Enlaces accesibilidad

UGT propone mejorar el tratamiento fiscal de las rentas salariales de los ERE

  • Según ha adelantado RNE, UGT denuncia que existe una discriminación fiscal entre los trabajadores despedidos
  • Reclaman una mejora del tratamiento fiscal de las rentas salariales de los ERE
  • Proponen mayor estabilidad retributiva, bajo los principios de equidad y justicia social

Por

Según ha adelantado Radio Nacional de España, UGT propone al Gobierno que los trabajadores afectados por despido colectivo tengan una fiscalidad similar a la de los despidos individuales a la hora de tributar.

El sindicato UGT  considera que es prioritario, antes que cualquier mejora fiscal a banqueros y empresarios, mejorar el tratamiento fiscal de las rentas salariales provenientes de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). El objetivo es garantizar el tratamiento equitativo de los trabajadores despedidos.

El sindicato recuerda que los más afectados por la crisis económica son los trabajadores, especialmente los que han perdido su empleo, por lo que es necesario favorecer la mayor estabilidad retributiva posible, bajo los principios de la equidad y la justicia social.

En la resolución del 7º Comité Confederal de UGT, celebrado en noviembre, el sindicato ya exigía una revisión del tratamiento fiscal de las indemnizaciones y de las rentas salariales provenientes de los despidos colectivos o individuales.

UGT denuncia que, actualmente, ¿el tratamiento fiscal de las prestaciones procedentes de ERE es, además, de confuso, discriminatorio, injusto e ineficaz¿. El origen de esta situación es la inexistencia de una regulación específica sobre esta materia, y la falta de un marco fiscal homogéneo, que provoca situaciones diferenciales.

En la actualidad el tratamiento fiscal de las prestaciones de estos trabajadores depende del lugar en el que residan.

UGT quiere que la tributación fiscal del despido colectivo, actualmente de 20 dias por año con tope de 12 mensualidades, se acerque a la que tiene la tributaciÓn del despido individual, 45 días por año con un tope de 42 mensualidades.