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El Tribunal Supremo otorga a una mujer el derecho a cobrar una pensión por la muerte de su padre

  • La mujer cuidó a su padre, enfermo y pensionista, durante años
  • El padre le ayudaba económicamente para poder mantener a sus hijos
  • La mujer tenía dificultades después de ser abandonada por el marido

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El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido el derecho a cobrar una pensión a una mujer por la muerte de su padre. Éste era un pensionista al que cuidó durante años y que le ayudaba económicamente.

La mujer tenía dificultades para la manutención de sus dos hijos a raíz de que su marido abandonara el domicilio familiar.

La sentencia del Tribunal Supremo desestima el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) que confirmó la decisión de un juzgado de Badajoz de declarar que E.G. tenía derecho a una pensión del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Según explica la sentencia, la mujer desde 1988 cuidó de sus padres, mayores y enfermos, y se mantuvo gracias a la pensión que cobraba su padre, que murió en 1994 mientras que la madre falleció en 1998.

Abandonada por su marido

Su marido abandonó el hogar familiar en mayo de 1993 y en 1994 solicitó la separación y al morir su padre reclamó tal prestación, a la que habitualmente tienen derecho los viudos o viudas y huérfanos menores de edad.

El TS determina que tienen derecho a dicha prestación los familiares del fallecido (en este caso una hija mayor), casados, pero en situación de separación de hecho, que convivieron con él en el domicilio de éste, "con dedicación prolongada a su cuidado y manteniéndose a sus expensas sin percibir pensión de su cónyuge".

Según recuerda, el TSJEX utilizó como fundamental argumento para decidirse por la concesión de la prestación el hecho de que la mujer, pese a que en la fecha del fallecimiento del padre aún no estaba separada legalmente, había formulado la demanda para conseguir la separación legal. La obtuvo un año después.