Condenan a ocho meses de prisión al agresor de una menor ecuatoriana en un tren de Barcelona
- Sergi Xavier Martín, condenado por un delito contra la integridad moral
- Deberá pagar una multa de 360 euros por una falta de maltrato
- Además, tendrá que indemnizar con 6.000 euros a la menor por daños morales
El juzgado de lo penal número 16 de Barcelona ha condenado a ocho meses de prisión por un delito contra la integridad moral a Sergi Xavier Martín por la agresión racista a una menor ecuatoriana en un vagón de los Ferrocarriles de la Generalitat, en octubre de 2007.
La sentencia impone además al acusado el pago de una multa de 360 euros por una falta de maltrato y le obliga a indemnizar con 6.000 euros a la menor ecuatoriana por los daños morales que le causó la agresión, en la que, según la juez, "hubo una intención directa" de humillarla por su condición de mujer e inmigrante.
El ataque racista, por el que la fiscalía pedía tres años de cárcel, ocurrió el 7 de octubre de 2007, cuando el condenado, vecino de Santa Coloma de Cervelló (Barcelona), propinó diversos manotazos y una patada a una chica ecuatoriana de 15 años, mientras le lanzaba improperios e insultos racistas, en el interior de un vagón de los Ferrocarriles de la Generalitat (FGC).
La agresión quedó grabada por las cámaras de seguridad del tren y tuvieron una gran difusión mediática, despertando una gran indignación no sólo en España, sino también en Ecuador, país de origen de la menor.
Absuelto del delito de lesiones
La juez absuelve al joven del delito de lesiones de que lo acusaba la fiscalía, por considerar que la agresión no causó "un padecimiento psíquico medianamente serio" en la menor, que, según la sentencia, se vio desbordada en parte por la valoración que hizo su entorno del suceso y por la repercusión mediática del caso.
En este sentido, el fallo añade que no existen motivos para imponer a Martín la pena máxima por un delito contra la integridad moral, que es de dos años de cárcel, y recuerda que, "aun tratándose de un caso mediático y de fuerte repercusión social", una condena no puede dictarse en función de esa "sensación de repulsa y alarma social".
Para fijar la condena, que en principio no implicará el ingreso en prisión del procesado porque carece de antecedentes, la juez ha tenido también en cuenta su actitud durante el juicio, en el que se ha mostrado arrepentido de lo que había hecho e incluso dijo sentir "asco de sí mismo" al ver las imágenes del ataque racista.
La sentencia considera que el acusado actuó con gran agresividad y violencia gratuita hacia la víctima, a la que trató "como un sujeto carente de voluntad y sentimientos" y seleccionó "por su condición de inferioridad al ser inmigrante, mujer, menor de edad, y al hallarse desprotegida, prácticamente sola en un vagón".
El entorno socio-familiar pudo provocar el estrés postraumático
Pese a tildar la agresión de "grave", la juez recuerda que la menor no precisó tratamiento médico ni psicológico por el ataque -se limitó a tomarse una pastilla para el dolor de cabeza- y, como ella misma declaró, la noche siguiente salió con sus amigas y faltó en su cita al juzgado, lo que demuestra, según la juez, que "trató de recuperar su vida con normalidad".
Para la juez, el estrés postraumático moderado que la joven sufre "en ningún caso excede de las meras conturbaciones psíquicas o normales de un acto agresivo" ya que en parte fue provocado por la reacción de su entorno socio-familiar, el visionado del vídeo y la repercusión mediática del caso.
Aunque Sergi Xavier Martín alegó en el juicio que estaba bebido y drogado cuando atacó a la joven, la juez descarta aplicarle esa atenuante porque, a la luz de la declaración de los testigos, ni se tambaleaba ni desprendía olor a alcohol.
La defensa del procesado planteó también que éste padece una alteración psíquica, pero la sentencia mantiene que, pese a que tiene una "personalidad conflictiva, caracterizada por falta de autocontrol, impulsividad e intolerancia a la frustración", sus facultades cognitivas y volitivas están intactas.