El juez de Irlanda del Norte decide si De Juana Chaos debe ser extraditado a España
- En las dos audiencias previas, el magistrado planteó dudas ante el requerimiento español
- España lo acusa de enaltecimiento por un texto leído en su homenaje tras salir de prisión
- Ese presunto delito no es suficientemente grave por sí solo para cursar la euroorden
- De Juana pasó 21 años en la cárcel, los últimos en medio de un fuerte debate jurídico
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El ex preso etarra José Ignacio de Juana Chaos comparecerá este lunes ante el tribunal de Belfast que tramita una orden de extradición emitida por la Audiencia Nacional por un supuesto delito de enaltecimiento del terrorismo nada más salir de prisión el pasado agosto.
Será la tercera audiencia que lleve a cabo el juez norirlandés Thomas Burgess, que en los últimos meses ha recabado información adicional de las autoridades españolas.
La vista tendrá lugar a las 14.00 horas (una hora más en la España peninsular) en el complejo judicial de Laganside, en la capital norirlandesa, y durante la misma el magistrado instructor puede anunciar su decisión final, ante la que cabe recurso.
De Juana Chaos continúa en libertad vigilada en Irlanda del Norte desde el pasado 11 de diciembre, cuando, en la última vista celebrada hasta la fecha, Burgess afirmó que necesitaba más tiempo.
Para el abogado de la defensa, Edward Fitzgerald, el problema radica en que la orden europea de detención y entrega (OED, conocida como euroorden) es "defectuosa" y "demasiado vaga", pues está basada en la "interpretación de un artículo de prensa" de las palabras que se pronunciaron durante el polémico homenaje a De Juana.
Sin embargo, el magistrado recordó que su competencia es la OED y no evaluar las pruebas recabadas para su redacción. La principal duda es si el enaltecimiento del terrorismo permite la entrega inmediata, ya que es un delito castigado con un máximo de dos años de cárcel y la normativa europea especifica que para extraditar a acusados por terrorismo se requiere que la pena sea superior a tres años.
Ante esta discrepancia, se planteó el principio de "doble incriminación", que consiste en que existan delitos equivalentes en los dos países en cuestión, y sobre la que el juez ya consideró inicialmente que no se cumplían los requisitos.
Por ese motivo, el fiscal de la Corona, Stephen Ritchie, que representa los intereses españoles, ha centrado sus argumentos en intentar probar que la conducta de De Juana es delito en el Reino Unido.
En el acto celebrado en San Sebastián el 2 de agosto, una mujer no identificada leyó una carta atribuida al ex miembro del comando Madrid de ETA, responsable de 25 asesinatos durante la década de los 80 y que ese día quedó en libertad tras 21 años de cárcel.
En concreto, se le acusa por la expresión Aurrera bolie (Adelante la pelota), lema que usaba el fallecido dirigente etarra Domingo Iturbe Txomin para apelar al mantenimiento de la lucha armada en el País Vasco.
Aunque las autoridades españolas ni siquiera han probado que la carta fuese escrita por De Juana, el juez norirlandés le impuso una fianza de casi 6.000 euros para quedar en régimen de semilibertad, obligado a no cambiar de domicilio, presentarse diariamente en comisaría y prohibición de salir entre las ocho de la tarde y las siete de la mañana. Además, le retuvo su documentación y le prohibió abandonar la provincia de Irlanda del Norte.
En todo caso, De Juana seguirá unos meses más centrando el debate sobre la leyes antiterroristas desde que en el 2004 se apeló a la "alarma social" por su inminente puesta en libertad. Si este lunes hay una decisión sólo será el final del primer acto de este nuevo proceso, ya que las partes podrán recurrir al tribunal de apelaciones de Belfast y en última instancia hasta el tribunal de los Lores de Londres, máxima instancia judicial del Reino Unido.