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Israel dice que España limitará la jurisdicción universal y Moncloa lo niega

  • Exteriores estudia realizar "ajustes procesales", pero no afectarían al caso de la Audiencia
  • Livni había asegurado que Moratinos le había prometido limitar el criterio de 'justicia universal'
  • Este principio se basa en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

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Moratinos asegura a Livni que España cambiará la legislación para no juzgar a tropas israelíes

El Gobierno no limitará el principio de jurisdicción universal sino que se plantea hacer sólo "ajustes procesales" que, en ningún caso, tendrían carácter retroactivo y, por tanto, no afectarían al caso abierto por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu contra mandos israelíes por un ataque en Gaza en 2002.

Así lo han asegurado fuentes de Moncloa en respuesta a las palabras de la ministra de Exteriores israelí, Tzipi Livni, que había desvelado que su homólogo español, Miguel Ángel Moratinos, le había comentado en una conversación telefónica que cambiará la ley para  limitar la jurisdicción de los tribunales españoles para investigar delitos de genocidio cometidos fuera de España.

En declaraciones a los medios de comunicación israelíes, Livni saludaba que el Gobierno español "haya decidido parar este fenómeno" y avanzaba que Israel seguirá trabajando con otros gobiernos para intentar frenar "investigaciones similares infundadas".  

Ajustes procesales

El Gobierno ha recalcado que el estudio en trámite no tiene su origen en las últimas horas a consecuencia de la decisión del juez Andreu, sino que está en marcha desde hace bastante tiempo para determinar qué ajustes procesales pueden llevarse a cabo en el ejercicio de la jurisdicción universal.

"No se trata ni mucho menos de abolir, ni de limitar, ni de restringir ese derecho a la jurisdicción universal que es una seña de identidad del ordenamiento jurídico español desde 1870, sino de aplicar unos ajustes procesales que se están estudiando", añaden las fuentes consultadas por Efe.

Además, precisan que nunca los ajustes tendrían carácter retroactivo, por lo que no podrían afectar en ningún caso a la causa abierta en la Audiencia Nacional por parte del juez 

Jurisprudencia del Supremo

Los tribunales españoles son competentes para investigar, entre otros, delitos de genocidio y terrorismo fuera de las fronteras españolas e independientemente de si hay españoles o no implicados en virtud del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 

Este criterio se aplica a partir de dos sentencias dictadas en 2005 por el Tribunal Supremo y el Constitucional a propósito del caso Scilingo y del genocidio en Guatemala, respectivamente, que sentaron jurisprudencia.