El Supremo revisa las condenas a los procesados por la operación 'Nova'
- El TS ha revisado las condenas impuestas en febrero por la Audiencia Nacional
- El Supremo mantiene las condenas sobre seis de los procesados
La Audiencia de instancia dictó el siguiente pronunciamiento: FALLAMOS:
I. Que debemos CONDENAR y CONDENAMOS :
1. Al procesado ABDERRAHMANE TAHIRI, como autor penalmente responsable de un delito de pertenencia a grupo terrorista en concepto de promotor y director, ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhibilitación absoluta por igual tiempo, y DOCE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas; absolviéndole de los delitos de conspiración para cometer un delito de atentado terrorista, falsificación de documento público con finalidad terrorista y tenencia de útiles para la falsificación de tarjetas de crédito con finalidad terrorista de los que además venía acusado por el Ministerio Fiscal, declarándose de oficio tres cuarenta y seisavas partes de las costas procesales.
2. Al procesado SAIF AFIF, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de DIEZ AÑOS DE PRISION Y DIEZ AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas.
3. Al procesado MUSTAFA FARJANI como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad, a las penas de OCHO AÑOS DE PRISION Y OCHO AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales; absolviéndole del delito de conspiración para cometer un delito de atentado terrorista del que también venía acusado, declarando de oficio una cuarenta y seisava parte de las costas.
4. Al procesado KAMARA BIRAHIMA DIADIE como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas; absolviéndole de los delitos de conspiración para cometer un delito de atentado terrorista y de tenencia de útiles para la falsificación de tarjetas de crédito con finalidad terrorista de los que venía acusado, con declaración de oficio de dos cuarenta y seisavas partes de las costas.
5. Al procesado ABDELKRIM BENSMAIL, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y concurriendo la circunstancia agravante de reincidencia, a las penas de DIEZ AÑOS DE PRISION Y DIEZ AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales.
6. Al procesado ABDULLA BAANNOU (Hoari Jera), como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de DIEZ AÑOS DE PRISION Y DIEZ AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales.
7. Al procesado SIAH MOKATAR, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin concurrencia de circunstancia modificativas de su responsabilidad, a las penas de NUEVE AÑOS DE PRISION Y NUEVE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como el pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales; absolviéndole del delito de conspiración para cometer un delito de atentado terrorista del que también venia acusado, declarando de oficio una cuarenta y seisava parte de las costas.
8. Al procesado EDEBDOUBI TAOUFIK, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin circunstancia modificativas, a las penas de NUEVE AÑOS DE PRISION Y NUEVE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como el pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales.
9. Al procesado DIBALI ABDELLAH (Abdila Mimon), como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de ONCE AÑOS DE PRISIÓN Y ONCE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como el pago de una cuarenta y seisavas partes de las costas procesales.
10. Al procesado MOURAD YALA, como autor penalmente responsable de un delito de colaboración con grupo terrorista y de un delito de falsificación de documentos oficiales, ya definidos y sin concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE VEINTE MESES con una cuota de dos euros al día y TRECE AÑOS DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA por el delito de colaboración y a las penas de DOS AÑOS DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y MULTA DE DIEZ MESES con una cuota de dos euros al día por el delito de falsificación, así como el pago de dos cuarenta y seisavas partes de las costas procesales; absolviéndole de los delitos de integración en grupo terrorista, falsificación de documentos oficiales con finalidad terrorista y tenencia de útiles para la falsificación de tarjetas de crédito con finalidad terrorista de las que venía acusado, declarando de oficio una cuarenta y seisava parte de las costas causadas.
11. Al procesado MOUAD DOUAS, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin circunstancias modificativas, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas causadas; absolviéndole del delito de conspiración para cometer delitos de atentado terrorista del que también venía acusado, declarando de oficio una cuarenta y seisava parte de las costas procesales.
12. Al procesado ZIANI MAHDI, como autor penalmente responsable de un delito de colaboración con grupo terrorista ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE DIECIOCHO MESES con una cuota de dos euros diarios y ONCE AÑOS DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas; absolviéndole de los delitos de integración en grupo terrorista, falsificación de documento oficial con finalidad terrorista y tenencia de útiles para la falsificación de tarjetas de crédito con finalidad terrorista de los que venía acusado, declarando de oficio dos cuarenta y seisavas partes de las costas procesales causadas.
13. Al procesado MADJID SAHOUANE, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista ya definido, y sin circunstancias modificativas de su responsabilidad, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PUBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas.
14. Al procesado MADJID MACHMACHA, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de NUEVE AÑOS DE PRISIÓN Y NUEVE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas; absolviéndole del delito de falsificación de documento oficial con finalidad terrorista del que también venía acusado, con declaración de oficio de una cuarenta y seisava parte de las costas.
15. Al procesado DJAMAL MERABET, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista ya definido, y sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de OCHO AÑOS DE PRISIÓN Y OCHO AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas; absolviéndole del delito de falsificación de documento oficial con finalidad terrorista que también le imputaba el Ministerio Fiscal, con declaración de oficio de una cuarenta y seisava parte de las costas.
16. Al procesado OMAR BOULAHIA (Mohamed Boukiri) como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin la concurrencia de circunstancias modificativas, a las penas de DIEZ AÑOS DE PRISION Y DIEZ AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas; absolviéndole del delito de conspiración para cometer delito de atentado terrorista del que también venía acusado, con declaración de oficio de una cuarenta y seisava parte de las costas.
17. Al procesado REDHA CHERIF, como autor penalmente responsable de un delito de integración en grupo terrorista y de un delito de falsificación de documento oficial con finalidad terrorista, ya definidos y sin la concurrencia de circunstancias modificativas de su responsabilidad, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACION ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO por el delito de integración y las de DOS AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE UN AÑO con una multa diaria de dos euros y OCHO AÑOS DE INHABILITACION ABSOLUTA por el delito de falsificación; así como el pago de dos cuarenta y seisavas partes de las costas procesales.
18. Al procesado DJAMEL SEDDIKI, como penalmente responsable en concepto de autor de un delito de integración en grupo terrorista ya definido y sin circunstancias modificativas, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como el pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas.
19. Al procesado SALAH ZELMAT, como penalmente responsable en concepto de autor de un delito de integración en grupo terrorista, ya definido y sin circunstancias modificativas, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas.
20.Al procesado MOHAMED ARABE, como autor penalmente responsable del delito de integración en grupo terrorista ya definido y sin circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de SIETE AÑOS DE PRISIÓN Y SIETE AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EMPLEO O CARGO PÚBLICO, así como al pago de una cuarenta y seisava parte de las costas procesales causadas.
Será de abono a dichos procesados el tiempo de privación de libertad sufrido en esta causa.
Se decreta el comiso, dándosele el destino legal, de los documentos intervenidos.
Se embargan a efectos del cumplimento de las responsabilidades pecuniarias que se establecen (pago de costas y multas) 3.930 euros pertenecientes al penado OMAR BOULAHIA (MOHAMED BOUKIRI), 87,25 euros del penado DJAMAL MERABET, 2.100 euros del penado SIAH MOKATAR, 225,47 euros del procesado REDHA CHERIF, 735,36 euros del penado DJAMEL SEDDIKI, y 35 euros del penado SALAH ZELMAT.
Reclámese del Instructor, debidamente conclusas, las piezas de responsabilidad civil.
Remítase copia de la presente Sentencia, con la indicación de no ser firme, a las autoridades holandesas y suizas a efectos de su conocimiento y constancia.
II.- Debemos ABSOLVER Y ABSOLVEMOS a los procesados MOHAMED AMINE AKLI, BACHIR BELHAKEM, AHMED CHEBLI, DJILALI MAZARI, SOUBI KUNIC, ASPRI SMALI, BOUSRHAL NOUREDDINE, (MOHAMED AMIN), MOHAMED BOUALEN KHOUNI y HOCINE KEDACHE del delito de pertenencia a grupo terrorista del que venían acusados y al procesado BALDOMERO LARA SÁNCHEZ del de colaboración con grupo terrorista del que venía acusado, ello con declaración de oficio de diez cuarenta y seisavas partes de las costas procesales causadas; dejándose sin efecto cuantas medidas cautelares se hubiesen adoptado contra estos procesados absueltos.
-La Sala II, por sentencia nº 618/2008, del día 7 de Octubre de 2008, se ha dictado la siguiente Parte Dispositiva:
¿FALLAMOS: QUE DEBEMOS ABSOLVER Y ABSOLVEMOS A DIBALI ABDELLAH (Abdila Mimon), MUSTAFA FARJANI, ABDELKRIM BENSMAIL, DJAMEL MERABET, TAOUFIK EDEBDOUBI, MOHAMED ARABE, REDHA CHERIF, MOKHATAR SIAH, MOHAMED BOUKIRI (Omar Boulahia), MADJID MCHAMACHA, MADJID SAHOUANE, DJAMEL SEDIKI, SALAH ZELMAT, ABDULLA BAANNOU (Hoari Jera) y MOUAD DOUAS, del delito de pertenencia a grupo terrorista, por los que venían condenados, declarando de oficio las costas causadas en la instancia.
Se mantiene el resto de los pronunciamientos de la sentencia recurrida en cuanto no se opongan a lo dispuesto en la presente¿.