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El ICO asumirá el coste de la moratoria hipotecaria y compartirá el riesgo de morosidad con los bancos

  • El Estado asumirá así su coste y compartirá con los bancos el riesgo de morosidad
  • Las familias deberán, por su parte, negociar la moratoria con sus bancos
  • Se podrá aplazar el 50% de la mensualidad, hasta un máximo de 500 euros
  • La moratoria podrá prolongarse durante 24 meses
  • El dinero aplazado deberá devolverse a partir de 2011 en un máximo de diez años

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El Consejo de Ministros aprueba las nuevas medidas anticrisis

Será un acuerdo "con dos patas". Las familias en paro que quieran aplazar el pago de su hipoteca tendrán que negociar los términos de la moratoria con el banco. Las entidades finacieras, a su vez, llegarán a un acuerdo con el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

De esta forma, el Estado asumirá el coste de la moratoria del pago del 50% de los préstamos hipotecarios que se va a conceder a desempleados y autónomos en dificultades, y compartirá con los bancos el riesgo de morosidad que pueda haber en estas operaciones.

La materialización de esta medida, aprobada este sábado por el Consejo de Ministros, se desarrollará por tanto mediante un acuerdo "con dos patas", según explicó en la rueda de prensa posterior el ministro de Economía, Pedro Solbes, tras subrayar que la moratoria exigirá un acuerdo entre interesado y entidad, mediante un documento privado sin costes registrales ni notariales.

El ICO, por su parte, deberá concertar un convenio con las entidades para "aportarles la liquidez necesaria para llevar a cabo las operaciones". De esta forma, este organismo deberá concertar los correspondientes convenios con las entidades en los que se determinarán las condiciones financieras y las garantías de dichas operaciones.

El vicepresidente económico del Gobierno y ministro de economía, Pedro Solbes, ha admitido que el Gobierno "está tomando algún riesgo" al avalar a quienes se acojan a la moratoria de las hipotecas ante la posibilidad de que se produzcan impagos.

No obstante, Solbes se ha mostrado esperanzado en que dichos impagos no sean muy numerosos "porque afectan a un periodo limitado de tiempo y porque la hipoteca es lo último que dejan de pagar los españoles".

  • ¿En qué consiste la medida?

Se facilitará una moratoria temporal parcial en el pago de las cuotas hipotecarias a los desempleados, a los autónomos con bajos ingresos y a quienes cobran pensión de viudedad.

  • ¿Qué cantidad se podrá aplazar?

El 50% de la cuota mensual, con un máximo de 500 euros, durante 24 meses.

  • ¿Quiénes pueden acogerse a esta medida?

Los titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, siempre que el importe inicial de esa hipoteca fuera inferior a los 170.000 euros, no se encuentre en situación de mora, es decir, no se haya retrasado ningún pago, y se cumplan alguna de estas condiciones:

- Estar desempleado o pasar a estarlo antes del 1 de enero de 2010 y cobrar prestación por desempleo contributiva o no contributiva.

- Ser trabajador autónomo que haya cesado su negocio o acredite ingresos anuales inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta a Efectos Públicos (IPREM), es decir, algo más de 18.900 euros.

- Ser pensionista de viudedad.

  • ¿Cuándo entrará la medida en vigor?

El 1 de enero de 2009.

  • ¿Cuándo deberán las familias devolver el dinero aplazado?

Las cantidades aplazadas (el otro 50% de la cuota) se compensarán a partir del 1 de enero de 2011 mediante su prorrateo entre las mensualidades que resten para la satisfacción d ela hipoteca, con el límite máximo de 10 años. En caso de que, finalmente, las familias no puedan satisfacer el resto de la cuota aplazada, el Estado garantizará estas cantidades a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).

  • ¿Cuántas familias se beneficiarán?

El Gobierno espera que 500.000 familias puedan acogerse a la moratoria de las hipotecas.

Otras medidas destinadas a la vivienda

El Gobierno también ayudará a soportar mejor el pago de la hipoteca con el adelanto de retenciones en cada nómina de los beneficios fiscales del préstamo de vivienda.

Así, para un trabajador con un hijo e ingresos anuales de 25.000 euros, la retención en su nómina se reduciría de un 13,4% a un 11,4%, es decir, que su nómina se incrementaría en 500 euros anuales.

También se ampliará en dos años, hasta cuatro, el plazo a efectos fiscales que tienen quienes se han comprado una nueva vivienda habitual para que vendan la anterior.

Las personas que hayan adquirido una vivienda habitual en 2006, 2007 y 2008 y pensaran financiarla, en parte, con la venta de su vivienda habitual anterior, podrán acogerse a esta medida.

El Gobierno también amplia el plazo de las cuenta ahorro vivienda de cuatro a seis años.