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La Fiscalía, favorable a aplicar la doctrina Parot al asesino de las niñas de Alcásser

  • Si se aplican los beneficios penitenciarios, Miguel Ricart saldrá en 2011
  • Esta doctrina aplica estos beneficios a cada una de las penas individuales y no a la totalidad
  • Ricart fue condenado a 170 años de cárcel en 1997

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El Ministerio Fiscal ha remitido a la Audiencia de Valencia un informe favorable a la aplicación de la doctrina Parot al preso Miguel Ricart, condenado a 170 años por el triple crimen de las jóvenes de Alcásser, e impedir así que sea excarcelado en 2011.

La citada doctrina es el nuevo sistema de redenciones de pena que el Tribunal Supremo estableció en el caso del preso de ETA Henri Parot, en el que acordó que los beneficios penitenciarios debían aplicarse de forma sucesiva sobre sus múltiples condenas individuales y no sobre el máximo de 30 años de cumplimiento, como se hacía hasta ese momento.

Ricart fue juzgado y condenado por el Código Penal de 1973, que recoge, entre otras medidas, un día de descuento de condena para el preso por cada dos de trabajo.

En la calle en 2011

Fuentes de la Fiscalía han informado de que, en aplicación de este sistema y sobre un cómputo global de 30 años de prisión, Ricart podría ser excarcelado en 2011, por lo que se ha mostrado favorable a que se le aplique la doctrina Parot.

Mediante la misma, la redención de penas se le aplicaría sobre cada una de sus condenas de forma individual, y no sobre el máximo de 30 años que puede permanecer encarcelado.

Ricart fue condenado en 1997 por la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia a un total de 170 años de prisión por el secuestro, la tortura, la violación y el asesinato de tres niñas en Alcásser.

Es a esta sala a la que corresponde ahora pronunciarse sobre la conveniencia de aplicar la doctrina del Supremo, según las citadas fuentes.