estado? ¿Se puede considerar una ayuda de Estado ilegal? El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado este jueves sobre ello y ha dicho que a priori sí, pero que hay que comprobar si se cumplen todos los requisitos. 

En su sentencia apunta que, para determinar si el País Vasco puede aplicar normas fiscales diferentes, es necesario verificar que el sistema de "cupo" (el dinero que el Gobierno de Vitoria paga al Estado de todo lo que recauda para 'pagar' los servicios que asume el Estado) no se utiliza para compensar la posible caída de los ingresos. Y esto es algo que tiene que verificar el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europa ha dictaminado que las haciendas forales vascas pueden a priori fijar un impuesto de  sociedades diferente al del resto del Estado español porque parecen  disponer de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias  legislativas en materia tributaria. 

No obstante, ha puntualizado que es el  Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) el que debe  determinar con precisión si el País Vasco cumple con todos los  requisitos de autonomía fiscal exigibles. 

La sentencia responde así a la cuestión prejudicial  planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)  en septiembre de 2006. El Tribunal vasco reclamó al europeo que  aclarara si, de acuerdo con la legislación de la UE, la fiscalidad  vasca puede ser diferente a la vigente en el resto de España.

Para ello, se basaba en el precedente establecido por la sentencia  sobre la fiscalidad de las islas Azores, que abría esa posibilidad y  determinaba en qué condiciones pueden los entes distintos a los  Estados fijar su propia fiscalidad. 

El pasado 8 de mayo, la abogada general del TUE, Juliane Kokott,  concluyó que el País Vasco sí tiene la potestad de fijar sus propios  tipos fiscales porque dispone de suficiente autonomía en el ejercicio  de sus competencias legislativas en materia tributaria.

Denuncias de La Rioja y Castilla y León

El objetivo de esta cuestión es poner fin a las disputas en torno  a la decisión de 2005 de las tres autoridades forales vascas de  situar en el 32,5% el tipo del impuesto sobre sociedades frente al  35% vigente en el Estado español. Esta decisión fue denunciada por  las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León. 

El TUE reitera su doctrina de que, para que esta diferencia de  tipos impositivos entre el País Vasco y el resto de España no se  considere una ayuda de Estado ilegal, la entidad infraestatal en  cuestión debe tener una autonomía institucional, de procedimiento y  económica suficiente.

Por lo que atañe al criterio de autonomía institucional, el  Tribunal de Justicia "constata que entidades infraestatales como los  Territorios Históricos y la Comunidad Autónoma del País Vasco cumplen  dicho criterio, ya que poseen un estatuto político y administrativo  distinto al del Gobierno central". 

En cuanto a la autonomía en materia de procedimiento, la sentencia  señala que dicho criterio se cumple en la medida en que la decisión  de la autoridad infraestatal haya sido adoptada sin que el Gobierno  central pudiera intervenir directamente en su contenido.

Verificaciones necesarias

Corresponde,  sin embargo, al TSJPV realizar las verificaciones necesarias para comprobar que realmente existe una autonomías económica y financiera.

Hay que comprobar que la reducción del tipo impositivo nacional aplicable a las empresas localizadas en el País Vasco no se vean compensadas por ayudas o subvenciones procedentes de otras regiones o del Gobierno central, según informa Europa Press.