Venezuela legalizará las uniones homosexuales como "asociaciones de convivencia"
- Se incluye en en la Ley de Equidad e Igualdad de Género
- La unión tendrá "plenos efectos jurídicos y patrimoniales"
- Las asociaciones de homosexuales pidieron la inclusión como "asociación de convivencia"
El Parlamento unicameral venezolano legalizará próximamente las uniones homosexuales y las reconocerá como "asociaciones de convivencia", según ha informado este sábado la diputada Romelia Matute.
"Está casi listo el informe para segunda (y definitiva) discusión del Proyecto de Ley Orgánica para la Equidad e Igualdad de Género", que incluirá un artículo que permitirá "la unión entre dos personas del mismo sexo y se decidió llamarla asociaciones de convivencia", ha declarado la legisladora a los periodistas.
Ha explicado que para ello los diputados de la Asamblea Nacional, de mayoría afín al Gobierno del presidente Hugo Chávez, se han reunido en diversas oportunidades con representantes de organizaciones de homosexuales, quienes solicitaron tal inclusión como "asociaciones de convivencia".
El respeto de los derechos humanos, "sin importar su orientación sexual", agregó, permitirá que dos personas del mismo sexo "puedan unirse legalmente y que esto tenga efectos jurídicos y patrimoniales, como ha ocurrido en muchos países como México, España, entre otros".
Matute ha previsto que "no faltará quien diga que es una burla a la Constitución" que los diputados legalicen el asunto, pero ha insistido en que "no es una burla porque no está prohibido, no constituye un delito, que dos personas puedan unirse legalmente".
Tendrá "plenos efectos jurídicos y patrimoniales"
La Constitución venezolana establece, ha recordado, que toda persona tiene el derecho a ejercer la orientación e identidad sexual de su preferencia, de forma libre y sin discriminación alguna. En consecuencia, prosiguió la legisladora, "el Estado reconocerá las asociaciones de convivencia constituidas entre dos personas del mismo sexo, por el mutuo acuerdo y el libre consentimiento, con plenos efectos jurídicos y patrimoniales".
"Quien en ejercicio de la libertad a que se refiere este artículo cambiare de género por causas quirúrgicas o de otra índole, tiene derecho al reconocimiento de su identidad y la expedición o modificación de los documentos asociados a la identificación", especificó.
Asimismo, ha asegurado que el Estado "garantizará los medios médico-asistenciales que sean necesarios" para la "cabal inserción y reconocimiento social en condiciones de igualdad" de los homosexuales.